Fundamento Constitucional del ejercicio profesional – principio que consagra
R= Artículo 5º Constitucional / Libertad de oficio o profesión
Concepto de Colegio de Abogados
R= Es una agrupación profesional integrada por individuos que ejercen la profesión de abogado. Este organismo legalmente constituido actúa como rector de la profesión en un determinado municipio, estado o país.
Propósitos de la colegiación – Ley Reglamentaria Art. 5º Const. Relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México
R= ARTICULO 50.- Los Colegios de Profesionistas tendrán los siguientes propósitos:
¿Los Licenciados en Derecho están obligados a suscribirse a algún Colegio de Abogados para ser postulantes?
R= No
Cuáles son los cuatro principios rectores fundamentales de la ética judicial
R= Independencia, Imparcialidad, Objetividad, Profesionalismo
Valores que el Abogado en ejercicio de su profesión debe tener o buscar adquirir:
R= verdad, probidad, honradez, bien común, justicia
Mencione y explique las virtudes judiciales implícitas en el principio de EXCELENCIA del Código de Ética del PJF
- Humanismo: En cada momento de su quehacer está consciente de que las leyes se hicieron para servir al hombre, de modo tal que la persona constituye el motivo primordial de sus afanes.
- Justicia: En cada uno de los asuntos sometidos a su potestad, se esfuerza por dar a cada quien lo que le es debido.
- Prudencia: En su trabajo jurisdiccional y en las relaciones con sus colaboradores, recoge la información a su alcance con criterios rectos y objetivos; consulta detenidamente las normas del caso, pondera las consecuencias favorables y desfavorables que puedan producirse por su decisión, y luego toma ésta y actúa conforme a lo decidido.
- Responsabilidad: Asume plenamente las consecuencias de sus actos, resultado de las decisiones que tome, procurando que sus subordinados hagan lo mismo.
- Fortaleza: En situaciones adversas, resiste las influencias nocivas, soporta las molestias y se entrega con valentía para vencer las dificultades y cumplir con su función jurisdiccional
- Patriotismo: Tributa al Estado Mexicano el honor y servicio debidos, defendiendo el conjunto de valores que, como juzgador federal del Estado Mexicano, representa.
- Compromiso social: Tiene presentes las condiciones de iniquidad que han afectado a una gran parte de la sociedad a lo largo de nuestra historia, y advierte que la confianza y el respeto sociales que merezca serán el resultado de un trabajo dedicado,
Lealtad: Acepta los vínculos implícitos en su adhesión a la Institución a la que pertenece, de tal modo que refuerza y protege, en su trabajo cotidiano, el conjunto de valores que aquélla representa
Orden: Mantiene la adecuada organización y planificación en el trabajo a su cargo.
Respeto: Se abstiene de lesionar los derechos y dignidad de los demás
Decoro: Cuida que su comportamiento habitual tanto en su vida pública como privada esté en concordancia con el cargo y función que desempeña.
Laboriosidad: Cumple diligentemente sus obligaciones de juzgador.
Perseverancia: Una vez tomada una decisión, lleva a cabo los actos necesarios para su cumplimiento, aunque surjan dificultades externas o internas.
Humildad: Es sabedor de sus insuficiencias, para poder superarlas, y también reconoce sus cualidades y capacidades que aprovecha para emitir de la mejor manera posible sus resoluciones, sin pretender llamar la atención ni esperar reconocimientos.
Sencillez. Evita actitudes que denoten alarde de poder.
Sobriedad: Guarda el justo medio entre los extremos y evita actos de ostentación que vayan endemérito de la respetabilidad de su cargo.
Honestidad: Observa un comportamiento probo, recto y honrado
Código de Conducta que debe regir el actuar del Ministerio Público
R= Código de Conducta de la Procuraduría General de la República
Principio ético básico que en el contexto de la reforma Constitucional adquiere especial relevancia para el actuar del Ministerio Público:
R= Respeto a la Dignidad Humana
¿Cuáles son los Colegios de Abogados que tienen representación Nacional?
R=Sólo tres son de representación nacional:
- Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México
- Barra Mexicana Colegio de Abogados,
- Asociación Nacional de Abogados de Empresa,
De acuerdo con el Código de Ética de la Barra Mexicana Colegio de Abogados ¿Cuáles son los principios y valores a los que debe ceñirse todo abogado en su actuación profesional?
R= DILIGENCIA, PROBIDAD, BUENA FE, LIBERTAD E INDEPENDENCIA, JUSTICIA,LEALTAD, HONRADEZ,
DIGNIDAD, RESPETO,
Según el Código de Ética de la Barra Mexicana Colegio de Abogados ¿En qué consiste el secreto profesional?
- R= Constituye un deber y un derecho del abogado que implica guardar el secreto respecto de todos los hechos o noticias que conozca por su actuación profesional. Comprende las confidencias y propuestas del cliente, las del adversario y de terceros que puedan afectar al cliente. Este deber permanece aun después de que haya dejado de prestarle sus servicios.
Definición de Bioética
- R= Rama de la ética dedicada a promover los principios para la conducta más apropiada del ser humano con respecto a la vida, tanto de la vida humana como del resto de seres vivos, así como al ambiente en el que pueden darse condiciones aceptables para la misma.
Corriente de la Bioética a través de la cual se ponderan los 4 principios fundamentales de la Bioética Principalismo- encuentra su base en el libro “Principles of Biomedical Ethics” publicado por Tom L. Beauchamp y James Franklin Childress en 1979.
¿En qué consisten los principios fundamentales de la Bioética?
R=Autonomía, Beneficencia, No maleficencia, Justicia
Ley que regula la donación de órganos en México
- R= Ley General de Salud (Capítulos I, II y III del título décimo cuarto “Donación, Trasplantes y Pérdida de la Vida”
Principios que rigen el proceso de donación y trasplantes de órganos y tejidos en México:
R= Gratuidad, altruismo, solidaridad y confidencialidad
Tipos o dimensiones de la globalización:
- R= Económica, político, social, cultural, económica
¿Cuál es la Ley que, en la Ciudad de México, tiene por objeto establecer y regular las normas, requisitos y formas de realización de la voluntad de cualquier persona con capacidad de ejercicio, respecto a la negativa a someterse a medios, tratamientos y/o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona, cuando por razones médicas, fortuitas o de fuerza mayor, sea imposible mantener su vida de manera natural
R= La Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal
Artículo 2. La aplicación de las disposiciones establecidas en la presente ley, son relativas a la Voluntad Anticipada de las personas en materia de Ortotanasia, y no permiten ni facultan bajo ninguna circunstancia la realización de conductas que tengan como consecuencia el acortamiento intencional de la vida.
¿Cómo define la Ley anterior al Documento de Voluntad Anticipada?
- R= Consiste en el documento público suscrito ante Notario, en el que cualquier persona con capacidad de ejercicio y en pleno uso de sus facultades mentales, manifiesta la petición libre, consciente, seria, inequívoca y reiterada de no someterse a medios, tratamientos y/o procedimientos médicos, que propicien la Obstinación Médica
¿Cómo se define la Obstinación Terapéutica en la referida Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal?
- R= Es la utilización innecesaria de los medios, instrumentos y métodos médicos, para mantener vivo a un enfermo en etapa terminal.
Personas que de acuerdo a la Ley pueden suscribir un Documento de Voluntad Anticipada: R=
- Artículo 7. El Documento de Voluntad Anticipada podrá suscribirlo:
Cualquier persona con capacidad de ejercicio;
Cualquier enfermo en etapa terminal, médicamente diagnosticado como tal;
Los familiares* y personas señaladas en los términos y supuestos de la presente Ley*, cuando el enfermo en etapa terminal se encuentre de manera inequívoca impedido para manifestar por sí mismo su voluntad; y
Los padres o tutores del enfermo en etapa terminal cuando éste sea menor de edad o incapaz legalmente declarado* el signatario deberá acreditar con el acta correspondiente el parentesco a que haya lugar
Formalidades y requisitos con los que deberá contar el Documento de Voluntad Anticipada:
R=Artículo 8. El documento de Voluntad Anticipada deberá contar con las siguientes formalidades y requisitos:
Realizarse por escrito de manera personal, libre e inequívoca ante Notario;
Suscrito por el solicitante, estampando su nombre y firma en el mismo;
El nombramiento de un representante para corroborar la realización del Documento de Voluntad Anticipada en los términos y circunstancias determinadas en él; y
La manifestación respecto a la disposición de órganos susceptibles de ser donados
Artículo 9, 10. 11.
Delitos de abogados, patronos y litigantes considerados en el Código Penal Federal
R=Artículo 231, 232, 233.
Profesionista y profesional del derecho que, mediante la expedición de las respectivas patentes, se encuentra revestido de Fe Publica que le faculta para autenticar y dar forma, en términos de la ley, a los instrumentos en que se consignan actos y hechos jurídicos:
R= Notario Público
Respeto a la dignidad humana, la proteccion de los derechos de las personas, la justicia y la solidaridad