Clases de Personas Libres en Roma
Las personas libres en Roma se clasificaban en:
- Cives Romani (Ciudadanos Romanos): Tenían todos los derechos civiles y políticos.
- Latini (Latinos): Habitantes del Lacio con ciertos derechos civiles pero limitados derechos políticos.
- Peregrini (Extranjeros): No ciudadanos romanos, con ciertos derechos bajo el Ius Gentium.
Adquisición y Pérdida de la Ciudadanía
Adquisición de la Ciudadanía
La ciudadanía romana se podía adquirir de varias maneras:
- Nacimiento: Hijo de padres ciudadanos romanos.
- Manumisión: Esclavos liberados por ciudadanos romanos.
- Concesión: Otorgada por el emperador o por leyes especiales.
- Matrimonio: Bajo ciertas condiciones legales.
Pérdida de la Ciudadanía
La ciudadanía se podía perder por:
- Crimen: Condena por ciertos delitos graves.
- Captividad: Ser capturado por el enemigo y no regresar.
- Renuncia: Acto formal de abandono de la ciudadanía.
Causas de la Esclavitud
Se podía ser esclavo por varias causas:
- Nacimiento: Hijo de madre esclava.
- Guerra: Captura en conflictos bélicos.
- Deudas: Incapacidad de pagar deudas, aunque esta práctica fue abolida con el tiempo.
- Sentencia judicial: Por ciertos delitos.
Adquisición de la Libertad por un Esclavo
Un esclavo podía adquirir la libertad mediante:
- Manumisión formal: Acto solemne ante un magistrado o mediante el testamento del amo.
- Manumisión informal: Declaración privada del amo, aunque con limitaciones legales.
- Censo: Inscripción del esclavo en el censo como libre.
- Fideicomiso: Testamento en el que se ordena la libertad del esclavo.
Personas Sui Iuris y sus Derechos
Personas sui iuris eran aquellas que no estaban bajo la potestad de otra persona, es decir, eran independientes jurídicamente. Incluían:
- Paterfamilias: Cabeza de familia, con plenos derechos sobre los miembros de su familia y sus bienes.
- Mujeres sui iuris: En ausencia de un tutor masculino.
Tenían derechos de propiedad, contrato, y podían gestionar su patrimonio sin la autorización de otra persona.
Diferencias entre Cognación y Agnación
- Cognación: Vínculo de parentesco natural basado en la descendencia común de un ancestro, sin importar la línea masculina o femenina.
- Agnación: Parentesco legal a través de la línea masculina, incluyendo solo a aquellos sujetos a la misma autoridad patriarcal.
Requisitos para Contraer Matrimonio
Personas que podían contraer matrimonio:
- Cives Romani: Ciudadanos romanos.
- Latini y Peregrini: En ciertos casos y bajo condiciones especiales.
Requisitos:
- Consentimiento: De ambos contrayentes y, si eran menores, del paterfamilias.
- Edad mínima: 12 años para las mujeres y 14 para los hombres.
- Ius Conubii: Derecho legal de contraer matrimonio, aplicable a los ciudadanos y ciertos no ciudadanos.
El Concubinato como Unión Familiar
Otra forma de unión familiar era el concubinato, que se diferenciaba del matrimonio en que:
- Reconocimiento legal: Menos formal y no reconocida plenamente como matrimonio.
- Derechos de los hijos: Los hijos de una concubina no tenían los mismos derechos de herencia que los nacidos dentro del matrimonio.
- Estabilidad: Considerada menos estable y con menos obligaciones mutuas entre los miembros.