El Ius Puniendi: Límites Formales y Materiales

El Ius Puniendi

El ius puniendi es el derecho del Estado a castigar, tradicionalmente atribuido a poderes absolutos. Hoy en día, se discute si es un derecho o un poder, ejercido por el Estado como soberanía o como derecho cedido.

Límites Formales y Materiales

El ius puniendi tiene límites formales y materiales:

Límites Formales

El único límite formal es el principio de legalidad, que establece que no hay crimen ni pena sin ley previa.

Límites Materiales

Algunos sectores doctrinales sostienen que también existen límites materiales, que se observan cuando el juez aplica la ley.

El Principio de Legalidad como Límite Formal

Origen

El principio de legalidad se originó en la Carta Magna inglesa, para limitar la intervención estatal y garantizar los derechos de los ciudadanos.

Formulación

(no hay crimen ni pena sin ley previa)

Manifestaciones

  • Garantía criminal: No hay delitos fuera del Código Penal y las leyes penales.
  • Garantía penal: Las penas deben estar establecidas por ley antes de la comisión del delito.
  • Garantía jurisdiccional: Las sanciones penales deben ser impuestas por sentencia firme de un juez competente, previa audiencia.
  • Garantía de ejecución: Las penas solo pueden ejecutarse según lo establecido por la ley.

Consecuencias

  • Prohibición de retroactividad
  • Prohibición de la costumbre como fuente del derecho penal
  • Prohibición de analogía
  • Mandato de certeza o principio de taxatividad

El mandato de certeza prohíbe:

  • Leyes penales en blanco
  • Cláusulas generales de conductas
  • Elementos normativos del tipo
  • Tipos abiertos
  • Cláusula de comisión por omisión
  • Delitos imprudentes

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