Delitos en contra de la Integridad Física
Delito:
Castración
Ubicación en Cód
Art. 395 C.P.
Verbo Rector :
Castrar (cortar-cercenar-extirpar)
Bien Jurídico
Integridad Física.
Sujeto Activo
Cualquier persona.
Sujeto Pasivo
Cualquier persona.
Elemento Subjetivo
Dolo directo.
Penalidad
Presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 10 años)
Presidio mayor en su grado medio (10 años y 1 días a 15 años)
Funciones afectadas
A) La facultad de llegar a la cópula sexual.
B) Aquellas que tengan que ver con la generación de la vida
Delito :
Mutilación Miembro Importante
Ubicación en Cód
: Art. 396 inciso 1 C.P.
Verbo Rector
Mutilar (cortar-cercenar-extirpar)
Bien Jurídico
Integridad física.
Sujeto Activo
Cualquier persona.
Sujeto Pasivo
Cualquier persona.
Elemento Subjetivo
Dolo directo (malicia)
Medios de comisión
Cualquiera.
Resultados
A) Deje al paciente en la imposibilidad de valerse por si mismo.
B) Deje al paciente en la imposibilidad de ejecutar las funciones naturales que antes ejecutaba
Penalidad
Presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 10 años)
Presidio menor en grado máximo (3 años y 1 día a 5 años)
Concepto: Actos distintos a los destinados a la procreación
Delito :
Mutilación miembro menos importante
Ubicación en Cód
: Art. 396 inciso 2° C.P.
Verbo Rector
Mutilar (cortar-cercenar-extirpar)
Bien Jurídico
Integridad física.
Sujeto Activo
Cualquier persona.
Sujeto Pasivo
Cualquier persona.
Elemento Subjetivo
Dolo directo (malicia)
Medios de comisión
Cualquiera.
Resultados
A) No deje al paciente en la imposibilidad de valerse por sí mismo.
b) No deje al paciente en la imposibilidad de ejecutar las funciones naturales que antes ejecutaba.
Penalidad
Presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días)
Presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años)
Delito :
Lesiones Graves Gravísimas
Ubicación en Cód
: Art. 397 N°1 C.P.
Verbo Rector
Herir-golpear-maltratar de obra.
Administrar a sabiendas sustancias o bebidas nocivas.
Abusar de su credibilidad o flaqueza de espíritu.
Bien Jurídico
Integridad física.
Sujeto Activo
Cualquier persona.
Sujeto Pasivo
Cualquier persona.
Elemento Subjetivo
Dolo-culpa.
Medios de comisión
Cualquiera que sean materiales.
Resultados
A) Demente.
B) Inútil para el trabajo
c) Impotente-impedido de algún miembro importante-notablemente deforme.
Penalidad
Presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 día a 10 años)
Maltrato de Obra:
Cualquier actividad dirigida a dañar físicamente a una persona o hacerlo sufrir, causándole dolores físicos.
Golpear:
Agarrar un objeto material contundente que se envía al cuerpo de la víctima con el objeto de dañar.
Herir:
Romper o abrir la carne o un hueso del cuerpo.
Delito :
Lesiones Simplemente Graves
Ubicación en Cód
: Art. 397 N°2 C.P.
Verbo Rector
Herir-golpear-maltratar de obra.
Administrar a sabiendas sustancias o bebidas nocivas.
Abusar de su credibilidad o flaqueza de espíritu.
Bien Jurídico
Integridad física y psicológica.
Sujeto Activo
Cualquier persona.
Sujeto Pasivo
Cualquier persona.
Elemento Subjetivo
Dolo-culpa.
Medios de comisión
Cualquiera.
Resultados
Enfermedad-incapacidad para el trabajo (por más de 30 días)
Penalidad
Presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años)
Delito :
Lesiones Menos Graves
Ubicación en Cód
: Art. 399 C.P.
Verbo Rector
Herir-golpear-maltratar de obra.
Bien Jurídico
Integridad física.
Sujeto Activo
Cualquier persona. Art. 400 (remisión a la Ley 20.066, ley familiar)
Sujeto Pasivo
Cualquier persona. Art. 401 (Tratos de una persona)
Art. 403 (A lesiones menos graves en riña o pelea)
Elemento Subjetivo
Dolo-Culpa
Medios de comisión
Cualquiera. (Art. 400, 391 N°1)
Resultados
Enfermedad-incapacidad para el trabajo (por hasta 30 días)
Penalidad
Relegación menor grado mínimo ó Presidio menor grado mínimo ó multa de 11 a 20 UTM.
OBS:
El Art. 400 es de aplicación general, no solo las lesiones menos graves y su penalidad es aumentar en un grado la pena, las personas del art. 5 de la Ley 20.066 se refiere a que tenga o haya tenido una calidad de cónyuge.
Circunstancias agravantes en las lesiones menos graves del art- 399. El art. 401 es una aplicación acerca de quién puede ser el sujeto activo.
.- Guardadores, Sacerdotes, Maestros ó personas constituidas en dignidad.
En el Art. 403, referente a las lesiones menos graves en riñas o peleas, se refiere a panas medianamente inferiores en grado, es decir, un grado más abajo del presidio menor en su grado mínimo es la prisión en su grado máximo (41 días a 60 días).
En el Art. 402, se refiere también a las lesiones en riña o peleas pero referente a lesiones graves cometidas en riña o peleas.
Si resultaren lesiones graves de una riña o pelea, se impondrá la pena inmediatamente inferior en grado por la que le hubiere correspondido por tal lesiones.
Delito :
Lesiones Leves o faltas
Ubicación en Cód
: Art. 494 N°5 C.P.
Verbo Rector
Herir-golpear-maltratar de obra.
Bien Jurídico
Integridad física.
Sujeto Activo
Cualquier persona.
Sujeto Pasivo
Cualquier persona.
Elemento Subjetivo
Dolo-Culpa
Medios de comisión
Cualquiera.
Resultados
Enfermedad-incapacidad para el trabajo (por hasta 7 días)
Penalidad
Multa de 1 a 4 UTM.
Delito :
Envío de Cartas o Encomiendas Explosivas
Ubicación en Cód
: Art. 403 Bis C.P. (Ley 19.047/1991)
Verbo Rector
Enviar cartas o encomiendas explosivas.
Bien Jurídico
Vida, Integridad física.
Sujeto Activo
Cualquier persona.
Sujeto Pasivo
Cualquier persona.
Elemento Subjetivo
Dolo
Resultados
Afectan o puedan afectar la vida o la integridad corporal.
Penalidad
Presidio mayor en su grado mínimo (5 años y 1 días a 10 años)
Delitos Sexuales (Título VII del Libro II del Código Penal)
Delito :
Violación
Ubicación en Cód
: Art. 361 C.P. (ley 19.667)
Verbo Rector
Acceder carnalmente.
Bien Jurídico
Libertad sexual.
Sujeto Activo
Solo es persona del sexo masculino
Sujeto Pasivo
Mayor de 14 años
Elemento Subjetivo
Dolo directo (intención, conocimiento)
Penalidad
Presidio mayor en su grado mínimo a medio
Comete violación el que accede carnalmente vía vaginal, anal o bucal.
Circunstancias del Art. 361:
1.- Cuando se usa de fuerza o de intimidación
(El sujeto activo ejercer violencia sobre la víctima) (La amenaza de la fuerza física y psicológica)
2.- Cuando la víctima se haya privada de sentido o cuando se aprovecha de su incapacidad para oponer resistencia
3.- La locura o demencia: Cuando se abusa de una enajenación o trastorno de la víctima
El Art. 362 del Código Penal, establece la violación impropia, que se refiere al acceso carnal en contra de personas que no han cumplido los 14 años de edad, establecíéndose una penalidad de presidio mayor en cualquiera de sus grados (5 años y 1 día a 20 años)