Fuentes Internacionales y Organismos Reguladores del Derecho Laboral

Fuentes Internacionales de la Relación Laboral

Para finalizar con las fuentes de la relación laboral, abordaremos brevemente las fuentes internacionales, que atañen, o deberían atañer, a todos los países del mundo. Las más relevantes son:

  • Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): La OIT es un organismo especializado de la ONU. Su finalidad es mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores a nivel internacional. Para lograr este objetivo, una de sus funciones principales es dictar normas denominadas Convenios. Ejemplos: Convenio sobre igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por trabajos de igual valor; Convenio sobre la edad mínima de admisión al trabajo; etc.
  • Convenios y Tratados entre dos o más Estados: La finalidad principal de estos convenios y tratados es la protección laboral de los trabajadores emigrantes.

Los Convenios y los Tratados internacionales deben ser ratificados por el Estado y publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Es importante destacar que, una vez ratificados los convenios por el Parlamento Español, estos forman parte del ordenamiento jurídico español y serán de obligado cumplimiento, aplicándose con carácter preferente al resto de la legislación española.

Por último, cabe destacar la “jurisprudencia”, que son las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo cuando resuelve de igual manera casos análogos.

Organismos Laborales

Hasta este punto, hemos visto que existe una gran cantidad de normas (nacionales, europeas e internacionales) que regulan la relación laboral. Pero, ¿cómo se consigue que las empresas cumplan con lo establecido en ellas? Esto se logra a través de una serie de órganos encargados de la aplicación de las normas laborales.

Estos organismos son de dos tipos: judiciales y administrativos.

Órganos Judiciales

Son los encargados del conocimiento y resolución de los conflictos de trabajo o, en otras palabras, los encargados de juzgar en caso de incumplimiento de las normas. En España, la organización judicial laboral está estructurada del siguiente modo:

  • Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia: Extienden su jurisdicción al ámbito de cada Comunidad Autónoma (CCAA). Una o más por cada CCAA.
  • Sala de lo Social del Tribunal Supremo: Es el órgano superior de la Jurisdicción Social. Tiene su sede en Madrid. Una para toda España.
  • Sala de lo Social de la Audiencia Nacional: Ejerce su jurisdicción en el ámbito nacional. También con sede en Madrid. Una para toda España.
  • Juzgados de lo Social: Su ámbito de actuación es provincial. Uno o más por provincia.

Órganos Administrativos

Asumen diversas funciones de aplicación del Derecho del Trabajo, entre las que sobresale, por su importancia, la vigilancia del cumplimiento de la normativa laboral. Podemos dividirlos de la siguiente manera:

Órganos de la Administración del Estado

Entre estos destacan:

  1. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales: Es el órgano más importante. La actividad que desarrolla es fundamental para el país debido al contenido social y económico de las materias de su competencia. Su titular y máximo responsable es el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales.
  2. Las Direcciones Provinciales de Trabajo: Son órganos administrativos que ejercen en las provincias las funciones del Ministerio.
  3. La Inspección de Trabajo: Es una institución muy importante y su actividad está dirigida a garantizar el cumplimiento de la normativa laboral. Sus funciones son:
  • Vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas laborales.
  • Asesoramiento a trabajadores y empresarios sobre sus derechos y obligaciones.
  • Mediación en conflictos colectivos de trabajo.

La actuación de la Inspección puede ser:

  • De oficio: Por propia iniciativa, por orden superior o a petición de determinados órganos (judiciales, de la Seguridad Social).
  • Por denuncia: De hechos que se consideren constitutivos de infracción, debiendo, en este caso, identificarse el denunciante.

Órganos Autonómicos

En las Comunidades Autónomas existen las Consejerías de Trabajo con sus correspondientes Direcciones Generales y, dependiendo de ellas, Delegaciones Territoriales. Estos órganos desempeñan las funciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y de sus Direcciones Provinciales dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma. Las Consejerías de Trabajo tienen distinta denominación según la Comunidad Autónoma. Por ejemplo, en Canarias se denomina Consejería de Empleo y Asuntos Sociales; en Andalucía, Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico; en Madrid, Consejería de Economía y Empleo.

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