Fuentes del Derecho
Ley, Costumbre y Principios Generales del Derecho
La Ley
La ley es una norma dictada por el poder legislativo, de obligado cumplimiento. Hablamos de ley en sentido amplio, incluyendo cualquier norma jurídica creada por un órgano legislativo. Existe también un concepto de ley en sentido estricto, que se refiere a un tipo específico de norma escrita. Como fuente del derecho, nos interesa el sentido amplio, abarcando todas las normas jurídicas.
Cada Estado define qué órganos tienen capacidad legislativa.
- Legislativo: Crea leyes para la convivencia social.
- Ejecutivo: Representa al país y ejecuta las normas.
- Judicial: Verifica el cumplimiento de las leyes.
La capacidad legislativa reside en órganos colegiados (Parlamento, Parlamentos Autonómicos, Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos) y unipersonales (Alcaldes). En España, la diversidad de órganos legislativos implica una variedad de normas. Actualmente, se busca la unificación para facilitar el libre mercado.
Características de la Ley
Las leyes tienen tres características esenciales:
- Generalidad: Obligatoriedad para todos, por la igualdad ante la ley.
- Legalidad: Elaborada por el poder legislativo, siguiendo el procedimiento establecido.
- Publicidad: Debe ser publicada íntegramente en el boletín oficial correspondiente para entrar en vigor (generalmente a los 20 días).
La duración de una ley suele ser indefinida, a menos que se especifique lo contrario, y solo se deroga por leyes posteriores.
La Costumbre
La costumbre, como segunda fuente, carece de las garantías de la ley. El sistema jurídico español la admite solo en casos donde no exista ley aplicable, como mal menor. Nunca se aplica de oficio, debe ser alegada y probada por una de las partes.
Se caracteriza por su ámbito local y pertenencia a un grupo reducido. Es un comportamiento espontáneo, reiterado y mantenido en el tiempo, conocido y respetado voluntariamente, aunque no esté escrito. El derecho se muestra reacio a la costumbre, ya que implica una laguna en el sistema legal.
Los Principios Generales del Derecho
Como tercera fuente, su aplicación en la práctica judicial es excepcional. Se recurre a ellos cuando no existe ley ni costumbre aplicable. Son ideas de justicia, sin plasmación escrita, lo que genera inseguridad jurídica. El sistema prefiere la analogía con normas existentes antes que su aplicación.