Glosario de Términos Jurídicos Esenciales: Contratos, Tributos y Derecho Laboral

Definiciones Clave

Contratos

Contrato: Es una definición jurídica. Se dice que hay contrato cuando dos o más personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos.

Contrato de seguro agrario: Es un contrato en virtud del cual una persona llamada asegurador se obliga a indemnizar a otra persona llamada asegurado, por los daños o perjuicios que pueda causar a los bienes agropecuarios del asegurado.

Delitos Agrarios

Hurto agrario: Es el acto de apoderamiento de una cosa mueble ajena, que se sustrae de quien la tiene, sin ejercer violencia o intimidación en las personas relacionadas a la actividad agraria.

Invasión a la propiedad: Invasión u ocupación ilegal de un inmueble con fines de causar daños a la propiedad.

Tributos y Derecho Tributario

Tributo: Son las prestaciones en dinero que el Estado, en ejercicio de su poder de imperio, exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.

Derecho tributario: Es la rama del derecho público que trata de las normas obligatorias y coactivas que regulan los derechos y obligaciones de las personas con respecto a la rama tributaria.

Impuesto: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador una situación independiente de toda actividad estatal relativa al contribuyente.

Tasas: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en el constituyente.

Obligación tributaria: Es el derecho público, es el vínculo entre el acreedor y deudor tributario, que está previsto por ley.

Impuesto inmobiliario: Es un impuesto anual que incide sobre los bienes inmuebles ubicados en el territorio nacional.

Derecho Laboral

Derecho laboral: Es el que establece que el empleador debe tener condiciones dignas y equitativas de labor, jornales limitados, descanso, vacaciones pagadas y retribuciones justas.

Contrato de trabajo: Es el convenio en virtud del cual un trabajador se obliga a ejecutar una obra o a prestar un servicio a un empleador bajo la dirección y dependencia de éste, mediante el pago de una remuneración, sea cuál fuera la clase de ella.

Preaviso: Acción y objeto de hacer saber al trabajador de la culminación de la relación de trabajo. Plazos: 1 año – 30 días. 1 año a 5 años- 45 días. 5 a 10 años- 60 días. 10 años en adelante- 90 días.

Salario mínimo: Es aquel suficiente para satisfacer las necesidades normales de la vida del trabajador consistente en: Alimentación, habitación, vestuario, transporte y recreaciones honestas.

Despido injustificado: Voz de uso frecuente y de importancia en el Derecho Laboral, se aplica con respecto a la ruptura unilateral. En este supuesto el empleador tiene que indemnizar al trabajador la forma y cuantía que las leyes determinan. La indemnización tiene relación con la antigüedad.

Estabilidad laboral: Es el cumplimiento contractual entre el empleado y el empleador (Contrato de Trabajo), y obliga no solo a lo que este formalmente expresado en el, si no a todas las consecuencias derivadas del mismo o que emanen de la naturaleza jurídica de la relación o que por Ley corresponda a ella.

¿Qué es la orden de prelación del derecho positivo?: Orden de Prelación del Derecho positivo: Consiste en el orden jerárquico de acuerdo al orden de importancia.

Horas extra: Las jornadas extraordinarias únicamente podrá exceder de los límites legales, en caso de fuerza mayor y deberán ser remuneradas.

¿Qué es la asignación familiar?: Artículo 261 del C.L.: Hasta que se implante un sistema legal de compensación para la asignación familiares sobre la base del seguro social, todo trabajador tiene derecho a percibir una asignación equivalente al 5% del salario mínimo por cada hijo matrimonial, extra matrimonial o adoptivo.

¿Qué es el trabajador rural?: Todas las personas, de uno u otro sexo, que ejecuten labores propias o habituales de un establecimiento agrícola, ganadera, forestal, tambos o explotaciones similares.

Aguinaldo: Queda establecida una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador, lo que será abonado antes del 31 de diciembre.

Periodo de prueba: Establécese en la etapa inicial del contrato de trabajo, un periodo de prueba que tendrá por objeto respecto del empleador, apreciar las aptitudes del trabajador y, de parte de éste, verificar la conveniencia del trabajo contratado.

Crédito Agrícola de habilitación: Se crea con la finalidad de favorecer a los pequeños agricultores que no están en condiciones de recibir los beneficios del crédito común adecuado al complejo de sus necesidades.

Relación jurídica tributaria: Es la relación de derecho entre el Estado como sujeto activo entre el acreedor de la obligación tributaria y los particulares (Contribuyente o responsables) como sujetos pasivos (Deudor).

¿Qué establece el código laboral sobre los descansos?: Artículo 212 del C.L.: Después de la terminación del tiempo de trabajo diario se concederá a los trabajadores un periodo de descanso interrumpido de diez horas por lo menos. – Articulo 213 del C.L.: Todo trabajador tendrá derecho a un día de descanso semanal que normalmente será el domingo.

Contrato agrario: Se refiere a todo lo referente al campo, defensor de los intereses de los pobladores rurales.

Clasificación de la actividad agraria

  1. Agricultura
  2. Ganadería
  3. Silvicultura
  4. Piscicultura

Requisito del preaviso

Artículo 93 del C.L; Requisitos. A la terminación de todo contrato de trabajo, cualquiera que sea la causa que la haya motivado, el empleador debe dar gratuitamente al trabajador una constancia firmada que exprese únicamente.

Requisito de los contratos

  1. Consentimiento De las Partes
  2. Mayoría de edad y no estar bajo incapacidad legal
  3. El contrato debe ser legal y no inmoral.

Requisitos para el crédito agrícola

  1. Ser productor agrícola
  2. Capacidad de pago
  3. Avales o garantías

Tipos de tributos

1-Impuesto a la renta

2-Impuesto al capital: IVA

3-Otros impuestos: IRE y IRPC

Clasificación del impuesto

1- De mejora

2- De seguridad social

Principios constitucionales

1. Legalidad

2. Igualdad

3. Generalidades

Representantes del empleador

1-Gerentes

2-directores

3- Administradores

Orden de prelación del derecho positivo

  1. Constitución Nacional.
  2. Tratados, convenios.
  3. Acuerdos internacionales.
  4. Códigos, leyes.
  5. Reglamentos.

Completa con F (Falso) o V (Verdadero). Justifica

A- (V) Todo impuesto siempre influye en el precio

B- (V) El impuesto a la renta personal entró en vigencia en el 2012

C- (F) El IVA, es un mecanismo indirecto de control del municipio. PORQUE ES UN MÉTODO DE CONTROL DEL ESTADO

D- (V) El IRASIS, entró en vigencia en el 2005.

E- (V) El IMAGRO, entró en vigencia en el 2014 (el puso que salió en 2010)

F- (F) Un capitán de barco no puede ser representante del empleador. PORQUE SI PUEDE SER REPRESENTANTE

G- (V) La constitución no afectará los contratos de los trabajos vigentes

H- (F) La jornada de trabajo tendrá una duración de 8 hs por día y 42 hs semanales. PORQUE TENDRÁ UNA DURACIÓN DE 8 DIAS Y 48 HS SEMANALES

I- (F) Los acuerdos y tratados internacionales, tiene mayor jerarquía que la constitución. PORQUE TIENEN MENOR JERARQUIA QUE LA C.N.

J- (V) Todos los impuestos deben ser creados por ley

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