Fuentes del Derecho en España: Ley, Costumbre, Jurisprudencia y Constitución

Estado de Derecho

  • Legislativo: Cortes Generales (Congreso de Diputados y Senado)
  • Ejecutivo: Gobierno
  • Judicial: Juzgados y Magistrados

Fuentes del Derecho en España

Las fuentes del derecho hacen referencia a quién crea el derecho, el origen de las normas y cómo se manifiestan. El Derecho es un conjunto de normas y principios, escritos o no, que regulan la convivencia de los seres humanos y cuyo cumplimiento puede imponerse por la fuerza.

La Ley

La Ley es la norma dictada por la autoridad competente, con las debidas formalidades, de carácter común, justa, estable y suficientemente promulgada.

La Costumbre

La Costumbre es la norma de conducta nacida de la reiterada y constante práctica social, y considerada como obligatoria por la comunidad. Solo regirá en defecto de ley aplicable.

Los Principios Generales del Derecho

Los principios generales del derecho son ideas y fundamentos que, sin estar escritos, constituyen la base e inspiración de la elaboración de leyes. Se aplicarán en defecto de ley y de costumbre.

Tratados Internacionales

Los Tratados Internacionales son acuerdos regidos por el derecho internacional, celebrados entre España y otros estados. Se pueden denominar convenios, acuerdos, etc. y son publicados en el BOE (Boletín Oficial del Estado).

La Jurisprudencia

La jurisprudencia es la doctrina que, de modo reiterado, manifiesta el Tribunal Supremo en sus sentencias. Para que exista, no basta con una sentencia; se necesitan varias resoluciones idénticas.

Jerarquía de las Normas

  1. Constitución
  2. Tratados Internacionales
  3. Leyes de las Cortes
    • Leyes Orgánicas
    • Leyes Ordinarias
  4. Normas con fuerza de ley
  5. Reglamentos

Constitución Española de 1978

La Constitución Española de 1978 es la norma suprema. Contiene el conjunto de reglas relativas a la organización y las instituciones del Estado, e incluye los principios de organización política y cómo guiar la actuación de los poderes públicos.

Estructura de la Constitución

Tiene 10 títulos:

  • De los derechos y deberes fundamentales
  • De la Corona
  • De las Cortes Generales
  • Del Gobierno y de la Administración
  • De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales
  • Del Poder Judicial
  • Economía y Hacienda
  • De la Organización Territorial del Estado
  • Del Tribunal Constitucional
  • De la Reforma Constitucional

Tipos de Leyes

Leyes Orgánicas

Regulan:

  • Las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas.
  • Las que aprueben los Estatutos de Autonomía.
  • Las que aprueben el régimen electoral general.
  • Las demás previstas en la Constitución.

Se aprueban por mayoría absoluta.

Leyes Ordinarias

Son todas las leyes aprobadas por las Cortes que no son orgánicas. Para aprobarlas es necesaria la mayoría simple.

Reales Decretos-Leyes

En caso extraordinario y de urgente necesidad, el Gobierno puede dictar disposiciones legislativas que no afectarán a las leyes orgánicas. El Congreso de los Diputados, en 30 días, ha de aprobarlas o no.

Decretos Legislativos

Son las normas jurídicas dictadas por el poder ejecutivo con rango de ley y tienen que ser autorizadas por las Cortes.

Reglamentos

Son normas jurídicas de rango inferior a la ley, dictadas por el poder público. La potestad reglamentaria corresponde al Gobierno y a todos sus miembros.

Publicidad de las Normas

Según el Código Civil, las leyes entran en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE.

La Corona

La Constitución establece que la forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria. El Rey es el Jefe del Estado. El Rey ejerce la Jefatura del Estado; reina, pero no gobierna, puesto que carece de poder ejecutivo.

Poder Legislativo

Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Ejercen la potestad legislativa y son inamovibles. Los diputados y senadores son elegidos por 4 años por sufragio universal y son elegidos por el pueblo.

Poder Ejecutivo

Es ejercido por el Gobierno, que está compuesto por el Presidente, Vicepresidentes y Ministros. Es el órgano que dirige la política interior y exterior de la administración civil y militar, y ejerce la función ejecutiva de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Poder Judicial

Está compuesto por Jueces y Magistrados. Es independiente, inamovible, responsable y sometido solo a la ley. El Estado, mediante el principio de independencia, no está sometido a órdenes ni mandatos de ningún género, sin que tengan libertad de juzgar al margen de la ley. Los tribunales están ordenados jerárquicamente.

Consejo General del Poder Judicial

Se encarga del nombramiento, ascensos, etc. de los Jueces y Magistrados, y de las inspecciones.

Tribunal Constitucional

Es el órgano del Estado encargado de interpretar y velar por el cumplimiento de la Constitución y de ejercer la justicia constitucional. Está al margen de la administración de justicia y se extiende por todo el territorio nacional.

Jerarquía de los Tribunales Españoles

  1. Juzgados de Paz
  2. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
  3. Audiencia Provincial
  4. Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas
  5. Audiencia Nacional
  6. Tribunal Supremo

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