El Tribunal Internacional de Justicia: Composición, Competencias y Procedimiento

El Tribunal Internacional de Justicia: Composición, Competencias y Procedimiento

Composición

El Tribunal Internacional de Justicia, órgano principal y jurisdiccional de la ONU, se enmarca dentro del arreglo judicial de controversias como medio pacífico de solución. Está integrado por 15 magistrados de diferentes nacionalidades, elegidos para un mandato de 9 años, reelegibles. En ocasiones, se suman jueces ad hoc, provisionales y temporales, cuando una de las partes en litigio no tiene un magistrado de su nacionalidad. Estos jueces ad hoc asisten a las vistas y participan en el juicio. Los magistrados ejercen su jurisdicción en Salas. El Tribunal también cuenta con un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un Secretario Adjunto.

Competencia

El Tribunal Internacional de Justicia tiene dos competencias diferenciadas:

  1. Competencia consultiva: Permite solicitar al Tribunal que emita dictámenes sobre cuestiones jurídicas. Esta solicitud puede ser realizada por organizaciones internacionales y órganos de Naciones Unidas, pero no por Estados.
  2. Competencia contenciosa: Se centra en cuestiones jurídicas, excluyendo las políticas o de hecho. Las cuestiones deben plantearse en términos abstractos, no como casos concretos. Solo los Estados miembros de la ONU o aquellos que, sin serlo, hayan firmado un acuerdo reconociendo la jurisdicción del Tribunal, pueden plantear estas cuestiones. Esta competencia es general, abarcando diversas materias. Las organizaciones internacionales no pueden acceder a la vía contenciosa. Los Estados deben estar representados por abogados.

En los procesos contenciosos, pueden intervenir terceros Estados con interés en el caso. Existen dos tipos de intervención:

  1. Intervención voluntaria: Un Estado solicita al Tribunal participar en el proceso, apoyando a una de las partes.
  2. Intervención provocada: El Tribunal comunica a un Estado que el proceso en curso le afectará, permitiéndole intervenir.

Procedimiento

A diferencia del arbitraje, donde el procedimiento se crea ex novo, el Tribunal Internacional de Justicia sigue un procedimiento establecido en su Estatuto, anexo a la Carta de las Naciones Unidas. El Presidente del Tribunal establece los plazos del litigio.

La fase escrita comienza con la presentación de la memoria por el demandante. El Tribunal la remite al demandado, quien redacta la contramemoria. El Tribunal devuelve la contramemoria al demandante, quien puede presentar una réplica con información adicional. La demandada responde con una dúplica. Con esto finaliza la fase escrita.

En la fase oral, las partes presentan sus alegatos y se abre el periodo probatorio. Se admiten pruebas documentales, periciales y testificales. El Tribunal puede solicitar pruebas adicionales mediante el mecanismo de diligencia para mejor proveer.

El Tribunal delibera a puerta cerrada y adopta la resolución por mayoría. La sentencia incluye el fallo, que resuelve la controversia. Existen dos tipos de votos:

  1. Votos disidentes: Magistrados que no están de acuerdo con el fallo.
  2. Votos particulares: Magistrados que están de acuerdo con el fallo, pero no con los fundamentos jurídicos.

La sentencia se notifica a las partes. Si una parte no comparece, se dicta en rebeldía. La sentencia tiene efecto de cosa juzgada, es firme y obligatoria. Su incumplimiento puede ser llevado ante el Consejo de Seguridad de la ONU. No cabe recurso, excepto el de interpretación o revisión, similar al arbitraje.

El proceso puede finalizar por transacción, donde las partes llegan a un acuerdo que el Tribunal valida. También puede darse el desistimiento del demandante o el allanamiento del demandado.

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