Guía sobre el Sistema Acusatorio: Procedimientos y Recursos

1. Tres Formas de Conducción del Imputado al Proceso

Según el Artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales, existen tres formas de conducir al imputado al proceso:

  1. Citatorio: Se cita al imputado para la audiencia inicial.
  2. Orden de Comparecencia: A través de la fuerza pública, se ordena la comparecencia del imputado que, habiendo sido citado previamente a una audiencia, no haya comparecido sin justificación.
  3. Orden de Aprehensión: Se emite en contra de una persona cuando el Ministerio Público advierte que existe la necesidad de cautela.

2. Requisitos del Auto de Vinculación a Proceso

El Artículo 317 establece el contenido del auto de vinculación a proceso, que debe incluir:

  1. Los datos personales del imputado.
  2. Los fundamentos y motivos por los cuales se estiman satisfechos los requisitos del artículo anterior.
  3. El lugar, tiempo y circunstancia de ejecución del hecho que se imputa.

3. Principios Rectores de las Medidas Cautelares

La Ley de Vigilancia de Medidas Cautelares (Artículo 5) establece los siguientes principios:

  1. Proporcionalidad: La forma de ejecución y supervisión debe ser proporcional al derecho que se pretenda proteger, al peligro que se trate de evitar y a la pena que se pudiera imponer.
  2. Provisionalidad: La forma de ejecución y supervisión debe considerar la temporalidad o vigencia prevista por el juzgador.
  3. Instrumentalidad: La ejecución y supervisión estarán orientadas a la consecución de fines procesales.
  4. Contingencia: La aplicación de la vigilancia debe ser eficaz a la exigencia del caso concreto y cumplir con su finalidad.
  5. Mínima Injerencia: La ejecución y supervisión serán lo menos restrictivas posibles para asegurar que el imputado cumpla con sus obligaciones procesales.

4. Preguntas en el Interrogatorio

  • Preguntas Abiertas: Invitan al testigo a formular respuestas con sus propias palabras.
  • Preguntas Cerradas: Invitan al testigo a escoger una de entre varias respuestas posibles.
  • Preguntas de Seguimiento: Se realizan para obtener información más precisa sobre algo y reforzar la teoría del caso.

5. Preguntas en el Contrainterrogatorio

  • Preguntas Sugestivas: Sugieren al interrogado la respuesta que debe dar.
  • Preguntas sobre la Credibilidad del Testigo: Sugieren que el testigo caiga en error.
  • Preguntas para Mejorar o Empeorar un Caso: Buscan fortalecer la posición de una parte y debilitar la de la otra.

6. Tramitación del Recurso de Apelación

El Artículo 471 describe el trámite de la apelación:

  • Se interpone por escrito ante el juez que dictó la resolución.
  • En casos de apelación sobre desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público, se interpone ante el tribunal de enjuiciamiento.
  • El recurso de apelación contra sentencias definitivas se interpone ante el tribunal que conoció del juicio.
  • Se debe señalar domicilio o autorizar el medio para ser notificado.
  • Los agravios se expresan en el escrito de interposición.
  • Se da traslado del recurso a las partes.
  • Los interesados pueden manifestar por escrito su deseo de exponer oralmente alegatos ante el tribunal de alzada.

7. Medios de Prueba en el Juicio Oral

  • Peritos (Artículo 368): Para el examen de personas, hechos, objetos o circunstancias relevantes, requiriendo conocimiento especial en alguna ciencia, arte u oficio.
  • Prueba Documental (Artículo 380): Se considera documento a todo soporte material que contenga información sobre algún hecho. Quien cuestione su autenticidad debe demostrarlo.

8. ¿Qué es una Objeción?

Es una razón o argumento que se opone a una idea o propuesta para rechazarla, negarla o impedir que se lleve a cabo.

El Artículo 374 indica que las objeciones a preguntas se realizan antes de que el testigo responda. El juez analiza la pregunta y, si considera obvia su improcedencia, resuelve de plano.

9. Estructura de una Sentencia en el Tipo Penal

Una sentencia se estructura en: Resultandos, Considerandos y Resolutivos.

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