Guía Completa sobre Mercaderías, Importación, Exportación y Contenedores en el Comercio Internacional

Mercaderías, Importación y Exportación: Un Análisis Detallado

Mercadería: Elemento susceptible a ser importado o exportado (objeto material y elemento intangible). Artículo 9.-

Importación: Es la introducción de cualquier mercadería a un territorio aduanero.

Exportación: Es la extracción de cualquier mercadería de un territorio aduanero.

Toda mercadería que ingresa al territorio aduanero debe cumplir los siguientes requisitos (art. 131):

  • La administración nacional de aduanas determinará las formalidades para la confección, presentación y trámite de la documentación.
  • Arribo de la mercadería a un territorio aduanero por un lugar habilitado y en el horario adecuado.

Vías de Ingreso

Vías Habituales: Lugares habilitados, cumpliendo la legislación aduanera, en un horario adecuado.

Vías No Habituales: Lugares no habilitados, lugares sin control, o aquellos que incumplen la norma o tienen un accidente (echazón, arribo forzoso, pérdida, deterioro).

Medios de Transporte (art. 130 a 165)

Vía acuática, vía terrestre (automotor, ferrocarril), vía aérea.

Documentos que deben acompañar al medio de transporte y a la mercadería:

Todos los medios de transporte deben incluir:

  1. Declaraciones de la mercadería transportada.
  2. Documentos del medio de transporte.

A esto acompaña el procedimiento que realiza el despachante de aduana. Luego de presentar los documentos, se debe mencionar el destino de la mercadería: si va a quedar en el territorio aduanero o va a volver al país.

Vía acuática: Manifiestos. Vía terrestre: Papeletas de cada vagón (FFCC). Vía aérea: Itinerario de vuelo, listado de tripulación y pasajeros, declaración del equipaje.

Destinación de Importación

Definitivas: La mercadería entra y permanece en el territorio aduanero sin plazo o condición, por tiempo ilimitado.

Suspensivas: La mercadería ingresa al territorio aduanero por un tiempo o fin determinado (cumplir el plazo o ciertos requisitos) y debe salir o estar de paso.

Tipos de Destinación Suspensiva de Importación:

  1. Importación Temporaria: La mercadería ingresa al territorio aduanero y puede permanecer durante un plazo determinado, pudiendo sufrir alguna modificación o no.
  • Plazos:
    • 3 años: Bienes de capital.
    • 1 año: Mercaderías para eventos artísticos, elementos de decoración, vestuarios, etc.
    • 8 meses: Muestras comerciales, equipos deportivos, mercaderías para ferias o exposiciones, caballos de polo, etc.
  • Los plazos pueden ser renovados por un plazo igual al original (una sola renovación).
  • Si se realiza alguna modificación a la mercadería ingresada, se cobrará un impuesto cuando esta salga del país.
Tránsito de Importación: La mercadería ingresa por una aduana con el fin de ser transportada hasta otra aduana desde donde es exportada. Despacho Directo a Plaza (278): La mercadería puede ser despachada directamente al mercado sin previo sometimiento al régimen de depósito provisorio de importación. Depósito de Almacenamiento: No se utiliza.

La destinación es presentada a través de un sistema informativo provisto por la aduana («Malvinas«), y el único que puede presentar dicha información es el despachante.

Diferencias entre Destinaciones Suspensivas y Definitivas según Tributo:

  • Definitivas: Pagan derecho de importación y permanecen por tiempo indeterminado.
  • Suspensivas: No pagan impuestos de importación, pero se cobra un impuesto que luego se retribuye al salir del país.

Exportación

Destinación de Exportación Definitiva: La mercadería egresa del territorio aduanero por un tiempo indeterminado.

Destinación de Exportación Suspensiva: La mercadería egresa del territorio aduanero por un tiempo determinado.

Tipos de Destinación de Exportación:

Exportación para Consumo: La mercadería exportada puede permanecer por tiempo indeterminado fuera del territorio aduanero.

Exportación Temporaria: La mercadería puede permanecer con una finalidad y por un plazo determinado fuera del territorio aduanero, con la obligación de reimportarla para consumo antes del vencimiento del plazo.

  • La mercadería puede permanecer en el mismo estado o ser objeto de transformación.
  • Plazos para reimportación:
    • 3 años: Bienes de capital.
    • 1 año: Mercaderías para eventos artísticos, equipos deportivos, etc.
    • Si la mercadería es sometida a perfeccionamiento, el plazo es de 2 años.
  • Se paga un impuesto mayor si se modifica la mercadería.

Destinación de Tránsito de Exportación: La mercadería de libre circulación en el territorio aduanero es transportada a otra aduana del mismo territorio para ser exportada desde la última.

Destinaciones de Removido: La mercadería de libre circulación en el territorio aduanero puede salir para ser transportada a otro lugar del mismo, con intervención de las aduanas de salida y destino.

Contenedores (Unidad 5)

Contenedor: Caja cúbica metálica de dimensiones estandarizadas utilizada para el transporte de mercadería.

  • 20 pies: Capacidad de 2 a 23 toneladas.
  • 40 pies: Capacidad de 30 a 32 toneladas.
  • 50 pies: Capacidad de 40 toneladas.

Características de un Contenedor:

  1. Medidas estandarizadas.
  2. Permite conservar la carga y realizar estiba.

Clasificación de Contenedores:

  1. Carga Seca:
  • Cerrados: Unidades estándar con puertas superiores o laterales.
  • Abiertos: Techo abierto, lateral abierto, base con dos paredes.
Plataforma: Base del contenedor y esquineros. Tolva: Exclusivo para granos, movilizar carga a granel. Contenedor Tanque: Estructura con esquinero y tanque en su interior para líquidos. Flexitank: Bolsa plástica de 21 toneladas que se ubica dentro del contenedor de carga seca de 20 pies. Térmico: Construido con paredes, puertas, techo y piso aislado. Aislados: Sin mecanismos para frío y calor. Refrigerados: Con unidad refrigerante propia.
  • Mecánico: Motores de combustión interna o electricidad externa.
  • Criogénico: Dióxido de carbono líquido, nitrógeno u otro.
Porthole: Contenedor con dos aberturas en la pared externa para introducir aire frío.

Reglas Incoterms

Definen las responsabilidades de las empresas compradoras y vendedoras en la entrega de la mercadería objeto del contrato de compraventa internacional.

  • Determinan cómo se asignan los costos y los riesgos.
  • Se revisan cada 10 años.
  • Su uso no es obligatorio, debe ser pactado entre las partes.

Aspectos de la CVI regulados por Incoterms:

  • Entrega de la mercadería: Directa o indirecta a un intermediario.
  • Transmisión de riesgos: Incluye un lugar geográfico y un momento cronológico.
  • Distribución de gastos: Generalmente el vendedor corre con los gastos.
  • Trámites de documentos aduaneros: En general, es responsabilidad del vendedor.

Ejemplos de Incoterms:

  • FCA – Free Carrier: Entrega indirecta sin pago del transporte principal. El vendedor entrega la mercadería en un lugar preacordado.
  • FOB – Free on board: Entrega indirecta sin pago del transporte principal. El vendedor entrega la mercadería sobre el buque.
  • CIF – Cost, Insurance and Freight: Costo, seguro y flete.
  • DAT – Delivered at Terminal: Entrega directa en la llegada.
  • DDP – Delivered Duty Paid: Entrega directa en la llegada. El vendedor se hace cargo de todos los costos, incluidos los derechos de importación.

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