Fuentes del Derecho: Un Acercamiento Integral
El término «fuente» proviene de «fons», que significa manantial de agua, o se emplea como principio o fundamento de algo. En el contexto del derecho, nos interesa la acepción de fuente como principio, causa o fundamento del mismo.
Las Cinco Perspectivas de las Fuentes del Derecho
Las fuentes del derecho pueden entenderse desde cinco perspectivas principales:
Fuentes como Modo de Creación
Esta perspectiva incluye los cuatro elementos tradicionales: la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.
Fuentes como Factores Extrajurídicos
La teoría principal aquí es que la costumbre es la fuente primordial del derecho, actuando como ley a través de la conciencia de obligatoriedad. El derecho, en constante cambio, encuentra su principal fuente en la costumbre, subordinando la ley a esta.
Fuentes como Fundamento de Validez
Según Kelsen, las fuentes operan como fundamento de validez del derecho.
Opinión de Cueto Rúa
Cueto Rúa considera que la ley, la doctrina, la jurisprudencia y las costumbres son hechos sociales verificables con un sustento fáctico, una expresión lógica y un contenido de valor. El análisis de la conducta humana se divide en tres momentos: lógico (expresado en la norma), empírico (hechos reales) y axiológico (valoraciones sociales).
Opinión de Alf Ross
Ross define las fuentes del derecho como factores de objetivación, con tres grados: totalmente objetivada (la ley), parcialmente objetivadas (costumbre y jurisprudencia) y no objetivada (doctrina).
Clasificación de las Fuentes
Fuentes Formales
Son aquellas que culminan en el dictado de una norma, como la ley y la costumbre, especialmente en el derecho internacional.
Fuentes Materiales
Son aquellas que originan derecho pero no necesariamente terminan en el dictado de una norma.
La Legislación y la Ley
Legislación
Es el conjunto de normas dentro de un ordenamiento jurídico, dirigidas a una pluralidad de sujetos y que generan obligatoriedad.
Ley
Es un acto del legislador con alcance general, creado mediante la palabra tras un procedimiento determinado.
Ley en Sentido Formal y Material
- Material: Toda regla social obligatoria emanada de autoridad competente.
- Formal: Ley emanada del congreso nacional o legislaturas provinciales según la constitución.
Clasificación de las Leyes
Primera Clasificación
- Leyes Imperativas: Obligan a los individuos sin posibilidad de apartarse de ellas.
- Leyes Supletorias: Pueden ser dejadas de lado por acuerdo de las partes.
Segunda Clasificación
- Leyes Perfectas: Su incumplimiento conlleva nulidad absoluta.
- Leyes Más que Perfectas: Su incumplimiento conlleva nulidad absoluta y cláusula penal.
- Leyes Menos que Perfectas: Su incumplimiento conlleva nulidad relativa.
- Leyes Imperfectas: No tienen sanción jurídica, pero sí moral.
Tercera Clasificación
- Leyes Federales: Regidas por la constitución nacional.
- Leyes Comunes: Rigen en toda la nación (códigos civil, penal, etc.).
- Leyes Locales: Rigen en una jurisdicción determinada.