1. Querella
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
D. Christian Santana Valerón, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D. Pepito Gonzalez, cuya representación acredito mediante copia de poder, ante el Juzgado que por turno corresponda, comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que en la representación que ostento y siguiendo expresamente las instrucciones de mi mandante, mediante este escrito interpongo QUERELLA por el delito de lesiones del artículo 147 del CP, a tener de lo expuesto en el artículo 277 de la LECRIM.
PRIMERO.- Competencia
Es competente el Juzgado de Instrucción de Las Palmas de Gran Canaria que por turno corresponda, por haberse cometido el delito en dicha Jurisdicción, de acuerdo con lo expuesto en el artículo 14.2 de la LECRIM.
SEGUNDO.- Querellante
La presente QUERELLA se interpone por D. Pepito Gonzalez, mayor de edad y con domicilio en la calle XXX de esta ciudad.
TERCERO.- Querellado
La acción penal se dirige contra D. Alejandro García, mayor de edad y con domicilio en la calle XXX de esta ciudad.
CUARTO.- Hechos
Los hechos sobre los que se funda la acción penal son los siguientes:
- A.
- B.
- C.
QUINTO.- Tipificación
Los hechos expuestos anteriormente son constitutivos de un delito de lesiones tipificado en el artículo 147 del CP. (ARGUMENTAR)
SEXTO.- Medios de Prueba
Para acreditar todos los hechos, por esta parte se proponen los siguientes medios de prueba:
- I.
- II.
- III.
En su virtud, SUPLICO AL JUZGADO, que teniendo por presentado este escrito con los documentos y copias que se acompañan, se sirva admitirlo, tener por parte a D. Pepito Gonzalez, en concepto de Acusación Particular en las actuaciones que se deriven, por formulada QUERELLA contra D. Alejandro García, solicitando que proceda la incoación de las correspondientes Diligencias Previas.
Procédase al pago de fianza, para aseguramiento de sus responsabilidades pecuniarias en la suma de 8.000 euros, y en caso de que no prestase dicha fianza, se solicita el embargo de sus bienes en cantidad necesaria de 15.000 euros, y previos los trámites pertinentes, en su día se dicte sentencia por el órgano competente, condenando al querellado por el delito de lesiones del artículo 147 del CP y al pago de 10.000 euros en concepto de responsabilidad civil derivada del delito.
(Lugar y Fecha)
(Firma del Abogado y Procurador)
2. Diligencias de Investigación
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
D. Christian Santana Valerón, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D. Pepito Gonzalez, cuya representación queda acreditada en el Procedimiento Abreviado nº 10/2019, ante este juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que al amparo de la legislación vigente y bajo las instrucciones de mi representado, solicito la práctica de Diligencias de Investigación conforme a los siguientes HECHOS:
PRIMERO.- Antecedentes
Que el presente proceso se inició en virtud de una querella formulada por D. Alejandro García, por un supuesto Delito de lesiones, tipificado en el artículo 147. En el curso del procedimiento se han realizado un conjunto de pruebas que constan en el Auto de referencia. No obstante, a juicio de esta parte, consideramos que las pruebas propuestas son insuficientes para el esclarecimiento de los hechos, por ello es necesario la realización de otras pruebas esenciales.
SEGUNDO.- Pruebas
Consideramos como esenciales las siguientes pruebas:
- (OPOSICION ART 311 LECRIM)
- II.
En su virtud, SOLICITO AL JUZGADO que tenga por presentado este escrito junto con los documentos y copias que le acompañan, tenga por solicitada la práctica de las pruebas solicitadas, con el fin de que se acuerde la práctica de las mismas por ser relevante para los intereses de mi mandante.
Es JUSTICIA, que pido en Las Palmas de Gran Canaria a 17 de mayo de 2016.
3. Habeas Corpus
AL JUZGADO DE GUARDIA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
D. Christian Santana Valerón, padre de D. Pepito Gonzalez, en nombre y representación de este, privado de libertad en Las Palmas de GC el día 16 de mayo de 2016, ante el Juzgado de Instrucción que por turno corresponda, comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que al amparo de la LO 6/1984, de 24 de mayo, y siguiendo las expresas instrucciones de mi mandante, mediante este escrito insto el presente HABEAS CORPUS en base a los siguientes HECHOS:
PRIMERO.- Derechos Fundamentales Vulnerados
D. Pepito Gonzalez, mayor de edad, con domicilio en la calle XXX de esta ciudad, fue privado de libertad en Las Palmas de GC el día 16 de mayo de 2016, vulnerando su detención los siguientes Derechos Fundamentales:
- A. ART 118 LECRIM
- B.
En su virtud, SOLICITO AL JUZGADO, que tenga por presentado este escrito acompañado de los documentos y copias, se sirva admitirlo y además ponga en libertad inmediatamente a mi representado.
Es JUSTICIA, que pido en Las Palmas de GC a 17 de mayo de 2016.
4. Escrito de Personación
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
D. Christian Santana Valerón, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación del EXCMO. Ayuntamiento de Telde, cuya representación acreditó mediante copia de poder, ante este Juzgado, comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 797 de la LECRIM y siguiendo las instrucciones de mi representado, mediante este escrito, solicito la inclusión de mi representado en el proceso nº de Auto 21/2010, en el ejercicio de la acción civil, en virtud del artículo 101 de la LECRIM en base a los siguientes HECHOS:
PRIMERO.-
SEGUNDO.-
TERCERO.-
En su virtud, SOLICITO AL JUZGADO, que tenga por presentado este escrito acompañado de copias y documentos, se sirva admitirlo, admitiendo a mi representado como actor civil en el proceso nº de auto 21/2010.
(Lugar y Fecha)
(Firma del Abogado y del Procurador)
5. Sobreseimiento
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
EL FISCAL, en el procedimiento abreviado de las Diligencias Previas nº 21/2010, interesa el SOBRESEIMIENTO LIBRE conforme al artículo 637 en relación con el artículo 639 de la LECRIM.
…… (PONER MOTIVO)
…… (ARGUMENTAR)
En Las Palmas de Gran Canaria a 17 de mayo de 2016
EL FISCAL
6. Calificaciones Provisionales
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº6 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
D. Christian Santana Valerón, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D. Pepito Gonzalez, cuyo poder queda acreditado en el procedimiento de la LOTJ nº 21/2010, ante el Juzgado competente comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que, mediante este escrito, en tiempo y forma y a tenor de lo expuesto en el art. 29 de la LOTJ, en relación con el 650 de la LECRIM, solicito la apertura de juicio oral contra D. Alejandro García formulando escrito de acusación en base a las siguientes:
CONCLUSIONES PROVISIONALES
PRIMERA.- Hechos
……. (HECHOS)
SEGUNDA.- Delito
…… (DELITO)
TERCERA.- Autoría
…… (AUTORÍA)
CUARTA.- Circunstancias Modificativas
…… (CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS)
QUINTA.- Pena, Accesorias Legales y Costas
…… (PENA, ACCESORIAS LEGALES Y COSTAS)
En su virtud, SOLICITO AL JUZGADO, que tenga por presentado el siguiente escrito de CALIFICACIONES PROVISIONALES con las copias y documentos que lo acompañan, se sirva admitirlo, tenga por solicitada la apertura de juicio oral contra D. Alejandro García, teniendo por formuladas las presentes conclusiones provisionales.
PRIMER OTROSI DIGO:
Que esta parte propone los siguientes medios de prueba:
- I.
- II.
SOLICITO AL JUZGADO, que tenga por solicitadas los presentes medios de prueba, con el fin de que acuerde lo necesario para su práctica.
(Lugar y Fecha)
(Firma de Abogado y Procurador)
7. Recurso de Reforma y Subsidiario de Apelación
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº6 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
D. Christian Santana Valerón, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D. Alejandro García, cuya representación queda debidamente acreditada en las Diligencias Previas nº 21/2010, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que habiendo sido notificado en fecha 16 de mayo de 2016, Providencia de igual fecha, mediante la cual se acuerda no haber lugar a la libertad de D. Alejandro García, mediante el presente escrito y a tenor de lo dispuesto en el artículo 507 en relación con el 766 de la LECRIM, interpongo RECURSO DE REFORMA Y SUBSIDIARIO DE APELACIÓN, contra tal resolución, ello en base a las siguientes:
ALEGACIONES
PRIMERA.- Argumentos
…… (ARGUMENTOS)
SEGUNDA.-
……
TERCERA.- Solicitud de Libertad
Por todo lo mencionado anteriormente, procede modificar la actual situación de mi representado y acordar la libertad del mismo.
En su virtud, SUPLICO AL JUZGADO que teniendo por presentado este escrito en tiempo y forma acompañado con sus copias y documentos, se sirva admitirlo, y tenga por interpuesto RECURSO DE REFORMA Y SUBSIDIARIO DE APELACIÓN, contra la Providencia de fecha 16 de mayo de 2016, y con el preceptivo traslado al Ministerio Fiscal, solicitamos se revoque el Auto de prisión ordenando la puesta en libertad de mi representado.
(Lugar y Fecha)
(Firma de Abogado y Procurador)