Fuentes del Derecho Romano
Introducción
El Derecho Romano, base de los sistemas jurídicos occidentales, se nutrió de diversas fuentes a lo largo de su historia. Estas fuentes reflejan la evolución de la sociedad romana, desde la monarquía hasta el imperio, y la creciente complejidad de su ordenamiento jurídico.
Fuentes del Derecho en la Monarquía
Costumbre
En la etapa monárquica, la principal fuente del derecho era la costumbre. No cualquier costumbre se consideraba derecho, sino aquella conducta repetitiva transmitida de generación en generación dentro de una comunidad y en un tiempo determinado, que sus integrantes consideraban obligatoria.
Fuentes del Derecho en la República
Leyes Regias
Con el advenimiento de la República, surgen las Leyes Regias, primeras leyes que los reyes ordenaban a los comicios curiados sancionar. Estas leyes no estaban escritas y se dividían en dos tipos:
- Leyes Rogadas (Lex Rogata): Aprobadas por el pueblo a propuesta del rey. Se componían de:
- Praescriptio: Introducción o idea principal.
- Rogatio: Contenido de la ley.
- Sanctio: Cláusulas formales para resolver conflictos con otras leyes.
- Leyes Dadas (Lex Data): Establecidas directamente por el rey.
Ley de las XII Tablas
En el año 451 a.C., a petición de los plebeyos, se creó una comisión de diez personas para estudiar las leyes griegas y elaborar un código escrito. El resultado fue la Ley de las XII Tablas, que estableció la igualdad jurídica entre patricios y plebeyos. Las primeras diez tablas se referían al derecho civil, real, familiar y penal. Al año siguiente, se añadieron dos tablas más. La Ley de las XII Tablas se exhibía públicamente para que todos los ciudadanos la conocieran.
Edictos
Los edictos eran normas emitidas por los pretores, magistrados con la facultad de ius edicendi (derecho a dictar edictos). Al inicio de su mandato anual, el pretor publicaba su Edicto Perpetuo o Anual, que contenía las normas que aplicaría durante su gestión. Un nuevo pretor podía modificarlo o crear uno nuevo (Edicto Novum). Para mantener la estabilidad, se estableció un Edicto Traslaticio, que incorporaba elementos del edicto anterior. En casos excepcionales, el pretor podía emitir un Edicto Repentino para abordar temas no contemplados en su edicto anual. Finalmente, en la época del Imperio, Salvio Juliano compiló todos los edictos pretorios en el Edicto Perpetuo de Salvio Juliano, a petición del emperador Adriano.
Plebiscitos
Los plebiscitos eran decisiones votadas por la plebe en los concilia plebis a propuesta de un tribuno. Inicialmente, solo eran válidos para los plebeyos. Sin embargo, con la Ley Hortensia, se les otorgó fuerza de ley para todos los ciudadanos, incluyendo a los patricios.
Fuentes del Derecho en el Principado
Jurisconsultos
Los jurisconsultos eran juristas que estudiaban y emitían opiniones sobre el derecho. Augusto, fundador del Imperio, elevó el prestigio de algunos jurisconsultos otorgándoles el ius publicae respondendi, que daba fuerza de ley a sus respuestas. Adriano, posteriormente, hizo obligatorio este privilegio. Los jurisconsultos se dividieron en dos escuelas principales: los proculeyanos (seguidores de Próculo) y los sabinianos (seguidores de Sabino), con opiniones y doctrinas divergentes.
Senadoconsultos
En la República, los senadoconsultos, decisiones del Senado, carecían de fuerza obligatoria. Sin embargo, durante el Principado, adquirieron auténtica potestad legislativa. Las decisiones del Senado se conocían como senatus consulta y regulaban diversas materias de derecho privado. Solían llevar el nombre del emperador que las proponía o del cónsul que dirigía la reunión.
Constituciones Imperiales
Las constituciones imperiales eran decisiones del emperador con fuerza de ley. Se convirtieron en la última fuente del derecho romano y la única en el Imperio autocrático. Existían cuatro tipos de constituciones imperiales:
- Edicta: Decisiones de carácter general dirigidas a todo el imperio o una parte.
- Decreta: Decisiones judiciales del emperador (sentencias).
- Mandata: Instrucciones administrativas dirigidas a funcionarios o gobernantes de provincias.
- Rescripta: Respuestas a consultas jurídicas. Se llamaban epistolae si se dirigían a funcionarios y consultationes si se dirigían a particulares.
Fuentes del Derecho en el Dominado y la Compilación de Justiniano
Durante el Dominado, se iniciaron las recopilaciones de fuentes anteriores. La más importante fue la Compilación de Justiniano, también conocida como Corpus Iuris Civilis (Cuerpo del Derecho Civil). Esta compilación constaba de cuatro partes:
- Código: Recopilación de constituciones imperiales hasta Justiniano.
- Digesto: Recopilación de jurisprudencia y doctrinas de los juristas clásicos.
- Institutas: Manual de derecho para estudiantes.
- Novelas: Constituciones imperiales promulgadas después de la muerte de Justiniano.
Ley de Citas
La Ley de Citas, también llamada»Tribunal de los Muerto» o»Jurado de Difunto», fue una compilación de jurisconsultos que se utilizaba para resolver conflictos jurídicos. Se otorgó valor legal a las obras de cinco juristas: Ulpiano, Papiniano, Modestino, Gayo y Paulo. Los jueces debían fallar según la opinión de la mayoría de estos juristas. En caso de empate, prevalecía la opinión de Papiniano.
Conclusión
Las fuentes del Derecho Romano reflejan la evolución del sistema jurídico romano a lo largo de los siglos. Desde la costumbre en la Monarquía hasta las Constituciones Imperiales en el Dominado, cada fuente contribuyó a la formación de un ordenamiento jurídico complejo y sofisticado que sentó las bases del derecho occidental.