Fundamentos y Objetivos de la Unión Europea: Un Análisis Detallado

Fundamentos y Objetivos de la Unión Europea

La Unión Europea (UE) se fundamenta en una serie de objetivos generales que justifican su existencia y acción en beneficio de los ciudadanos, tal como se enuncia en el Artículo 3 del Tratado de la Unión Europea (TUE). Entre los fines generales, destacan:

  • La paz.
  • La defensa de los valores de la dignidad humana y el bienestar.
  • Una Europa más social, próxima e implicada con el compromiso de combatir la exclusión social y la discriminación, y fomentar la justicia y la protección social, la solidaridad y la protección de la infancia.

Se exige que toda política de la UE vele por un nivel de empleo elevado, la protección social, la lucha contra la discriminación, niveles adecuados de educación, formación y protección de la salud humana. También están incluidos como objetivos promover el progreso científico y técnico, el respeto a la diversidad cultural y lingüística, así como velar por la conservación y desarrollo del patrimonio cultural europeo.

Principios Fundamentales de la Unión Europea

Principio de la Democracia y el Respeto a los Derechos Humanos

Con el Tratado de Lisboa, se garantiza la igualdad entre el Consejo y el Parlamento Europeo, eliminando todo déficit democrático en el poder decisorio. La Unión se basa en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, y el Estado de Derecho, principios que son comunes a los Estados miembros. Así pues, todo acto comunitario, para ser conforme a Derecho, debe respetar los derechos fundamentales tal y como se garantiza en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y tal y como resultan de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros como principios generales del Derecho comunitario. El respeto a estos valores es una exigencia para adherirse a la UE, así como para permanecer en ella. El respeto a estos principios ha de ser continuado; si un Estado se aparta de la senda democrática, la UE dispone de medios jurídicos para prevenir las violaciones a los derechos humanos.

Principio de Igualdad

Todos los Estados miembros, independientemente de su población, riqueza o participación en la creación, son iguales en derechos y obligaciones. Igualdad significa que las normas de los Tratados se formulan de forma abstracta para todos los Estados miembros.

Debe haber igualdad entre los Estados miembros, y la hay en la atribución de competencias internas. Todos los Estados ceden el ejercicio de los mismos poderes.

Igualdad en la obligación de cumplir íntegramente los compromisos jurídicos adquiridos.

El principio de igualdad debe ser acogido con matices y algunas derogaciones justificadas debido a que los Estados miembros siempre han participado en diferente medida.

El principio de igualdad se debe ponderar y compensar algunas veces con el principio de la democracia o con otras consideraciones.

Principio del Respeto a la Identidad Nacional de los Estados Miembros

Las estructuras constitucionales por las que opta cada Estado miembro deben ser respetadas por la UE, así como sus lenguas y culturas diversas. La permanencia de los Estados como soberanos e independientes es una condición para la existencia misma de la UE. La identidad nacional en lo político tiene un límite: los Estados miembros habrán de estar dotados de gobiernos que se basen en principios democráticos y en el respeto a los derechos humanos.

Principio de Cooperación

Rige con carácter general a la totalidad de las relaciones entre los Estados y la Unión. Es un principio constitucional porque refleja la estructura política, jurídica y económica de la UE.

Los tres deberes generales que se derivan del Artículo 4.3 TUE:

  • Colaboración activa: Adopción de todas las medidas apropiadas para asegurar el cumplimiento del Derecho comunitario.
  • Deber de abstención: De adoptar todas aquellas medidas que puedan poner en peligro la realización de los fines de los Tratados.
  • Deber de facilitar: A las instituciones el cumplimiento de sus misiones, obligando a los Estados a que faciliten las informaciones que precisen para el adecuado desarrollo de sus misiones.

Principio de Solidaridad

A la Unión se le confía la misión de organizar de modo coherente y solidario las relaciones entre los Estados miembros y entre sus pueblos. La insolidaridad se manifiesta cuando se defienden intereses nacionales perjudicando de forma desproporcionada los objetivos comunes.

Principio de Transparencia y Proximidad

El Artículo 1 del Tratado de la UE establece que las decisiones serán tomadas en la UE lo más abiertamente posible, además de la forma más próxima posible a los ciudadanos. La exigencia de transparencia aparece como la condición para alcanzar una mayor democratización.

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