El Poder Judicial: Principios, Organización y Funciones

El Poder Judicial

1. Concepto de Poder Judicial

El Poder Judicial es un poder distinto al legislativo y al ejecutivo, encargado de declarar el Derecho vigente a través de sentencias. Su función es aplicar el ordenamiento jurídico estatal a través de su interpretación en cada caso concreto, tutelando los intereses protegidos por el Derecho.

2. Principios que Rigen la Función Jurisdiccional

Los principios generales que informan el poder judicial son:

2.1 Principios Generales

– Origen popular de la justicia – Independencia constitucional – Unidad de la jurisdicción – Sometimiento a la ley

2.2 Principios de Actuación

– Publicidad – Motivación de las sentencias – Oralidad del procedimiento – Gratuidad – Policía judicial

3. El Consejo General del Poder Judicial

El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno de los jueces. Está integrado por su Presidente, que también es el presidente del Tribunal Supremo, y por veinte miembros nombrados por el Rey. Sus funciones incluyen:

– Proponer el nombramiento del Presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ – Proponer el nombramiento de dos miembros del Tribunal Constitucional – Inspección de juzgados y tribunales – Formación, promoción y régimen disciplinario de jueces y magistrados

4. La Organización Judicial


4.1 La planta de los órganos judiciales españoles
La ley orgánica establece la planta judicial española, en función de criterios jerárquicos y piramidales, con órganos inferiores y superiores. Empezando por los órganos inferiores hacia los superiores, la organización judicial española se compone de los siguientes órganos jurisdiccionales.

1. Juzgados de paz:

-Para el caso de que en el municipio concreto no exista Juzgado de primera instancia e instrucción. Conocen de los procesos civiles y penales por faltas que les encomiendan las leyes.

2. Juzgados de primera instancia e instrucción, de lo contencioso-administrativo, de lo social, de vigilancia penitenciaria y de menores.

-Los juzgados de primera instancia se encuentran en cada partido judicial y conocen de los asuntos civiles en su orden y ámbito de competencia

-Los de instrucción conocen las causas penales que corresponden a las Audiencias y otros asuntos de orden penal.

-Los juzgados de lo contencioso, de lo social, de vigilancia penitenciaria y de menores, suelen tener ámbito provincial si bien puede haber mas de uno por provincia. (Libro 1 Título IV Capítulo V del LOPJ)

La querella es más grave que la demanda, pero más complicado de actuar, y es más probable de ir a la cárcel.
Juzgado de instrucción es por lo penal y conlleva más problemas.
No tiene porque poner todas, puede ser solo instancia e instrucción, y cuanto más grande es el pueblo más cosas tendrá.
Juzgado de lo social, del trabajo, motivos y asuntos laborales.


3. Audiencias providenciales
Su sede se encuentra en las capitales de provincias para su actuacion se organizan en salas y tambien pueden tener secciones
-Conocer las causas por delito no atribuidos a otros tribunales y de los recursos en materia civil, penal y de vigilancia penitenciaria dictada por los juzgados, en este último caso en materia de ejecucion de penas y del regimen de un cumplimiento y contra resoluciones de los juzgados menores con sede en la provincia

-Se trata de un orden jurisdiccional intermedio entre el anterior y entre los tribunales superiores, la Audiencia nacionale o el Tribunal Supremo en su caso (art 8 LOPJ)

4. Tribunales Superiores de Justicia
-Constituyen los organos judiciales en los que culmina la organización jurisdiccional en el ambito territorial de la Comunidad Autonoma correspondiente sin prejuicio en los demas jurisdiccional correspondiente al Tribunal Supremo

-Esta configurado a semejanza del Tribunal Supremo por las salas de los Civil y Penal, Contencioso-Administrativo y social (art 70.72 LOPJ)

5. Audiencia Nacional
Tiene su sede en madrid y extiende su jurisdiccion a todo el territorio nacional, conociendo en los asuntos penales, contenciosos-administrativo y sociales- la sala de lo penal conocerá determinados asuntospor razon de su gravedad (delitos contra el titular de la corona, falsificacion de moneda…)

6. El Tribunal Supremo
-Es la cuspide de la organización jerarquica judicial, salvo de garantias constitucionales corresponden al tribinal Constitucional

-El Tribunal Supremo tiene jurisdiccion en todo el territorio, esta compuesto por el Presidente, los presidentes de la sala, los magistrados que determina la ley para cada una de las salas, y en su caso secciones en aquellas se constituyan

-La ley organica del orden juridicial estructura el tribunal Supremo cinco salas: lo de lo civial, de lo penal, de lo contencioso-administrativo, de lo social y de los militar

7. El ministerio fiscal
-Su regulacion se encuentra en el Estatuto Organico del Ministerio Fiscal por ley 30/1981 de 30 de diciembre. Su naturaleza juridicao resulta dificil de definir, pues no es debidamente juridica pero tampoco se reconoce explicitamente su pertenencia al Poder ejecutivo

-Sus competencias se refieren a la provincia de la accion de la justicia de la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos (pudiendo por ejemplo planear recursos para el amparo) y del interes publico tutelado por la ley. Velar por la independencia de los tribunales y procurar ante estos la satisfaccion del interes social (art 124 CE)

-El fiscal General del Estado: es nombrado por el Rey, a propuesra del Gobierno, oido el consejo general del poder judicial (art 124 CE)

-Ha de elegirse entre justicia y de reconocido prestigio con mas de quince años de ejercicio profesional efectivo.

-El fiscal General del Estado: debe elevar una Memoria anual de la cual se envia copia de las Cortes y al Consejo General del Poder Judicial. Asimismo el Ministerio Fiscal colabora con las Cortes, cuando esras asi lo requieran. La comunicación entre ambos se establece por medio de los Presidentes de la camara.

-El Ministerio Fiscal esta sujeto a los principios de la legalidad e imparcial en su actuacion, que es unitaria y jerarquica dado que el Ministerio Fiscal es el unico para todo el Estado con organos propios disponemos sin mienbro de la condicion de la autoridad y correspondiendo a los aorganos superiores, dar ordenes para el ejercicio de sus funciones

-Goza de un status juridico similar al de los magistrados, pero su dependencia organica lleva a que los fiscales de asocioacion profesional.

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