¿Qué es la Apertura de Crédito?
Es un contrato por medio del cual el acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado, quien contrae una obligación, para que este último haga uso del crédito en la forma y términos convenidos.
Personas que Intervienen en la Apertura de Crédito
Acreditante y Acreditado.
Tipos de Contrato de Apertura de Crédito
- Por el objeto.
- Por la forma de disposición.
Forma de Disposición en el Contrato de Apertura de Crédito
Simples.
¿Qué es una Tarjeta de Crédito?
Un instrumento bancario a través del cual una institución financiera concede a sus clientes una línea de crédito por un importe determinado, conocido como límite de crédito.
Tipos de Tarjeta de Crédito
- Prepagadas.
- Prepago (nómina, débito).
Contrato de Tarjeta de Crédito
- Número de serie.
- Nombre del cliente.
- Fecha de vencimiento.
- Nombre de la institución.
- Chip.
- Firma.
- Tipo de tarjeta.
- Número de tarjeta.
- Cuenta bancaria.
¿Qué es el Contrato de Reporto?
El contrato de reporto implica el otorgamiento de un crédito de dinero con la garantía de la transferencia de propiedad de títulos valores. De acuerdo con las condiciones del contrato, el banco queda facultado para transferir o negociar dichos títulos antes del vencimiento de la obligación.
Estructura del Contrato de Reporto (Art. 260)
- Por escrito.
- Nombre del reportador y reportado.
- Clase de títulos dados en reporto.
- Término fijado de vencimiento.
Elementos Personales del Reporto
- Material: Títulos fungibles, seriales de mercado.
- Reportador: Es una institución.
- Reportado: Quien transmite los títulos.
¿Qué es el Depósito Bancario de Títulos de Crédito?
Un depositante entrega a una institución de crédito uno o varios títulos de crédito en custodia, administración o transmisión de la propiedad.
Característica Principal del Depósito Bancario de Títulos
Que no se transfiera la propiedad al depositario.
Servicio de las Cajas de Seguridad
Es un servicio de una entidad financiera que resguarda el dinero y objetos de valor de particulares, con llaves que tiene el locatario de la caja de seguridad.
Bienes Inembargables
- La servidumbre.
- Patrimonio familiar.
- Los muebles de uso ordinario del deudor.
- La renta vitalicia.
- Los instrumentos o útiles necesarios para el arte u oficio.
Bienes Embargables
- Las mercancías.
- Los inmuebles.
- Muebles del deudor.
- Los créditos de fácil cobro.
- Acciones y derechos que tenga el demandado.
Juicio Ejecutivo Mercantil
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO DEL DISTRITO FEDERAL PRESENTE
Lourdes Cuevas Medina, en mi carácter de representante legal de la parte actora, Sinergia Desarrollo Integral S.A. de C.V., personalidad que acredito y me sea reconocida en términos de la escritura pública número 49020 de fecha 15 de julio de 2009, pasada ante la fe del notario público número 173 en la Ciudad de México, licenciado Francisco Xavier Arredondo Galván, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos de carácter personal el ubicado en Calzada de Tlalpan número 393, Colonia Álamos, Delegación Benito Juárez, C.P. 03400 en la Ciudad de México, autorizando en los términos del artículo 1069 del Código de Comercio a los licenciados en derecho Uriel Castillo Espinosa y Alejandro Espinosa Lechuga, quienes ejercen esa profesión al amparo de las cédulas profesionales número 7347492 y 6465867, respectivamente, expedidas por la Dirección General de Profesiones dependientes de la Secretaría de Educación Pública, en forma conjunta o separada, autorizo para oír y recibir todo tipo de notificaciones, documentos y todo aquello que con motivo del presente proceso se me deba entregar, así como revisar y estudiar el expediente a los CC. Susana Rosario Huerta, Alejandro Espinosa Lechuga, María de Lourdes Saldaña Calzada, Guillermo Jesús Ortiz Hernández, Daniel Figueroa Gutiérrez, Aylin Guadalupe Muñoz Sabino, Karla Abigail Mejía Martínez, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer: Que por medio del presente escrito en la vía ejecutiva mercantil y en ejercicio de acción cambiaria directa, vengo a demandar a la Sra. Susana Rosario Huerta, quien puede ser emplazada en su domicilio ubicado en la calle Octava Cerrada de Niños Héroes número 9 provisional, Pueblo San Salvador Cuauhtenco, Delegación Milpa Alta, C.P. 12300 en la Ciudad de México, las siguientes:
Especificaciones del Juicio
- Juzgado al que se promueve.
- Nombre del actor, el dominio y las personas que señalen para oír y recibir notificaciones.
- Acompañamiento del poder que acredita la responsabilidad de la persona que comparece en el juicio.
- El litigante que se presente en el juicio acreditando su personalidad (cédula).
- Nombre del demandado, datos como domicilio.
Prestaciones
Debe especificarse el monto de lo adeudado en lo principal y accesorios (intereses, daños, perjuicios).
Hechos
Escribir los hechos temporales.
Derecho
El procedimiento se rige por lo dispuesto en los artículos 1391, 1392, 1393, 1394, 1395, 1396, 1400 y 1401, y demás relativos y aplicables del Código de Comercio en vigor.
En cuanto al fondo, son aplicables los artículos 1, 50, 170, 172, 173, 174 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en vigor.
Pruebas
- Documental Privada: Es la prueba de pagaré. La razón por la que se estima esta prueba es que se acreditarán las afirmaciones de la parte actora.
- Documental Pública: Consistente en copia simple, así como copias anexas. Todas las copias que se puedan adjuntar. Nombre del notario para validez y domicilio.
- Confesional: La demanda se desahoga.
- Instrumental de Actuaciones.