Comisión Europea
La Comisión Europea es una institución independiente de los Estados miembros, compuesta por un comisario de cada Estado (actualmente 27). Su mandato es de 5 años y tiene responsabilidad política colegiada. El Parlamento Europeo puede presentar una moción de censura y hacerla dimitir. En caso de censura o fin del mandato, los comisarios permanecen en funciones hasta el nombramiento de la nueva Comisión. Los comisarios son nombrados por su competencia general, compromiso europeo y garantías de independencia.
Procedimiento de nombramiento
El procedimiento se inicia tras la renovación del Parlamento Europeo. El Consejo Europeo, por mayoría cualificada, propone un candidato a la presidencia de la Comisión. El pleno del Parlamento Europeo, por mayoría de los miembros, aprueba o rechaza al candidato. El presidente electo inicia consultas con los gobiernos para la designación del resto de comisarios. Todos los designados se someten a votación en el Parlamento Europeo y, tras su aprobación, son formalmente nombrados por el Consejo Europeo.
Funciones
Los comisarios representan el interés general de la Unión, no los intereses de sus Estados. Son los guardianes de los Tratados y promueven la acción normativa. En el procedimiento legislativo ordinario, la Comisión tiene el derecho de iniciativa. También investiga y controla a particulares y empresas de la UE.
Consejo de la UE
El Consejo de la UE representa los intereses de los Estados miembros. Sus decisiones son vinculantes, aunque pueden ser impugnadas.
Composición
Está formado por un representante de cada Estado miembro con rango ministerial. Los miembros pueden delegar su asistencia y su voto.
Formaciones
Las formaciones más importantes son el Consejo de Asuntos Exteriores (política exterior) y el Consejo de Asuntos Generales (coherencia y preparación de las reuniones del Consejo Europeo).
Funciones
La presidencia del Consejo se rota semestralmente. El Comité de Representantes Permanentes (Coreper) prepara los trabajos del Consejo. Junto con el Parlamento Europeo, ejerce la función legislativa y presupuestaria, define políticas y coordina asuntos exteriores.
Procedimiento de votación
- Mayoría simple: Cuestiones de procedimiento.
- Unanimidad: Decisiones de especial importancia (ej. admisión de nuevos Estados).
- Mayoría cualificada: Procedimiento general.
La mayoría cualificada requiere un mínimo de votos, Estados y población. El sistema de mayoría cualificada se modificó en noviembre de 2014.
Parlamento Europeo
El Parlamento Europeo, elegido por sufragio universal directo cada 5 años, ejerce el poder legislativo y presupuestario junto con el Consejo. El número de diputados no supera los 751, con un mínimo de 6 por Estado. Los diputados se agrupan por afinidad política. El Parlamento controla las políticas de la UE, se pronuncia sobre el programa de la Comisión, interpela a las instituciones y participa en la elección del presidente de la Comisión.
Tribunal de Justicia de la UE
El Tribunal de Justicia de la UE garantiza el respeto del Derecho de la UE. Su jurisdicción es obligatoria y exclusiva.
Competencias
- Contenciosa: Recursos por incumplimiento, control de legalidad de los actos de las instituciones, recursos de anulación, omisión y excepción por ilegalidad.
- Consultiva: Compatibilidad de tratados internacionales con el Derecho de la UE.
- Prejudicial: Interpretación del Derecho de la UE a solicitud de jueces nacionales.