Concepto, Causas y Clases de Integración Económica
Concepto de Integración Económica
La integración económica se define como la agrupación de economías nacionales para formar una unidad mayor, eliminando barreras comerciales entre los países integrados. Existen varios enfoques para entender este proceso:
- Enfoque regional: Eliminación progresiva de fronteras económicas entre países (Chacholiades, 1992).
- Enfoque internacional: Acuerdos comerciales que no implican la eliminación total de fronteras.
- Enfoque real: Supresión de barreras y libre movimiento de mercancías, factores y servicios.
- Enfoque financiero o monetario: Asignación de recursos con una moneda común en el área integrada.
- Enfoque diferencial: Eliminación de diferencias que permiten tratamientos comerciales discriminatorios.
- Enfoque negativo (Tinbergen): Eliminación de obstáculos al comercio.
- Enfoque positivo (Tinbergen): Mecanismos de cooperación.
- Integración estratégica y natural: La integración estratégica ocurre cuando la eliminación de barreras no promueve el comercio internacional con beneficios para el área no integrada. La integración natural implica beneficios mutuos.
- Enfoque microeconómico: Acuerdos sectoriales de empresas, tanto horizontales como verticales.
Causas de la Integración Económica
Las causas de la integración económica se pueden clasificar en dos tipos:
Causas económicas:
- Ampliación de mercados: Permite una mayor división del trabajo y una mejor asignación de recursos.
- Aumento de la competencia: Acelera la inversión y revitaliza las economías del bloque.
Causas políticas:
- Fin de conflictos: Las Comunidades Europeas buscaron terminar con los enfrentamientos entre potencias europeas.
- Refuerzo regional: Fortalecimiento de la zona frente a amenazas externas, como la soviética en su momento.
- Mayor peso político internacional: El espacio integrado supera a los países miembros por separado.
Clases o Modalidades de Integración
Existen diversas modalidades de integración, cada una con características específicas:
- Cooperación: Colaboración intergubernamental en diversas materias. No es integración en sí misma debido al principio de soberanía nacional, pero la favorece.
- Coordinación de políticas: Tampoco es integración, pero la acompaña y es un elemento positivo, imprescindible para avanzar a estadios superiores.
- Intergubernamentalidad: Pertenencia a organismos internacionales (OTAN, FMI…). Las decisiones no son vinculantes y requieren unanimidad.
- Acuerdo preferencial: Preferencias mutuas entre miembros. No es integración en sentido estricto.
- Zona de libre comercio: Eliminación de aranceles y obstáculos al comercio entre miembros, pero manteniendo aranceles propios frente a terceros.
- Unión Aduanera: Libre circulación de bienes y arancel común frente a terceros, implicando una Política Comercial común.
- Mercado Común: Unión Aduanera con libre movimiento de capital y mano de obra.
- Mercado Único: Perfecciona el Mercado Común eliminando fronteras físicas, técnicas y fiscales.
- Unión Económica: Completa el Mercado Único con políticas macroeconómicas coordinadas y reglas obligatorias.
- Unión Monetaria: Implica fijar tipos de cambio o crear una moneda única, con una Política Monetaria y de Tipo de Cambio comunes.
- Unión Económica Plena: Integra totalmente las economías, exigiendo una política económica común y unión política.
Efectos Estáticos y Dinámicos de la Integración
La integración económica genera efectos a corto y medio plazo:
Efectos Estáticos (a corto plazo):
- Creación de comercio: Sustitución de producción nacional por importaciones más eficientes de países socios.
- Efecto precio: Disminución de precios.
- Efecto producción: Disminución de la producción nacional y aumento de la producción de los socios.
- Efecto consumo: Aumento del consumo.
- Creación de Comercio Interno: Producción nacional menos eficiente sustituida por importaciones de un país de la Unión Aduanera más eficiente.
- Creación de Comercio Externo: Producción nacional menos eficiente sustituida por importaciones de terceros países más eficientes.
- Desviación de comercio: Sustitución de importaciones de países terceros más eficientes por países socios menos eficientes.
- Expansión de comercio: Consecuencia de la disminución de precios, aumentando la renta real y el consumo.
Efectos Dinámicos (a medio plazo):
Factores endógenos que modifican las estructuras productivas, traduciéndose en crecimiento y desarrollo económico a largo plazo. La Unión Aduanera impacta en:
- Grado de competencia.
- Economías de escala.
- Inversión.
- Avance tecnológico.
La Serpiente Monetaria y el Sistema Monetario Europeo
- La Serpiente Monetaria (1972): Estableció una disciplina cambiaria entre las monedas comunitarias.
- El Sistema Monetario Europeo (1978): Decisión del Consejo de Bremen. Intervención de bancos centrales para monedas apreciadas o depreciadas.
El Tratado de Lisboa: Objetivos, Principios y Competencias
Objetivos Comunes del Tratado de Lisboa (TUE)
- Promover la paz, los valores y el bienestar de los pueblos.
- Ofrecer un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores.
- Desarrollo sostenible, crecimiento económico equilibrado, estabilidad de precios y economía social de mercado.
- Unión Económica y Monetaria (UEM) con el euro como moneda común.
- Acción exterior: Contribuir a la paz, seguridad, desarrollo sostenible, solidaridad y respeto mutuo entre los pueblos.
Principios y Competencias de la Unión Europea
Principios:
- Principio de atribución: La Unión actúa dentro de las competencias atribuidas por los Estados miembros.
- Principio de proporcionalidad: La acción de la Unión no excederá lo necesario para alcanzar los objetivos.
- Principio de subsidiariedad: Intervención en ámbitos propios.
Competencias:
- Competencia exclusiva: Solo la Unión legisla (Unión Aduanera, Política Comercial Común, normas de competencia, política monetaria, conservación de recursos biológicos marinos).
- Competencia compartida: Estados y Unión legislan (mercado interior, política social, cohesión económica, espacio de seguridad, agricultura y pesca, transporte, energía, medio ambiente, protección de consumidores, salud pública).
- Competencia para coordinar políticas económicas, sociales y de empleo.
- Competencia en política exterior y de seguridad común.
- Competencia para acciones de apoyo (salud, educación, juventud, industria, cultura, turismo, protección civil).
Fuentes del Ordenamiento Jurídico Comunitario
1. Fuentes obligatorias:
- A. Derecho originario o primario: Tratados de Roma (TFUE y EURATOM), modificaciones (Maastricht, Lisboa), tratados de adhesión, Ámsterdam, Niza y Lisboa.
- B. Derecho derivado:
- B.1 Reglamento: Norma de mayor rango, alcance general, obligatorio, aplicabilidad y efecto directo (vertical y horizontal).
- B.2 Directiva: Obligatoria en fines, pero con libertad en forma y medios. No tiene aplicabilidad ni efecto directo.
- B.3 Decisiones: Obligan a destinatarios específicos (Estado o particular).
2. Fuentes no obligatorias:
- Recomendación y Dictamen (avis): La recomendación aborda cuestiones generales. El dictamen expresa un punto de vista y puede generar efectos jurídicos indirectos.
Supranacionalidad
- Independencia de las instituciones comunes.
- Carácter vinculante de las normas para los Estados.
- Relaciones directas entre instituciones y ciudadanos.
- Votación por mayoría para decisiones.
- Atribución de competencias a la Entidad Supranacional.
Proceso de Toma de Decisiones en la UE
La Comisión propone y redacta la norma. El Consejo la discute y promulga. La Comisión puede modificarla hasta la posición común del Consejo. Se requiere unanimidad o mayoría cualificada (artículo 16, apartado 3 del TUE). El COREPER (1 y 2) prepara el trabajo del Consejo:
- Acuerdo: Lista A (aprobación).
- Desacuerdo: Lista B (discusión en el Consejo).
El Parlamento Europeo interviene en el procedimiento legislativo ordinario y especial.
Procedimiento Legislativo Ordinario:
La Comisión propone la norma. El Consejo establece su posición (unanimidad si se aparta de la Comisión, mayoría cualificada en caso contrario). El Parlamento Europeo realiza una primera lectura:
- Silencio administrativo: Aprobación.
- Enmiendas: El Consejo las analiza. Si no hay acuerdo, segunda lectura del Parlamento. Si persisten las enmiendas, se crea un Comité de Conciliación.
- Veto.
El Tratado de Lisboa hereda el procedimiento de codecisión, con plazos menores y procedimientos legislativos especiales. Algunas instituciones pueden iniciar.
Reglas de Votación:
Mayoría cualificada en lugar de unanimidad. Tras el Acta Única y el Tratado de Maastricht, se vota por mayoría cualificada, ponderando los votos según la población.
- Hasta el 1 de noviembre de 2014: Sistema de ponderación de votos del Tratado de Niza. Mayoría cualificada: 260 de 353 votos (incluyendo Croacia), representando al menos el 62% de la población. Minoría de bloqueo: 91 votos.
- A partir del 1 de noviembre de 2014: Tratado de Lisboa, sistema de doble mayoría: 55% del Consejo (al menos 15 Estados), representando el 65% de la población. Minoría de bloqueo: al menos 4 Estados con más del 35% de la población. Mayoría cualificada reforzada: 72% del Consejo, 65% de la población.
El Tratado de Lisboa:
- Convierte la votación por mayoría en regla general.
- Extiende la votación por mayoría a más artículos.
- Mantiene la unanimidad en temas sensibles.
- Cláusula pasarela: Extender la mayoría sin modificar los Tratados.
Instituciones de la Unión Europea
La UE cuenta con un marco institucional para defender sus valores, objetivos e intereses:
- Parlamento Europeo: Elegido por sufragio universal, representa a los ciudadanos. Tiene funciones consultivas, políticas y colegisladoras.
- Consejo Europeo: Órgano político e intergubernamental, sin competencia legislativa. Compuesto por Jefes de Estado o de Gobierno, Presidente y Alto Representante.
- Consejo de la Unión Europea (Consejo): Representantes de los gobiernos. Naturaleza legislativa, intergubernamental y política. Competencia legislativa, presupuestaria, de coordinación y representación.
- Comisión Europea: Órgano administrativo y ejecutivo. Independiente, con carácter supranacional. Competencias: control, iniciativa legislativa y ejecución.
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea: Garantiza el respeto del Derecho comunitario.
- Banco Central Europeo: Controlado por el Tribunal de Justicia.
- Tribunal de Cuentas: Control de las finanzas públicas de la UE.
El Mercado Interior: Obstáculos y Libre Circulación
Principales Obstáculos para la Consecución del Mercado Interior
- Barreras físicas: Pasos fronterizos para control estadístico, recaudación de impuestos, fines sanitarios, etc. Se simplificaron con el Documento Unificado Administrativo (DUA) y el Intrastat.
- Barreras técnicas: Obstáculos derivados de legislaciones nacionales sobre importación. Se abordaron con directivas y el principio de reconocimiento mutuo.
- Barreras fiscales: Impuestos que distorsionan el mercado. Se busca la neutralidad mediante la armonización de sistemas impositivos.
Otras barreras incluyen idiomas y monedas diferentes.
Libre Circulación de Personas
- Personas físicas:
- Sentido amplio: Ciudadanía de la Unión y Espacio Schengen.
- Sentido restringido: Mercado de trabajo (trabajadores asalariados y no asalariados).
- Personas jurídicas: Empresas.
Ciudadanía de la Unión:
Derecho a entrar, salir, moverse y residir libremente. Complementaria a la ciudadanía nacional. Derechos:
- Circular y residir libremente.
- Protección diplomática y consular.
- Presentar alegaciones ante el Parlamento Europeo y el Defensor del Pueblo.
Espacio Schengen:
Acuerdo intergubernamental para suprimir controles en fronteras interiores. Aspectos clave:
- Supresión de controles en fronteras interiores.
- Visado común para ciudadanos de terceros países.
- Medidas en materia de asilo e inmigración ilegal.
- Cooperación policial y judicial.
- Tráfico ilícito de estupefacientes.
- Normas sobre armas de fuego y municiones.
Libre Circulación de Trabajadores Asalariados:
Abolición de discriminación por nacionalidad y residencia. Derechos y obligaciones:
- Igualdad de trato en acceso y ejercicio del empleo.
- Mismas condiciones de trabajo, salario, prestaciones, ventajas fiscales, etc.
- Derecho a enseñanza, formación profesional, vivienda, afiliación sindical.
Limitaciones:
- Razones de orden público, seguridad, salud pública.
- Empleo en Administraciones Públicas.
- Falta de información y discriminación.
Trabajadores de terceros países:
Discriminación frente a trabajadores de terceros países. La inmigración es un reto para la UE.
Libre Circulación de Trabajadores No Asalariados (autónomos y empresas):
- Derecho de establecimiento: Permite radicarse en otro país miembro. Restricciones en actividades del Sector Público y exclusión de ciertas actividades.
- Libre prestación de servicios: Actividad ocasional desde un establecimiento radicado. No confundir con la prestación de servicios.
Profesionales Libres:
Personas con formación de nivel elevado. Se busca la homologación de titulaciones y el reconocimiento mutuo. El Espacio Europeo de Educación Superior busca la transparencia y comparabilidad.
Las Empresas:
Equiparación a personas físicas. Creación de Agrupaciones Europeas de Interés Económico (AEIE) y sociedades europeas anónimas y cooperativas.
Política Monetaria: Base Jurídica, SEBC, Eurosistema, Zona Euro y Eurogrupo
- Base jurídica: Disposiciones sobre Política Monetaria, Institucionales y Transitorias (TUE) y protocolo de Estatutos.
- SEBC: BCE y Bancos Centrales Nacionales (BCN) de toda la UE.
- Eurosistema: BCE y BCN de los Estados Miembros (EM) que han adoptado el euro.
- Zona Euro: Países de la UE con el euro.
- Eurogrupo: ECOFIN, Presidente del BCE y Comisario de Asuntos Económicos.
Presupuesto y Perspectivas Financieras de la UE
Principales Diferencias entre Presupuesto y Perspectivas Financieras
- El presupuesto se regula por los Tratados; las perspectivas financieras, por un acuerdo interinstitucional.
- El presupuesto es anual; las perspectivas, plurianuales.
- Perspectivas financieras: Créditos de gasto en límites máximos. Presupuesto: Gasto por actividades sin rebasar límites.
- Perspectivas financieras: Precios constantes. Presupuesto: Precios corrientes.
Recursos Propios de la UE
- Recursos tradicionales: Gravámenes a la importación y cotizaciones sobre azúcar e isoglucosa.
- Recurso IVA: Transferencia de una parte de la recaudación del IVA.
- Recurso PNB o RNB: Ajuste de ingresos presupuestarios.
- Otros ingresos: Escasa importancia cuantitativa.
El Cheque Británico
Mecanismo de corrección del saldo presupuestario del Reino Unido (1985). Cálculo:
- Aportaciones del Reino Unido por IVA y PNB menos retornos.
- Saldo multiplicado por 0.66 (cuota a devolver).
- Contribución de los demás Estados según su PNB.
- Reducción del 75% para Alemania, Austria, Holanda y Suecia.
Marco Financiero Plurianual (MFP) 2014-2020
Se divide en seis categorías de gasto:
- Crecimiento inteligente e inclusivo:
- Competitividad para el crecimiento y el empleo.
- Cohesión económica, social y territorial.
- Desarrollo sostenible: Recursos naturales.
- Seguridad y ciudadanía.
- Una Europa Global.
- Administración.
- Compensaciones (para Croacia).
Política de Cohesión: Prioridades, Objetivos e Instrumentos
Objetivo General
- Superar la crisis y sentar las bases para un crecimiento sostenible y creador de empleo.
Contexto de Política Económica
- Crecimiento inteligente: Innovación, educación y sociedad digital.
- Crecimiento sostenible: Clima, energía y movilidad.
- Crecimiento integrador: Empleo, cualificaciones y lucha contra la pobreza.
- Gobernanza económica y disciplina fiscal.
Objetivos Específicos
- Empleo: 75% de la población de 20 a 64 años empleada.
- I+D: 3% del PIB en I+D+i.
- Cambio climático y energía («20/20/20»): Reducción de emisiones, energías renovables y eficiencia energética.
- Educación: Reducir abandono escolar y aumentar titulados superiores.
- Lucha contra la pobreza: Reducir en 20 millones las personas en riesgo.
Objetivos Temáticos
- Investigación e innovación.
- Tecnologías de la comunicación y de la información (TIC).
- Competitividad de las PYME.
- Economía hipocarbónica.
- Adaptación al cambio climático.
- Protección medioambiental y eficiencia de recursos.
- Transporte sostenible.
- Empleo y movilidad laboral.
- Integración social y lucha contra la pobreza.
- Educación y aprendizaje permanente.
- Capacidad institucional y administración pública.
Instrumentos Financieros
- Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER):
- Inversiones productivas.
- Infraestructuras.
- I+D+i.
- Ingeniería financiera.
- Asistencia Técnica.
- Fondo Social Europeo (FSE):
- Adaptabilidad de empleados y empleadores.
- Acceso al empleo.
- Inclusión social.
- Sistemas de formación y educación.
- Fondo de Cohesión:
- Redes Transeuropeas de Transportes.
- Medio ambiente.
FEADER (ex-FEOGA) y FEMP (ex-IFOP) dejan de ser Fondos Estructurales. FEI (Fondos Estructurales y de Inversión): FEDER, FSE, Fondo de Cohesión, FEADER, FEMP.
Política Agrícola Común (PAC): Objetivos, Instrumentos y Evolución
Objetivos de la PAC
- Incrementar la productividad agrícola.
- Asegurar el desarrollo nacional de la producción.
- Garantizar un nivel de renta para los agricultores.
- Estabilizar los mercados.
- Garantizar la seguridad de abastecimiento.
- Asegurar precios razonables para los consumidores.
Principios de la PAC
- Unidad de mercado.
- Preferencia comunitaria.
- Solidaridad financiera (FEOGA-G, actual FEAGA; FEOGA-O, actual FEADER).
Evolución de la PAC
- Déficit de productos alimentarios. Conferencia de Stresa (1958).
- 1962-1969: Transición. Creación de las OCM y el FEOGA.
- 1970: Funcionamiento del mercado común agrario.
- Apoyo a la demanda y poca atención a la política estructural.
- Reforma de la PAC (1992).
- Énfasis en la oferta, política estructural y ajuste al mercado internacional.
- Distinción entre PAC a corto plazo (precios, mercados) y estructural (eficiencia, política rural).
Reforma MacSharry
La reforma de MacSharry se centra en la multifuncionalidad del sector agrario. Medidas:
- Limitar la producción agraria.
- Indemnizar por jubilación anticipada.
- Ayudas a la reforestación.
- Financiación FEOGA-Garantía.
- Desarrollo endógeno.
Reforma de 2003
Impulso al II pilar de la PAC. Medidas:
- Incentivos a la calidad.
- Ayudas para adaptarse a nuevas normas.
- Asesoramiento a agricultores.
- Ayudas al bienestar animal.
- Ayuda a jóvenes agricultores.
- Pagos a superficies en Red Natura.
Reforma de 2014
Líneas fundamentales:
- Mayor inestabilidad de precios.
- Reforzar la competitividad.
- Importancia del medio ambiente.
- Lucha contra el cambio climático.
- Mejora de la posición de los agricultores en la cadena alimentaria.
Regímenes de pagos:
Tres regímenes obligatorios y dos opcionales. Sistema de disciplina financiera.
Pequeños agricultores: Régimen simplificado.
Pagos básicos a la renta: Criterio histórico. Restricción a agricultores activos.
Pagos verdes (Reforma 2014):
Remuneración por producir bienes públicos. Prácticas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (diversificación de cultivos, pastos permanentes, área «ecológica»). Financiación: 30% de la envolvente financiera del Pilar I. Agricultura orgánica y regímenes agroambientales pueden ser equivalentes.
Pago a jóvenes agricultores:
Pago complementario para menores de 40 años. Financiación: No más del 2% de la envolvente financiera.
Las Instituciones de la Unión Europea: Comisión, Consejo, Consejo Europeo y Parlamento (Desarrollo Detallado)
I. Comisión Europea (Artículo 17 del TUE)
Naturaleza:
- Esencialmente ejecutiva, sin legitimidad democrática directa.
- Administrativa, apoyada en treinta y tres direcciones generales.
- Única institución con carácter supranacional, buscando el interés general de la Unión.
- Independiente, garantizando la supranacionalidad.
- Elemento unitario: colegiado, solidario e igualitario.
Composición:
- Tratado de Lisboa: Hasta 1/11/2014, un comisario por Estado miembro. A partir de 1/11/2014, dos terceras partes de los Estados miembros, con sistema rotatorio.
- Responsabilidad colegiada ante el Parlamento.
- Selección de Comisarios: Rigurosa igualdad, diversidad demográfica y geográfica.
Funcionamiento:
- Presidente asistido por 7 vicepresidentes (uno de ellos el Alto Representante).
- Mandato de cinco años. Sede en Bruselas.
- Requisitos: Competencia general, compromiso europeo, garantía de independencia.
- Comisarios: No pueden ejercer otra actividad. Los Estados miembros deben respetar su independencia.
- Designación del Presidente de la Comisión: Propuesta del Consejo Europeo, elección por el Parlamento Europeo.
- Presidente de la Comisión: Define orientaciones, organiza la Comisión, nombra Vicepresidentes y Comisarios.
Competencias, funciones o poderes:
- Poder de control y vigilancia del cumplimiento de los Tratados.
- Poder de iniciativa legislativa.
- Poder ejecutivo.
Tendencia a la limitación de poderes por falta de representatividad democrática y preferencia de los Estados por el Consejo Europeo.
II. Consejo de la Unión Europea (Artículo 16 del TUE)
Naturaleza:
- Legislativa, intergubernamental y política.
- Representación de los Estados miembros. Órgano colegiado no fijo.
Composición:
- Un representante de cada Estado Miembro, de rango ministerial.
Funcionamiento:
Diez formaciones, destacando Asuntos Generales y Asuntos de Exterior. Presidencia rotatoria cada seis meses. Presidencia en equipo con las dos siguientes presidencias. Apoyo del COREPER (I y II). Reuniones públicas. Sede en Bruselas.
Competencias, funciones o poderes:
- Competencia legislativa y presupuestaria (codecisión con el Parlamento).
- Coordinación de políticas económicas.
- Poderes de representación.
- Responsable de la Política Exterior y de Seguridad Común.
- Poder de negociación.
Desde 2014, sistema de doble mayoría condicionada (criterio de Estados y población). Mayoría cualificada: 55% del Consejo (al menos 15 Estados), representando el 65% de la población. Minoría de bloqueo: al menos 4 Estados.
Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y de Política de Seguridad:
Nombrado por el Consejo Europeo, con aprobación del Presidente de la Comisión. Preside el Consejo de Asuntos Exteriores y es Vicepresidente de la Comisión.
III. Consejo Europeo
Naturaleza:
- Política e intergubernamental. Órgano motor y político de la Unión.
- No tiene competencias legislativas.
Composición:
- Jefes de Estado o de Gobierno.
- Presidente del Consejo Europeo.
- Presidente de la Comisión.
- Alto Representante para Asuntos de Exterior.
Funcionamiento:
- Reuniones trimestrales. Asistencia de ministros.
- Pronunciamiento por consenso (unanimidad) o mayoría cualificada.
Competencias, funciones o poderes:
- Motor político de la Unión. Órgano de control político.
- Elige a su Presidente, nombra al Alto Representante, propone al Presidente de la Comisión, elige a los Comisarios, reparte escaños en el Parlamento, nombra al Comité Ejecutivo del BCE, suspende derechos de Estados miembros, utiliza la cláusula pasarela.
- Iniciativa política.
- Define principios y objetivos en política exterior y unión económica y monetaria.
Presidente del Consejo Europeo:
Elegido por mayoría cualificada por dos años y medio, renovable una vez. Funciones: Presidir reuniones, velar por el consenso, presentar informes al Parlamento, representación exterior. No puede ejercer mandato nacional.
IV. Parlamento Europeo (Artículo 16 del TUE)
Naturaleza:
- Consultiva, política y colegisladora.
- 751 diputados (Tratado de Lisboa), elegidos por sufragio universal.
Funcionamiento:
- Tres sedes: Estrasburgo, Bruselas y Luxemburgo.
- Privilegios e incompatibilidades de los diputados.
Competencias, funciones o poderes:
- Control político de la UE.
- Función consultiva.
- Función legislativa (procedimiento de consulta, cooperación, codecisión, legislativo ordinario, presupuestario, especiales, dictamen conforme).
Relaciones Económicas Exteriores Comunitarias
Competencias Externas Comunitarias
Exclusivas: Su ejercicio corresponde de forma exclusiva a la CE.Ej: Política comercial (con ciertos matices)
- Compartidas o mixtas: Su ejercicio corresponde conjuntamente a la Comisión y a los Estados miembros
Ej: Política de cooperación al desarrollo
- RELCIONES EXTERNAS DE LA UE:
Política Exterior y de seguridad Común vs competencias ecas. externas
- TIPOS DE COMPETENCIAS EXTERNAS
- Aplicación directa: Países y Territorios de Ultramar
- Competencias explicitas: Política comercial, Política de cooperación al desarrollo, Política de I+D, política de Medioambiente, Política Monetaria
- Competencias implícitas: Ámbitos externos en los que CE tiene competencias internas
- Competencias subsidiarias: Medidas cautelares que se adoptan en todos los ámbitos
8.1
- EL PAPEL DE LAS INSTITUCIONESCOMUNITARIAS
- El Consejo, la Comision y el Parlamento Europeo
- La comisión propone, el Consejo es quien decide, el PE emite dictamenes ante la consulta del Consejo; es preceptivo el dictamen conforme del PE en casos de modificaciones presupuestarias, acuerdos de asociación y los que requieran modificaciones del marco institucional
- RELACIONES MULTILATERALES, REGIONALES Y BILATERALES DE LA CE
- Multilaterales:
- Relaciones con organismos internacionales: Naciones Unidas, Organización para la Cooperacion y el Desarrollo Economico, Consejo de Europa
- Dos bloques distintos por la forma de proceder:
- Acuerdos en el campo de la UEM (art. 111 TCE), en los que decide el Consejo a propuesta de la Comision y previa consulta BCE
- Acuerdos en las políticas COMERCIAL, I+D y Medioambiental, en los que también decide el Consejo pero la Comision tiene un papel menos importante
8.1
- Relaciones regionales bilaterales
- Poliitica comercial:
- Concesiones arancelarias unilaterales
- Sistema de preferencias Generalizadas (con mas de 70 paises en desarrollo)
- Medidas de comercio Autonomo (con los países balcánicos occidentales: Albania, Bosnia-H, Croacia, Montenegro, Serbia, Republica yugoslava de Macedonia)
- Acuerdos preferenciales (PTU y ACP)
- Acuerdos de Asociacion (Areas de libre cambio, acuerdos europeos,etc)
- Acuerdos sectoriales
- Concesiones arancelarias unilaterales
- Politica de Cooperacion al Desarrollo
- Poliitica comercial:
8.2 LA POLITICA COMERCIAL COMUN
- Ambito y contenido
- Politica de importaciones
- Politica de exportaciones
- El comercio intra y extracomunitario
8.2 AMBITO Y CONTENIDO
- El comercio de bienes
- El comercio de servicios (exceptuando transportes con disposiciones propias)
- Los aspectos comerciales de propiedad intelectual
- Arts. 131-134 TCE
- Matizaciones entre el comercio de bienes y el resto:
- Toma de decisiones: MC vs Unanimidad
- Competencias: compt excl. vs comp Mix
8.2 POLITICA DE IMPORTACIONES
- Principio de preferencia: medidas de protección interior frente a M
- Derechos arancelarios
- Arancel Exterior Comun (AEC)
- Prélevements
- Restricciones cuantitativas
- M de países no OMC (Rusia, Vietnam, …)
- Productos textiles, hierro y acero
- Fijacion de periodos trasitorios de liberal progr. En el seno del GATT
- China, país mas beneficiado en dicho proceso por su entrada en OMC
- Hierro y acero: Rusia, Kazajstan, Ucrania
- Derechos arancelarios
8.2 POLITICA DE IMPORTACIONES
- Prohibiciones, restricciones y normas técnicas
- Prohibiciones y restricciones
- Motivos de salud y seguridad publica
- Motivos de extinción de flora y fauna salvaje
- Influencia negativa a la capa de ozono y residuos radiactivos
- Normas técnicas
- Medioambientales
- Publicidad engañosa
- Productos defectuosos
- Indicación incorrecta de precios, etc…
- Indicación de características y método de producción, marcas, símbolos, etc..
- Prohibiciones y restricciones
8.2 POLITICA DE IMPORTACIONES
- Reglas de origen
- Finalidad evitar competencia desleal
- Dos tipos de reglas de origen
- Preferenciales: cuando hay acuerdos bilaterales
- No preferenciales: en el marco de los acuerdos multilaterales, sobre aranceles y medidas de defensa comercial
- Licencias de importación
- Productos sometidos a restricciones cuantitativas
- Determinados productos agrarios
- Determinadas categorías de hierro y acero
- Productos peligrosos para la salud humana, que afecten a la capa de ozono, sean radiactivos
- etc
8.2 POLITICA DE IMPORTACIONES
- Derechos antidumping y compensatorios
- Gravámenes adicionales a la M
- Derechos compensatorios ante subvenciones públicas en los precios internacionales
- Dificultades de demostración: reglas de control OMC
- Extensión a importaciones agrarias e industriales de todos los países terceros
- Excepción miembros del EEE
- Trato especial a países en transición a sistemas capitalistas: Albania, Kazajstán, Mongolia, Vietnam, Federación rusa y Georgia
- Cláusulas de salvaguardia y de vigía
- POLITICA DE EXPORTACIONES
Es libre aunque con determinadas reglas
- Créditos a la exportación
- Admitidos por la OMC
- No los concede directamente la CE
- Los concede los EEMM pero suetos a reglas comunitarias relativas a tipos de interés plazos de amortización
- Subvenciones a la exportación
- No se conceden salvo productos agrarios en aplicación OMC-PAC (restituciones pmc-prm)
8.2 POLITICA DE EXPORTACIONES
- Otras medidas de fomento a la X
- Campaña de publicidad
- Misiones comerciales
- Embargos, restricciones y controles
- Medioambiente, fauna y flora salvaje
- PESC armamento y equipamiento militar (afganistan, angola, etiopia, )
- Productos de doble uso tecnológico (militar/civil): sustancias químicas, nucleares
- Ciertos bienes culturales
- Todo ello sometido a licencia de exportación
8.2 COMERCIO INTRACOMUNITARIO
- El comercio intracomunitario supone casi el 60% del total
- Países más dependientes: Belgica, Luxemburgo, Portugal
- Países menos dependientes: Alemania y reino unido
- España entre seis países con un fuerte peso del comercio intracomunitario
8.2 COMERCIO EXTRACOMUNITARIO
- UE gran potencia comercial en el mundo
- Reduccion de su peso debido a la aparición de nuevas potencias: japon, china, rusia, Brasil, india.
- Principales intercambios en orden: EEUU, EFTA, japon, OPEP
- Balanza comercial tendente al equilibrio
- Alto grado de apertura (10%)
- Diversificación de las exportaciones y las importaciones
- POLITICA DE COOPERACION AL DESARROLLO DE LA UNION EUROPEA
- ANTECEDENTES
- LIBERALISMO ECONOMICO: GATT, FMI, BM …
- PLAN MARSHALL
- OCDE
- OTAN
- CECA
- CEE, CEEA
- LOS PRIMEROS PASOS
- TCEE: asociación de los países y de los territorios de ultramar
- Convenios de yaunde y lome
- Acuerdo de Cotonou (países ACP)
- ACTUALIDAD
- TRATADO DE MAASTRICHT
- TRATADO DE AMSTERDAM
- NIZA
- INSERTA EN LA POLITICA DISEÑADA POR EL COMITÉ DE AYUDA AL DESARROLLO (CAD) DE LA OCDE
- OBJETIVO
- Lograr el desarrollo el desarrollo humano y social sostenible equitativo y participativo
- Union política: respeto a los derechos humanos, principios democráticos, estado de derecho y buena gestión de los asuntos públicos
- Unión económica: reducción de la pobreza, mediante el apoyo al desarrollo económico, social y medioambiental, integración económica internacional, comercio-desarrollo-lucha contra la desigualdad
- INSTITUCIONES
- Desarrollo (DEV) Comercio (TRADE)
- Relac ext. (RELEX) Ampliacion (ELARG)
- Europe aid (AidCo) Otras direcciones generales
- Delegaciones Grupo de comisarios RELEX
- ECHO
- INSTRUMENTOS TECNICOS
- Programa: instrumento de financiación de las medidas de cooperación (Geográficos y temáticos)
- Documento de estrategia: prioridades de un programa para un plazo de tiempo dado
- Líneas presupuestarias: dotaciones para financiar intervenciones concretas y ejecutar la estrategia
- INSTRUMENTOS DE FINANCIACION
- PRESUPUESTO COMUN
- BANCO EUROPEO DE INVERSIONES
- FONDO EUROPEO DE DESARROLLO
- AYUDA HUMANITARIA
- Un programa especial de cooperación al desarrollo
- Objetivo: asistencia a terceros países para hacer frente a catástrofes naturales y humanas (guerras)
- European Commission’s Humanitarian Aid (ECHO)
- Hay tres grandes categorias:
- Ayuda de urgencia
- Ayuda alimentaria
- Ayuda a refudiados
- ALGUNOS DATOS
- La UE y sus estados miembros son los mayores donantes, los que más ayudas oficiales dan sobre el total de la cooperación económica
- Considerando solo la ayuda oficial al desarrollo y a todos los países CAD