En Chile, debemos ver nuestras normas correspondiente:
ley 18525 sobre importaciones + DS 1314 del 2012 que es el reglamento anti-distorsiones.
Comisión: Fiscal Nacional Económico, dos representantes del BC, un representante del MRREE, del Mhacienda, Ministerio ec Fomento, uno del Ministerio de Agricultura, y el director general de aduanas…
La comisión cuenta con un formulario. El secretario efectuará una revisión formal de los antecedentes y verá si lo acoge a tramitación o no. Es importante tener a la vista que conforme al artículo 12 de éste decreto, quienes se encuentran habilitados para acudir esta comisión, son las ramas de la producción nacional. Lla solicitud respectiva debe ir apoyada en caso de las salvaguardas por el 25% de los productores del sector, pal caso del dumping es del 50%.
Se remite la investigación a Cancillería, para informe OMC, cerrada la investigación esta comisión dicta una resolución en la cual propone al presidente de la república la opción o rechazo de una medida. Esta medida, no obstante que la OMC permita una salvaguarda por 4 años prorrogable por 4 años más, hasta el año 2011 admitía la salvaguarda por 1 año. La ley 20514 del 2011 se cambió por 2 años más dos
Comunidad Andina:
I) nace bajo el alero de la ALALC., II) Responde a la convicción de ciertos países de que era necesario agilizar los procesos de integración, III) Chile y Colombia impulsan la formación de este nuevo sistema, el cual se consagra con la firma del Acuerdo de Cartagena por parte de los indicados más Ecuador, Bolivia y Perú (1969)
Objetivos Acuerdo de Cartagena:
-Promoción del desarrollo equilibrado y armónico de los países
– Aceleración del crecimiento mediante la integración económica (en el marco de la ALALC)
Estructura institucional
A) Consejo Presidencial Andino: Máximo órgano, Ejerce la dirección de decisión política, Conformado por los Jefes de Estado. Definir la política de integración subregional andina y evaluar el desarrollo y los resultados del proceso de integración
B) Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (CAMRREE) : Órgano legislativo y de decisió que se encarga de formular la política exterior que sea de interés subregional
C) Comisión de la Comunidad Andina–
> órganos normativo. Se encarga de formular, ejecutar y evaluar la política de integración subregional en materia de comercio e inversiones.
D) Secretaría General de la Comunidad Andina: Órgano ejecutivo de la Comunidad, a cargo de un Secretario General. Brindar apoyo técnico a los demás órganos e instituciones y ser depositario de las actas y documentos de estas.
E) Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina es el encargado de dirimir en forma definitiva las controversias
Algunas normas dictadas por la Comunidad Andina
-Decisión 598-2004: Art.1 “Los Países Miembros podrán negociar acuerdos comerciales con terceros países, prioritariamente de forma comunitaria o conjunta y excepcionalmente de manera individual.”
-Decisión 583-2004-> Creación del “Instrumento Andino de Seguridad Social” Art. 1 d) Reconocer el derecho a percibir las prestaciones sanitarias y económicas que correspondan, durante la residencia o estadía del migrante laboral y sus beneficiarios en el territorio de otro País Miembro, de conformidad con la legislación del país receptor.”
Críticas y elogios a la CAN : i) Incapacidad de lograr los objetivos económicos propuestos., Decisión 771 que posterga la adopción del Arancel Externo Común, falta de coordinación y compromiso político de los países miembros., iii) Incapacidad de ayudar a países débiles, iv) Incapacidad de poner fin a la inestabilidad política de la regíón
MERCOSUR:
Tratado de Asunción de 1991.
Objetivos del MERCOSUR:
deberá estar conformado al 31 de Diciembre de 1994, el que se denominada Mercado Común del Sur”, que implica: I) Libre circulación de los bienes, servicios y factores
productivos entre los Estados Partes.II) Eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no
arancelarias entre estos países a la circulación de la
mercadería y cualquier otra medida equivalente. III) Establecimiento de un arancel externo común.
IV) Coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales.
Estructura institucional del MERCOSUR
A) Consejo del Mercado Común (CMC): conducción política del proceso de integración y la toma decisiones
B) Grupo Mercado Común (GMC): Es el órgano ejecutivo del MERCOSUR, y alternos, representantes de los países miembros
C) Comisión Parlamentaria Conjunta: Órgano representativo de los Parlamentos de los Estados Partes, funciones son acelerar los procedimientos
D) foro e)secretaria
Solución de Controversias (Protocolo de Olivos, de 2002)
Procedimiento: i) Se debe buscar solución al conflicto mediante negociaciones directas. Ii) Si son infructuosas, se recurre al GMC ii) Si los dos primeros mecanismos no dan solución al conflicto, las partes se someten a un juicio arbitral, mediante Tribunal Ad Hoc compuesto por 3 árbitros. El resultado es un laudo arbitral, obligatorio
Solución de controversias entre particulares Da reconocimiento y asegura ejecución de las sentencias y laudos arbítrales pronunciados en las jurisdicciones de os Estados Partes en materia civil, comercial, laboral y administrativa.
Protocolo de Buenos Aires sobre jurisdicción internacional en materia contractual, de 1994
Relación entre el Mercosur y Chile
ACE Chile – Mercosur, fue firmado y puesto en vigencia en 1996.
Críticas y elogios : gran disparidad entre sus miembros. Por un lado Brasil y Argentina y, por el otro, Paraguay y Uruguay. Los primeros concentran más del 90% de las exportaciones del bloque.
Hoy en día hay gran divergencia entre las políticas que desean seguir los distintos Estados.
Esto se traduce en crisis institucional y falta de cooperación.