Estructura Política de México: Estado, Gobierno y Derechos Humanos

Estructura Política de México: Estado y Gobierno

La palabra ESTADO proviene del latín status, es decir, una situación o un estado en el que se encuentra una cosa, un individuo o una sociedad. Al respecto, el primer elemento del estado es el que se refiere al pueblo, a una sociedad humana, entendida como una unidad de relación de muchos hombres y mujeres que constituye la interacción recíproca con la intención de lograr un bien ordenado moralmente para todos los miembros.

Así, el elemento del estado en el territorio es el sitio geográfico donde se encuentra establecida de manera permanente una sociedad humana, en la que sirve de base y proporciona, además, los recursos materiales para la satisfacción de necesidades.

Un tercer elemento es el poder o autoridad, pues la comunidad política es una sociedad jerarquizada, donde los seres humanos no están en plena igualdad en cuanto a su relación con la autoridad, no en lo que respecta con sus derechos individuales.

ESTADO es una sociedad humana asentada de manera permanente en el territorio que le corresponde, sujeta a un poder soberano que crea y define y aplica un orden jurídico que estructura la sociedad estatal para obtener el bien público y componentes.

De acuerdo con sus características esenciales, el ESTADO ES una sociedad humana, establecida permanentemente en un territorio, regida por un poder supremo, sometida a un orden jurídico, dedicada a entender el bien público entendido como la realización de los valores individuales y sociales de las personas.


Orientación del Estado Mexicano

Después de analizar grosso modo la organización del Estado respecto con conceptos generales, analizaremos los elementos del gobierno aplicado a nuestra realidad.

LA POBLACIÓN: La conforman todos los mexicanos, ya sea por nacimiento o por naturalización.

EL TERRITORIO: La federación está integrada por treinta y dos Estados, islas de Guadalupe y Revillagigedo, como las islas adyacentes en ambos mares.

EL GOBIERNO: Se trata de una república representativa, democrática y federal compuesta de estados libres y soberanos en lo que respecta a su régimen interior, pero unidos por una Federación.

Fines: (DEFENSA, PAZ, ORDEN, BIEN COMÚN)

Cometido: (PROTECCIÓN, SEGURIDAD, SERVICIO, FOMENTO)

Atribuciones: (EJECUTIVO, LEGISLATIVA Y JUDICIAL)

Ámbito Federal

PODER EJECUTIVO: Reside en el presidente de la república y es auxiliado en sus funciones por las secretarías y departamentos del estado, por la FGR, así como los organismos descentralizados en empresas del estado y fideicomisos públicos.

PODER LEGISLATIVO: Recae en el congreso de la unión, el cual está conformado de manera bicameral existiendo una cámara de senadores y otra de diputados.

PODER JUDICIAL: SCJN, Consejo de la Judicatura Federal y tribunales colegiados del circuito y tribunales unitarios, juzgados del distrito.

Ámbito Estatal

PODER EJECUTIVO: Se deposita en el gobernador del estado, quien cuenta con órganos administrativos para cumplir con sus fines.


PODER JUDICIAL: El cual se estructura mediante una procuraduría de justicia estatal, consejo de la judicatura estatal y juzgados de primera instancia menores de paz.

PODER LEGISLATIVO: Recae en el congreso estatal, ya diferenciado del nivel federal, se habla de solo diputados locales.

Ámbito Municipal

PODER EJECUTIVO: Presidente municipal, también cuenta con órganos de apoyo administrativo.

PODER LEGISLATIVO: Cabildo (SÍNDICOS, REGIDORES)

PODER JUDICIAL: Juzgados cívicos

Es el ordenamiento jurídico y fundamental y supremo del estado.

La Constitución: Es la ley suprema de un estado, que establece su organización, su funcionamiento, su estructura política y los derechos y garantías de habitantes de un estado. Se llama precisamente constitución pues constituye la nación políticamente organizada, le da sus principios y la distingue de otros estados. Está precedida generalmente de un preámbulo que establece sus antecedentes y fines.

Características de la Constitución

  • Establece la forma del estado y el gobierno.
  • Crea y estructura órganos primarios del estado.
  • Establece la función de la constitución en los principios rectores políticos económicos y sociales.
  • Proclama los principios políticos y socioeconómicos.
  • Regula sustantivamente y controla el poder público del estado en su relación con los gobernantes.
  • Establece adecuadamente la constitución en relación con el estado.
  • Establece a la función de la constitución a relación con el gobierno.


Constituciones Mexicanas: Para los vaivenes en la toma de decisiones se pueden distinguir momentos funcionales en relación con el estado, es decir, México tuvo que pasar por varias constituciones para finalmente consolidar su forma de gobierno republicano y federal.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917

  • Promulgada el 5 de febrero de 1917.
  • Se integra por 136 artículos.
  • Entrada en vigor el 1 de mayo de 1917.
  • Tres partes: dogmática, orgánica y programática social.
  • Es rígida y escrita.
  • Se caracteriza por ser social.

Características de los Derechos Humanos

  • INDIVISIBLES: Están relacionados entre sí de tal forma que para ejercer plenamente determinado derecho será necesaria la intervención de otros. Los derechos humanos deben considerarse un conjunto inseparable.
  • UNIVERSALES: Son aplicables a todas las personas sin distinción alguna, no importa la raza, el color, el sexo, el origen étnico o social de la religión, idioma, nacionalidad, edad u orientación sexual.
  • PARTICIPACIÓN: Todas las personas y pueblos tienen derecho a participar de forma activa, libre, significativa en el entorno civil, económico, social, cultural y político en la que pueden hacerse efectivos sus derechos humanos así como a contribuir a dicho desarrollo y el disfrutarlo.
  • PROGRESIVIDAD: El disfrute de los derechos humanos siempre debe aumentar. Una vez logrado el avance en el goce de estos, el estado no podrá, salvo en ciertas circunstancias, disminuir el nivel alcanzado.


  • INCONDICIONALES: Sus límites son los propios lineamientos y procedimientos que determinan el ejercicio.
  • INALIENABLES: No deben transferirse porque son de cada persona y forman parte inherente de cada uno.
  • IRRENUNCIABLES: Pertenecen a cada persona, por eso son intransferibles. Al contrario, cada uno los puede exigir y, desde luego, la facultad de disfrutar de ellos.
  • INCONDICIONALES: Únicamente están supeditados a los lineamientos y procedimientos que determinan límites de los propios derechos, es decir, hasta dónde comienzan.
  • INALIENABLES: No pueden perderse ni transferirse por propia voluntad: son inherentes a la idea de la dignidad del hombre.

Clasificación de los Derechos Humanos

  • Primera generación: Derechos civiles y políticos.
  • Segunda generación: Derechos económicos, sociales y culturales.
  • Tercera generación: Derechos de los pueblos.

Primera Generación

DERECHO: a la vida, al honor, a la libertad, seguridad e integridad personal, a la libertad de expresión, a elegir y ser elegido, a petición, a libre tránsito.

Segunda Generación

DERECHO: al trabajo, a la educación, a la salud, a la protección y asistencia familiar.

Tercera Generación

DERECHO: al desarrollo, a la autodeterminación de los pueblos, al medio ambiente, a la paz.

CUARTA GENERACIÓN: Remite a los derechos de los animales no humanos y algunos de estos derechos son TRATO ÉTICO A TODOS LOS ANIMALES, CONSERVACIÓN DE ESPECIES EN PELIGRO DE EXTINCIÓN.


QUINTA GENERACIÓN: Derechos de acceso a la informática, derecho a la seguridad digital, derecho a acceder al espacio de la nueva sociedad de la información y el uso del espectro radioeléctrico y de la infraestructura para los servicios en línea.

Garantías Individuales y Derechos Humanos

Las garantías individuales son todas aquellas cuestiones de derechos que un individuo ya desde su nacimiento disfrutará y podrá exigir en caso de que no se cumplan y que tendrán como objetivo la consecución de la paz, la armonía y el orden en la sociedad en la cual se encuentre, asegurar la convivencia pacífica entre los hombres que comparten y viven en el mismo territorio, obtener justicia y bienestar social y alcanzar el bien común.

Características de las Garantías Individuales

Las garantías individuales son materia del derecho público y subjetivo de cuyo cumplimiento es encargado al estado a través de sus diversas instituciones.

  • UNILATERALES: En ningún caso un ciudadano puede despojarse de ellos o ser despojado de ello.
  • IRRENUNCIABLES: En ningún caso un ciudadano puede despojarse de ellos o ser despojado.
  • INTRANSFERIBLES: Las garantías añaden a cada individuo específico.
  • PERDURABLES: Jamás caducan, ni prescriben salvo en casos que contemple la propia constitución.
  • SOBERANOS: Obedecen a la constitución política de una nación determinada y se ajustan a las normas que rigen el territorio.

Las garantías individuales se clasifican en 4 grupos los cuales son: DE PROPIEDAD, DE SEGURIDAD JURÍDICA, DE IGUALDAD, DE LIBERTAD.

¿CUÁNTOS AÑOS DURA UN SENADOR? 6 AÑOS

¿CUÁNTOS AÑOS DURA UN DIPUTADO? 3 AÑOS

¿CUÁNTOS AÑOS DURA EL PRESIDENTE? 6 AÑOS

¿CUÁNTOS AÑOS DURA EL GOBERNADOR DEL ESTADO? 6 AÑOS

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