El Estado Liberal y de Derecho: El Ordenamiento Jurídico Estatal como Sistema
El ordenamiento jurídico estatal es un conjunto que responde a los criterios de unidad, totalidad y coherencia. Según Pérez Royo, podemos explicar estos tres criterios:
1. Unidad
Un ordenamiento jurídico es único cuando todo él es reconducible a un punto de referencia último. Este criterio unitario es el que identifica un ordenamiento jurídico y lo distingue de otros.
2. Coherencia
Un ordenamiento jurídico es coherente si no existen normas incompatibles entre sí. Para evitar antinomias, debemos encontrar unos criterios aplicativos que nos sirvan para resolver este problema de manera que ante dos normas contradictorias sepamos qué norma aplicar y qué norma excluir. Existen criterios para establecer la coherencia del ordenamiento jurídico:
a) Criterio de Jerarquía
Determina la existencia del carácter unitario del ordenamiento, pero también se aplica para asegurar su coherencia.
b) Criterio Cronológico
Hay que atender a la fecha de la norma de manera que la fecha posterior prevalezca sobre la anterior.
c) Criterio de Especialidad
Se ocupan a veces de cuestiones muy extensas que pueden contemplar un número posible de relaciones jurídicas.
3. Completitud
Para esta finalidad se emplea tres técnicas especificativas:
a) La Analogía como Criterio Interpretativo
Consiste en aplicar para un caso concreto que no tiene solución jurídica la solución existente para un caso similar.
b) La Aplicación de los Principios Generales del Derecho
c) La Utilización del Derecho Supletorio
Se trata de utilizar el vacío jurídico para resolver un problema.
El Estado Liberal como Estado de Derecho: El Estado de Derecho como Fenómeno Conceptual
La existencia del ordenamiento jurídico estatal nos sirve de línea de conexión entre el estado liberal y su epifenómeno conceptual, esto es, el estado de derecho. Un estado será estado de derecho no solo por tener derecho, sino por la concurrencia de una serie de presupuestos básicos que aseguren el sometimiento al derecho del propio estado que lo crea. El sometimiento del estado al derecho ha sido sintetizado entre nosotros por el profesor Elías Díaz mediante la identificación de cuatro requisitos que nos sirven para determinar la existencia del estado de derecho. Son los siguientes:
1. Imperio de la Ley
Se trata de disolver el criterio de los hombres en el criterio de las normas.
2. Separación de Poderes (de Montesquieu)
Un órgano será el que haga la ley, otro el que la ejecute, y otro que la aplique.
3. Legalidad de la Administración
Es decir, legalidad de la actuación del poder ejecutivo, cabeza de la administración pública. Esto supone 4 puntos esenciales:
- Las normas que emanan de la administración tienen que estar supeditadas a las leyes.
- Los actos de la administración deben estar supeditados no solo a las leyes, sino a todo el ordenamiento jurídico, es decir, también a las propias normas secundarias.
- Los dos puntos anteriores requieren de la existencia de un control judicial sin excepciones.
- Los ciudadanos tendrán siempre la posibilidad de recurrir ante el poder judicial las normas y los actos de la administración.
4. Respeto a los Derechos Fundamentales de las Personas
Desde el punto de vista de la filosofía liberal, los derechos no son el resultado de su reconocimiento por los gobiernos, sino que son anteriores al estado.
La Evolución del Estado de Derecho
Impedido por las necesidades derivadas de los profundos cambios en los contextos social y económico, el estado liberal evolucionará hacia el estado social. Así, el imperio de la ley tiene que tener en cuenta la aparición de los partidos políticos y su influencia decisiva en el juego parlamentario; la ley pasará a ser la plasmación normativa de las políticas gubernamentales. Eso hace que el parlamento vaya transformando su papel y se convierta sobre todo en una tribuna pública, donde se desarrolla la dialéctica entre mayoría y minoría.
En lo que se refiere a la separación de poderes, ante la evidencia de que los partidos políticos tienden a hacer inoperante la separación entre legislativo y ejecutivo, resultará imprescindible la preservación y acrecentamiento de la independencia del poder judicial.
Por lo que al requisito de legalidad de la administración se refiere, ocurre que el cambio en los contextos ha acabado perfilando una administración omnipotente que suele meterse en todos los entresijos de la vida social.
En cuanto al respeto de los derechos fundamentales, resulta evidente que en el estado social de derecho los llamados derechos políticos han sido extendidos a todos los ciudadanos, así como los derechos civiles.