Guía Completa sobre el Procedimiento Judicial Mercantil en México

Primer Examen Parcial

Pregunta 1

EL DÍA 3 DE ENERO DEL 2014, JUAN PÉREZ FIRMÓ UN PAGARÉ POR ADEUDO DE CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A LA EMPRESA DESCENTRALIZADA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD POR LA CANTIDAD DE 35,000 PESOS. DICHO DOCUMENTO VENCIÓ EL DÍA 3 DE MARZO DEL 2014; POR LO TANTO, EL ACREEDOR ENTABLA SU DEMANDA EJECUTIVA ANTE EL JUEZ DEL FUERO COMÚN. DIGA USTED SI ES CORRECTA LA COMPETENCIA ELEGIDA POR EL ACTOR PARA EJERCITAR LA VÍA EJECUTIVA, RAZONANDO SU RESPUESTA.

Pregunta 2

¿QUÉ SON LOS PLAZOS JUDICIALES Y MENCIONE SU CLASIFICACIÓN?

Son lapsos o periodos de tiempo dentro de los cuales se deben realizar los actos procesales ya sea del juez, de las partes o de un tercero.

Clasificación

1) Atendiendo a su rigidez

  • a) Prorrogables (excepción)
  • b) No prorrogables

2) Atendiendo a sus consecuencias

  • a) Preclusivos o fatales
  • b) Dispositivos o no fatales

3) Atendiendo a su amplitud

  • a) Individuales
  • b) Colectivos

Pregunta 3

MENCIONE LAS REGLAS PARA FIJAR LA COMPETENCIA DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL.

  • Es competente aquel en que las partes se hayan sometido expresa o tácitamente.
  • En el lugar que el deudor haya designado para ser requerido judicialmente de pago.
  • El del lugar designado en el contrato para el cumplimiento de la obligación.
  • Donde se encuentre el domicilio del deudor.
  • A falta de domicilio, aquel en que se celebró el contrato cuando la acción sea personal y el de la ubicación de la cosa cuando la acción sea real.

Pregunta 4

MENCIONE 3 REGLAS GENERALES NECESARIAS PARA QUE OPERE LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA.

  • Es de orden público, por lo que es irrenunciable y no puede ser materia de convenio.
  • Actúa de pleno derecho y puede decretarse de oficio o a petición de parte interesada.
  • Opera desde el primer auto que se dicte hasta la citación para sentencia.

Pregunta 5

MENCIONE LOS EFECTOS DE LA CADUCIDAD EN UN PROCEDIMIENTO JUDICIAL.

  • Extingue la instancia pero no la acción, por lo que se puede iniciar nuevamente el juicio.
  • En primera instancia convierte en ineficaz las actuaciones y las cosas vuelven al estado en que se encontraban antes de presentar la demanda. Por lo que deben levantarse los embargos y cancelar las inscripciones en el registro público.
  • En segunda instancia deja firme las resoluciones y las cosas vuelven al estado en que se encontraban hasta antes de presentarse la apelación.
  • En los incidentes convierte en ineficaces las actuaciones dentro de los mismos sin comprender la instancia principal.

Pregunta 6

MENCIONE LAS REGLAS GENERALES DE LOS TÉRMINOS.

  • En ningún término se contarán los días en que no puedan tener lugar las actuaciones judiciales.
  • Todos los términos judiciales empezarán a correr desde el día siguiente a aquel en que hayan surtido efectos el emplazamiento o notificación y se contará el día del vencimiento.
  • Las notificaciones o requerimientos surten efectos al día siguiente en que se haya practicado y las demás surten al día siguiente en que se hubieran hecho por boletín o fijado en los estrados del juzgado.
  • Una vez concluidos los términos sin necesidad de acuse de rebeldía seguirá el juicio y se tendrá por perdido el derecho que debió ejercitarse.

Pregunta 7

EL DÍA 8 DE ENERO DEL 2014 MANUEL SOLÍS LE PIDE PRESTADO A MIGUEL GONZÁLEZ LA CANTIDAD DE 35,000 PESOS Y PARA AFIANZAR LA DEUDA ESTE LE FIRMA UN DOCUMENTO QUE AMPARA LA CITADA CANTIDAD, COMPROMETIÉNDOSE A PAGAR EL DÍA 10 DE MARZO DEL 2014. DIGA USTED QUÉ HARÍA?

  1. a) Ejercitar la acción ejecutiva mercantil.
  2. b) Promover medios preparatorios por confesión judicial.
  3. c) Ejercitar la vía ordinaria mercantil.
  4. d) Promover medios preparatorios por reconocimiento.
  5. e) Promover otro trámite judicial o extrajudicial a los antes señalados.

Pregunta 8

EXPLIQUE USTED LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN PROCESAL.

Son instrumentos en virtud de los cuales el juzgador transmite ideas a las partes o terceros ya sea dentro de un proceso o fuera de él y en los que conforme a la ley es necesaria su intervención.

  • Emplazamiento
  • Notificación
  • Citación
  • Requerimiento

Emplazamiento: es el llamado judicial que se hace para que dentro del plazo señalado la parte demandada comparezca a juicio a la defensa de sus intereses.

Notificación: es el acto por el cual se le comunica a una persona con efectos jurídicos una resolución judicial o cualquier otra cuestión ordenada por el juzgado.

Citación: es el acto de poner en conocimiento de alguna persona un mandato del juez para que concurra a la práctica de alguna diligencia.

Requerimiento: es el acto de intimar a una persona en virtud de una resolución judicial para que haga o se abstenga de hacer la conducta ordenada por el juzgador.

Pregunta 9

EL SEÑOR MIGUEL PÉREZ TIENE LA NECESIDAD DE ENTABLAR UNA DEMANDA EN LA VÍA EJECUTIVA MERCANTIL. SU DOCUMENTO DE ACCIÓN BASE LO ES UN PAGARÉ EL CUAL LE FUE FIRMADO EN LA CIUDAD DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA EL DÍA 15 DE MARZO DEL 2012. EL DEUDOR SE COMPROMETIÓ A PAGARLO A MÁS TARDAR EL 15 DE DICIEMBRE DEL 2012 EN LA CIUDAD DE TECATE, BAJA CALIFORNIA, SIN EMBARGO, EL DOMICILIO DONDE HABITA EL DEUDOR LO ES EN ESTA CIUDAD DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA. DIGA USTED CUÁL ES EL JUEZ CIVIL COMPETENTE PARA CONOCER DE LA DEMANDA.

  1. a) Tijuana
  2. b) Tecate
  3. c) Mexicali
  4. d) Cualquier elección del actor

Pregunta 10

CON FECHA DE 4 DE MARZO SE PRESENTÓ EL C. ACTUARIO EN EL DOMICILIO DE PEDRO PÉREZ DONDE LO ATENDIÓ SU ESPOSA Y LE MANIFESTÓ QUE NO SE ENCONTRABA EN ESE MOMENTO. EL ACTUARIO LE DEJÓ CITATORIO PARA EL DÍA SIGUIENTE HÁBIL. ESE DÍA LO ATENDIÓ NUEVAMENTE LA ESPOSA MANIFESTANDO QUE SU ESPOSO PEDRO NO PUDO ESPERAR AL CITATORIO, MOTIVO POR EL CUAL EN ESE ACTO EL ACTUARIO PROCEDIÓ A CORRER TRASLADO Y EMPLAZARLO PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS DIERA CONTESTACIÓN A LA DEMANDA IMPUESTA EN SU CONTRA. DIGA USTED CUÁL ES EL ÚLTIMO DÍA PARA DAR CONTESTACIÓN A LA DEMANDA?

*Los días marcados son inhábiles.

Segundo Examen Parcial

Pregunta 1

¿CUÁL ES EL EFECTO CUANDO SE DECLARA PROCEDENTE LA EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA?

Se propondrá ante el juez que se considere incompetente, pidiéndole que se abstenga del conocimiento del negocio y remita testimonio de lo actuado al Superior para que éste decida la cuestión de competencia.

Pregunta 2

MENCIONE CUÁL ES EL EFECTO LEGAL CUANDO SE DECLARAN PROCEDENTES LAS EXCEPCIONES DE CONEXIDAD Y LITISPENDENCIA.

En el de conexidad se acumula al primer juicio, en el de litispendencia se sobresee.

Artículo 1127.- Si se declara procedente la conexidad, su efecto será la acumulación de autos para evitar se divida la continencia de la causa con el fin de que se resuelvan los juicios en una sola sentencia. Si se declara competente la excepción por litispendencia el efecto será sobreseer en segundo juicio.

Pregunta 3

MENCIONE LOS REQUISITOS DE FONDO QUE DEBE REUNIR EL PLIEGO DE POSICIONES EN LA PRUEBA CONFESIONAL.

Art. 1222.- Las posiciones deben articularse en términos precisos; no han de ser insidiosas; no ha de contener cada una más que un solo hecho, y éste ha de ser propio del que declara.

Art. 1223.- Si se presenta pliego de posiciones para el desahogo de la confesional, éste deberá presentarse cerrado, y guardarse así en el secreto del tribunal, asentándose la razón respectiva en la misma cubierta, que rubricará el juez y firmará el secretario. Si no se exhibe el pliego, deberá estarse a lo dispuesto en el siguiente artículo.

Art.1224 Si la oferente de la prueba decide no presentar pliego de posiciones, tendrá el derecho de articular posiciones verbales en la audiencia respectiva, pero en el caso de incomparecencia de la misma, se castigará con deserción de la confesional.

Pregunta 4

AL OFRECER LA PRUEBA CONFESIONAL EN UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, EL OFERENTE DE LA PRUEBA NO EXHIBE EL PLIEGO DE POSICIONES. EL JUEZ, PARA PREPARAR SU DESAHOGO, DEBERÁ:

C) No deberá citar al absolvente hasta una vez que sea presentado el pliego de posiciones.

Pregunta 5

¿MENCIONE LAS REGLAS QUE DEBEN CUMPLIRSE AL OFRECER LA PRUEBA PERICIAL EN UN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL?

Art. 1253. Las partes propondrán la prueba pericial dentro del término de ofrecimiento de pruebas en los siguientes términos: Señalarán con toda precisión la ciencia, arte, técnica, oficio o industria sobre la cual deba practicarse la prueba; los puntos sobre los que versará y las cuestiones que se deben resolver en la pericial, así como la cédula profesional, calidad técnica, artística o industrial del perito que se proponga, nombre, apellidos y domicilio de éste, con la correspondiente relación de tal prueba con los hechos controvertidos. Si falta alguno de los requisitos se desechará la prueba.

Pregunta 6

EN UN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL EN EL QUE SE HA OFRECIDO Y ADMITIDO LA PRUEBA PERICIAL, LA CONTRAPARTE NO DESIGNÓ PERITO DENTRO DEL TÉRMINO CONCEDIDO PARA ELLO. LUEGO ENTONCES, EL JUEZ DEBERÁ:

  1. a) Declarar desierta la prueba por falta de interés jurídico en su desahogo.
  2. b) Deberá nombrar de oficio a un perito en su rebeldía.
  3. c) Deberá tenerla por conforme con el dictamen emitido por el otro perito.

Pregunta 7

¿EN QUÉ CASOS SE PERMITE DENTRO DE UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL DESAHOGAR LA PRUEBA PERICIAL CON UN SOLO PERITO?

  • Si se ofrece la prueba pericial se da 3 días para la designación del perito y 3 días para la aceptación del perito por medio de un escrito y una vez aceptado el perito por la autoridad tiene 10 días para ofrecer su dictamen.
  • Si el perito del oferente no acepta el cargo o no da el dictamen se le tendrá por desierto. Pero si el de la contraria no acepta o no da el dictamen se le tendrá por conforme con lo dicho por el perito del oferente.

Pregunta 8

DIGA USTED CON CUÁNTO TIEMPO DE ANTICIPACIÓN, POR LO MENOS, DEBERÁ CITARSE AL QUE DEBA ABSOLVER POSICIONES EN UN JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, Y CON CUÁNTO TIEMPO SE TRATA DE UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL?

Ordinario Mercantil.- Art. 104.- CFPC. El que haya de absolver posiciones será citado personalmente, a más tardar, el día anterior al señalado para la diligencia, bajo apercibimiento de que, si dejare de comparecer sin justa causa, será tenido por confeso.


Ejecutivo Mercantil.-  Art. 1224 2do. Párrafo CC.- La notificación personal al que deba absolver posiciones se practicará, por lo menos con dos días de anticipación al señalado para la audiencia, sin contar el día en que se verifique la diligencia de notificación, el día siguiente hábil en que surta efectos la misma ni el señalado para recibir la declaración.

9.- ANTE QUIEN SE INTERPONE EL RECURSO DE APELACIÓN; ADEMÁS INDIQUE  QUE PASA CUANDO SE OMITE EXPRESAR AGRAVIOS AL MOMENTO DE INTERPONER UNA APELACIÓN DE TRAMITACIÓN CONJUNTA CON LA SENTENCIA. 





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