alegaciones contra las causas de la detención o las condiciones de la misma al objeto de que el juez resuelva sobre conformidad a derecho de la detención.El árticulo 17.4 de la const. Nos enseña que el habeas corpus para producirla inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente.Este procedimiento tiene un carácter especial de cognición limitada pues a través de él se busca sólo la inmediata puesta a disposición judicial de una persona detenida ilegalmente. Como medio sustantivo del derecho de libertad que solo permite hacer cesar de modo inmediato las situaciones irregulares de privación de libertad. En definitiva el Habeas corpuses un control judicial limitado no a todos los aspectos o modalidades de la detención sino sólo a su regularidad o legalidad.Para conocer la solicitud de habeas Corpus el juez de instrucción del lugar en que se encuentre la persona privada de libertad. El procedimiento de Habeas corpus puede ser instado por:
1º
El privado de libertad, cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad,descendientes,ascendientes,hermanos y en su caso respecto a los menores y personas incapacitadas sus representantes legales.
2º
El ministerio fiscal.
3º
El defensor el pueblo.
E)El principio de legalidad penal:
se encuentra en el artículo 25.1 de nuestra const. Éste se funda a su vez en los de libertad, esto es, en regla general de licitud de lo no prohibido y seguridad jurídica o lo que es = en la necesidad de saber a que atenerse en todo momento. Pero aún se vincula el principio de legalidad penal con otras vertientes del estado del derecho en el ámbito del derecho estatal sancionador como es el caso del principio de interdicción de la arbietrariedad de los poderes públicos y del derecho que a toda persona asiste a la objetividad e imparcialidad del juicio. El deerecho fundamental así enunciado comprende una doble garantía:
*
La 1ª es la garantía de orden material y alcance absoluto:
Se refiere al ámbito estrictamente penal como al de las sanciones administrativas que refleja la esencial transcendencia del principio de seguridad jurídica en dichos ámbitos limitativos de la libertad individual.*
La 2ª garantía de carácter formal se refiere al rango necesario de las normas tificadoras de aquellas conductas y de sus correspondientes sanciones, garantía que se vincula a la necesidad de una ley como presupuesto de la actuación punitiva del estado en los bienes jurídicos de los ciudadanos.A la vista de esta doble garantía existen estas tres exigencias:
1º)
La existencia de una Ley (Lex scripta)
2º)
que la ley sea anterior al hecho sancionada.(lex previa)
3º)
Que la ley describa un describa un supuesto de hecho estrictamente determinado (lex cerda).De esta tiple exigencia se desprenden de inmediato entre otras consecuencias que el derecho que consagra como ha dicho el juez de la constitucionalidad. Bien al contrario como ha reconocido el juez de la constitución el cumplimiento del mandato exige una descripción de las conductas acciones u omisiones constitutivas de delito que satisfaga las exigencias del principio de seguridad jurídica.
a)en todo caso su abogado será destinado de oficio.
b)No tendrá derecho de que se ponga en en conocimiento del familiar o persona que desee el hecho de la detención y el lugar de custodia.
c)Tampoco tendrá derecho a la entrevista reservada con su abogado.