Introducción a los Derechos Humanos y su Marco Legal

Antecedentes de los Derechos Humanos

El antecedente más antiguo de los Derechos Humanos (D.H.) es la Carta Magna (1215), firmada durante el reinado de Juan I de Inglaterra debido al descontento con la corona. Otros hitos importantes incluyen la Bill of Rights (1689) en respuesta a los abusos de la corona inglesa, la Declaración de Independencia de los Estados Unidos (1776), la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) en Francia tras la Revolución Francesa, y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917).

Características de los Derechos Humanos

Los D.H. se caracterizan por ser:

  • Inherentes: Son propios de la naturaleza humana.
  • Absolutos: No admiten limitaciones.
  • Indispensables: Son esenciales para la vida digna.
  • Imprescriptibles: No se pierden con el tiempo.
  • Universales: Son para todas las personas.
  • Integrales: Abarcan todos los aspectos de la vida.

Los D.H. fundamentales buscan proteger la dignidad humana, la cohesión social y la integridad del ser humano. Su protección se realiza a nivel estatal, regional, federal e internacional.

Tipos de Derechos Humanos

  • Derechos civiles y políticos: Garantizan un trato igualitario y la participación democrática.
  • Derechos económicos, sociales y culturales: Aseguran la seguridad social, la salud, el trabajo, etc.
  • Derechos de grupos específicos: Protegen a grupos con intereses comunes.

Derechos Humanos en la Constitución Mexicana

Anteriormente conocidos como garantías individuales, los D.H. se dividían en cuatro categorías:

  • Garantía de propiedad (Art. 27): Derecho a poseer bienes inmuebles.
  • Garantía de seguridad (Art. 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 29): Seguridad frente a actividades del Estado.
  • Garantía de igualdad (Art. 1, 2, 3, 4, 12, 13): Igualdad ante la ley.
  • Garantía de libertad (Art. 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 16, 24, 25, 28): Libertad de acción dentro del marco legal.

Estructura de la Constitución

  1. Preámbulo: Introducción.
  2. Parte dogmática: Derechos Humanos y obligaciones.
  3. Parte orgánica: Administración pública y división de poderes.

Principios Rectores de los Derechos Humanos

  • Universalidad: Aplicables en todo el mundo.
  • Interdependencia: Todos los derechos están relacionados.
  • Indivisibilidad: No se pueden separar.
  • Progresividad: En constante evolución.

Principios Pro Persona

Buscan siempre beneficiar a la persona. Existen dos vertientes:

  • Preferencia interpretativa: Se interpreta la norma de la manera más favorable para la persona.
  • Preferencia normativa: Se aplica la norma que más beneficie a la persona.

Sistemas de Protección de Derechos Humanos

Existen dos sistemas principales:

  • Sistema internacional: A nivel global.
  • Sistema interamericano: A nivel regional en América.

Fuentes del Derecho Internacional de los Derechos Humanos

  • Tratados internacionales.
  • Costumbre internacional.
  • Principios generales del derecho.

El Soft Law se refiere al derecho flexible, que no es vinculante pero influye en la práctica.

Fuentes del Derecho Nacional

  • Ley: Normas jurídicas creadas por el Estado.
  • Costumbre: Prácticas sociales aceptadas como obligatorias.
  • Doctrina: Opiniones de expertos en derecho.
  • Jurisprudencia: Decisiones de los tribunales.

Tipos de Normas

  • Jurídicas: Regulan la conducta humana y son coercibles.
  • Morales: Basadas en valores éticos.
  • Religiosas: Establecidas por una religión.
  • De urbanidad o etiqueta: Reglas de comportamiento social.

Elementos del Estado

  • Territorio: Espacio físico donde reside la población.
  • Gobierno: Conduce la política del Estado y se divide en tres poderes:
    • Ejecutivo: Federal, estatal y municipal.
    • Legislativo: Federal y estatal.
    • Judicial: Federal, estatal y municipal.
  • Población: Conjunto de personas que habitan el territorio.

Soberanía

Es el ejercicio de la autoridad en un territorio determinado.

Estado de Derecho

Conjunto de principios e instituciones que promueven la certeza jurídica y la cooperación.

Cultura de la Legalidad

Imperio de la ley y respeto a las normas jurídicas.

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