Fuentes del Derecho
La fuente del derecho se refiere al origen o principio de las normas jurídicas. Se clasifican en:
Fuentes Históricas
Antecedentes jurídicos del pasado que influyen en el derecho actual. Ejemplos: vestigios, documentos.
Fuentes Reales
Factores sociales que propician la creación del derecho. Ejemplos: hechos históricos, procesos sociales, fenómenos económicos, elementos culturales y fuerzas políticas.
Fuentes Formales
Procesos de creación de normas jurídicas que están previstos por el derecho. Ejemplos: legislación, jurisprudencia, costumbre, normas individualizadas, principios generales del Estado.
Fuentes Formales del Derecho
Las fuentes formales del derecho son los procesos de creación de las normas jurídicas (son las formas obligadas y predeterminadas para crear el derecho). Se dividen en:
1. Legislación
Normas jurídicas generales creadas por el Congreso.
2. Jurisprudencia
Son las resoluciones obligatorias dictadas por determinados tribunales.
3. Normas Individualizadas
Actos concretos de aplicación de normas generales (tratado, sentencia, resolución administrativa, contrato y testamento).
4. Costumbre
Hábitos implantados a través del tiempo que se consideran obligatorios (en derecho solo se usan en el civil y mercantil).
5. Principios Generales del Derecho
Verdades jurídicas elaboradas mediante reflexión filosófica y jurídica.
Legislación
Es el proceso constitucional por medio del cual el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo elaboran normas jurídicas llamadas leyes y decretos. Las leyes son normas jurídicas generales, abstractas e impersonales; los decretos son normas jurídicas que regulan situaciones particulares (el proceso legislativo está previsto en los arts. 71, 72 de la Constitución y en los 3 y 4 del Código Civil). Comprende seis etapas:
1. Iniciativa
Se considera un proyecto de ley o decreto por el Congreso.
2. Discusión
El Congreso analiza el proyecto.
3. Aprobación
Las Cámaras aprueban de forma parcial o total una iniciativa de ley.
4. Sanción
El presidente acepta o rechaza la ley.
5. Publicación
La ley se publica en el Diario Oficial de la Federación.
6. Inicio de Vigencia
Momento en que la ley entra en vigor.
Por medio de un proceso legislativo se pueden crear, interpretar, reformar, adicionar, derogar o abrogar leyes y decretos.
Orden Jurídico
Es un sistema de normas que buscan la seguridad, la justicia y el bien común. Se pueden identificar varias normas dentro del orden jurídico.
Derecho Natural
Es un orden normativo que procede inmediatamente de la naturaleza, de Dios o de la razón. Las normas naturales son justas y valen por sí mismas.
Derecho Positivo (Sentido Amplio)
(Se compara al derecho natural). Es el orden jurídico creado o reconocido por una comunidad, a través del Estado, responde a las condiciones históricas y a las particularidades de cada pueblo organizado como nación.
Derecho Vigente
Conjunto de normas jurídicas que la autoridad declara obligatorias en cierto lugar y época determinada. Se integra por las normas creadas por el Estado, por las costumbres reconocidas por la autoridad, por la sentencia de varios tribunales y por los actos de aplicación de las normas.
Derecho Positivo (Sentido Limitado)
(Comparado con el derecho vigente). Es el conjunto de normas jurídicas que aplican y que se cumplen en forma efectiva, son acatadas por la autoridad y obedecidas por la sociedad.
Derecho Objetivo
Conjunto o sistema de normas jurídicas que imponen deberes y conceden derechos. El derecho objetivo es el conjunto de normas que forman el sistema jurídico positivo.
Derecho Subjetivo
Es la facultad que se concede a una persona para exigir a otra el cumplimiento de una obligación impuesta por una norma jurídica. Origen (natural y positivo amplio), validez (vigente y positivo estricto) y, forma y contenido (subjetivo y objetivo).
Ramas del Derecho
El derecho se divide o clasifica en 3 ramas: público, social y privado. Los principales criterios para distinguir las ramas del derecho son:
a) Sujeto
- Público = Estado
- Privado = Particulares
- Social = Grupos de la comunidad
b) Relación
- Público = Privan relaciones de subordinación (autoridad)
- Privado = Existen relaciones de coordinación (igualdad)
- Social = Se establecen relaciones de colaboración (solidaridad)
c) Interés
- Público = Prevalece el interés estatal o general
- Privado = Rige el interés particular
- Social = Interés grupal o comunitario
Derecho Público
Se le considera como un derecho de Estado, ya que regula la estructura y las funciones de los órganos estatales, así como las relaciones entre el Estado y los particulares u otros Estados. Está integrado por las siguientes disciplinas:
Constitucional
Regula los valores de la comunidad, los derechos fundamentales de las personas y la organización del Estado.
Administrativo
Reglamenta la organización, el funcionamiento y las actividades de la administración pública.
Penal
Define las penas y medidas de seguridad encaminadas a prevenir, sancionar y rehabilitar los delitos, infracciones y faltas.
Procesal
Norma las reglas y procedimientos que permiten a los jueces y tribunales aplicar las normas, resolver los conflictos e impartir justicia.
Internacional
Regula las relaciones entre Estados, organismos internacionales y personas en el ámbito exterior.
Derecho Privado
Se integra por dos ramas: civil y mercantil. El derecho civil y mercantil regulan la conducta de los particulares.
Civil
Norma las consecuencias de los hechos y actos de la vida humana, así como la situación jurídica de las personas en relación con bienes e individuos.
Mercantil
Reglamenta los actos de comercio, la situación de los comerciantes, las relaciones comerciales y la operación de las empresas.
Derecho Social
Se enfoca a favorecer los intereses de ciertos grupos de desfavorecidos y entabla relaciones de tutela y colaboración.
Agrario
Tutela las relaciones derivadas de la propiedad de la tierra agrícola.
Laboral
Protege los derechos de los trabajadores y regula las relaciones de trabajo.
Económico
Regula la rectoría del Estado en el desarrollo y la participación privada y social en la economía.
Familiar
Promueve la integración, relaciones, protección y desarrollo de la familia.
Ambiental
Regula la participación de los sectores público, social y privado en la protección y equilibrio del medio ambiente.
Derechos Difusos
: comprende la gran variedad de desciplinas especificas como religiones y minorias.