El Parlamento Europeo: Composición, Organización y Competencias

I. Composición

Representación

Inicialmente, la representación era indirecta, formada por parlamentarios de los parlamentos estatales. La representación directa se establece con el Acta Electoral Europea (1976-2002), que configura la inexistencia de un procedimiento electoral uniforme. Cada Estado miembro tiene un procedimiento distinto, aunque todos utilizan un sistema electoral proporcional. La duración del mandato es de 5 años, el voto es individual y personal, y existe un régimen mínimo común de incompatibilidades para todos los Estados miembros. Entre 2009 y 2014, hubo 736 diputados. Según el Tratado de Lisboa, el número máximo de diputados es de 751 (750 más el presidente), elegidos por sufragio universal directo y secreto.

Grupos Políticos

En la actualidad, el grupo político con mayor participación es el Grupo del Partido Popular Europeo (demócrata-cristiano) [EPP], con 265 diputados. Los grupos están formados por diputados de diversas nacionalidades. El número mínimo de miembros para formar un grupo político es de 25, representando al menos a una cuarta parte de los Estados miembros.

Órganos del Parlamento Europeo

Los órganos del Parlamento Europeo son: el Presidente, la Mesa, los Grupos Políticos y la Conferencia de Presidentes.

  • El Presidente: Alterna entre los grupos mayoritarios. Dirige las sesiones y representa al Parlamento Europeo en las relaciones externas.
  • La Mesa: Compuesta por el Presidente, 14 vicepresidentes y 5 cuestores. Se ocupa de los asuntos económicos, administrativos, de organización interna y nombra al secretario general del Parlamento Europeo.
  • Los Grupos Políticos: Agrupan diputados con afinidad política.
  • La Conferencia de Presidentes: Compuesta por el presidente del Parlamento Europeo.

II. Organización

Sesiones y Sedes

Las sesiones se dividen en un Período de Sesiones anual. El Parlamento Europeo mantiene tres sedes:

  • Estrasburgo: 12 sesiones plenarias mensuales.
  • Bruselas: Períodos parciales de sesiones plenarias adicionales y reuniones de las comisiones.
  • Luxemburgo: Secretaría general.

La existencia de tres sedes ha generado problemas, tanto por el coste como por la rivalidad entre las ciudades. La UE busca no privilegiar a ninguna ciudad en exceso, por lo que sus sedes y oficinas están dispersas por todo el espacio europeo.

III. Competencias

Competencias Presupuestarias

  • Control político ejecutivo: Comparecencias del Consejo y Consejo Europeo, y preguntas parlamentarias o interpelaciones a la Comisión (orales o escritas).
  • Informes generales y sectoriales: Presentados por las instituciones europeas. El más importante es el Informe General sobre su actividad, que la Comisión presenta al Parlamento.
  • Comisiones Parlamentarias: Comisiones temporales de investigación.
  • Moción de censura de la Comisión (art. 234 TFUE):
    • Presidente: 10% de los miembros del Parlamento Europeo.
    • Votación pública: El debate se inicia 24 horas después de la presentación de la moción, y la votación no puede ser antes de 48 horas después del debate.
    • Doble mayoría: 2/3 de votos emitidos que representen a la mayoría de parlamentos.
    • Consecuencia: Dimisión en bloque de la Comisión.

Competencias Legislativas

Los actos legislativos pueden ser ordinarios (arts. 289 a 294 TFUE) o especiales (adoptados por el Parlamento Europeo con la participación del Consejo, o viceversa).

Procedimiento Legislativo Ordinario

Es un proceso de doble lectura que propicia el diálogo entre el Consejo, el Parlamento y la Comisión. Participan las comisiones con competencias legislativas y sus órganos consultivos (Comité de las Regiones y Comité Económico y Social). La propuesta legislativa de la Comisión se envía simultáneamente a los parlamentos nacionales, al Consejo, al Comité de las Regiones y al Comité Económico y Social. El texto final acordado compone la “posición del Parlamento Europeo”, que se envía al Consejo junto con las posiciones nacionales. El Consejo puede aprobar la posición del Parlamento Europeo (con o sin enmiendas) o no aceptarla. Si no la acepta, el Comité redacta un texto con su posición, lo envía a la Comisión, que emite un dictamen. El Parlamento Europeo realiza una segunda lectura en un plazo máximo de 3 meses. Si el Consejo aprueba el texto enmendado por el Parlamento Europeo (por mayoría cualificada o unanimidad, según el dictamen de la Comisión), el acto es aprobado. Si el Consejo no aprueba las enmiendas, se forma un Comité de Conciliación, que puede llegar o no a un texto conjunto. Si no lo hace, el acto no se adopta.

Procedimientos Legislativos Especiales

Son actos adoptados por el Consejo o el Parlamento Europeo, siempre con la participación del otro. Casi siempre son actos adoptados por el Consejo con consulta del Parlamento Europeo.

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