Ciencia del Derecho Administrativo
La Ciencia del Derecho Administrativo es un conjunto sistemático y unificado de conocimientos sobre las normas, fenómenos e instituciones sociales relacionadas con la administración pública. Esta ciencia cuenta con un método propio de investigación y desarrollo.
Objeto de Estudio
El objeto de estudio del Derecho Administrativo abarca los fenómenos sociales de la administración pública, las instituciones jurídicas y la evolución social.
Técnica
La técnica en el Derecho Administrativo se refiere al conjunto de medios e instrumentos que, de forma adecuada, sirven para crear, aplicar e interpretar el derecho administrativo.
Métodos Aplicables
- Inductivo: Establece principios mediante la investigación y el examen del sistema constitucional.
- Deductivo: Lleva los principios generales a casos concretos.
- Experimental: Se basa en el conocimiento de antecedentes, resultados y consecuencias.
Sistematización
La sistematización implica el ordenamiento lógico y ordenado de los elementos que forman parte de un todo, manteniendo la unidad de estudio.
Derecho
El Derecho se compone de sistemas de normas bilaterales, exteriores y heterónomas con un profundo contenido consuetudinario, espiritual y ético. Sirve para encauzar y regular la interferencia de los componentes de una determinada sociedad humana.
Criterios que Explican el Concepto de Derecho
- Legalista
- Del Poder Judicial
- De las Relaciones Jurídicas
- De los Servidores Públicos
Concepto de Derecho Administrativo
- Lato Sensu: Conjunto de normas de derecho que regulan la organización, estructura y actividad del Estado.
- Stricto Sensu: Conjunto de normas de derecho público que regulan el poder ejecutivo, la administración pública y su actividad.
Derecho Público vs. Derecho Privado
- Derecho Privado: Conjunto de normas que regulan las relaciones entre particulares.
- Derecho Público: Conjunto de normas que regulan la estructura, organización y funcionamiento del Estado y su actividad en el cumplimiento de sus fines.
Relación de la Ciencia del Derecho con Otras Ramas
La Ciencia del Derecho se relaciona con diversas ramas del derecho, como el constitucional, procesal, internacional, penal, civil y mercantil. También se relaciona con otras ciencias como la historia política, sociología, economía y estadística.
Fuentes del Derecho
Fuentes del Conocimiento Jurídico
Son aquellas a las que acude el estudioso para tratar de comprender el derecho. Se dividen en:
- Formales: Ley, jurisprudencia y costumbre.
- Reales e Históricas
Fuentes del Derecho
- Creación de la Norma: Todos los hechos sociales que dan origen a la misma.
- Supletoriedad del Derecho: Considerar las que la propia ley señala como su aplicación.
Codificación
Un código es una ley única que, con plan, sistema y método, regula alguna rama del derecho positivo. Puede contener normas de tipo sustantivo o adjetivo.
Necesidad de Hacer Codificaciones
Desde la época antigua, se hizo indispensable sistematizar a través de la recopilación determinados ordenamientos. La idea de codificación nace como un postulado de la Ilustración.
Criterios sobre la Codificación
- Primera Corriente: Considera conveniente la codificación.
- Segunda Corriente: Niega la posibilidad de la codificación.
- Tercera Corriente: Defiende la codificación parcial.
Conclusión de Acosta Romero: Codificar parcialmente las normas por materias.
Realidad Social y Jurídica
El hombre se ha reconocido agrupándose y actuando frente a la naturaleza por medio de grupos primitivos donde hubo cierta organización. La agrupación humana se asentaba en un territorio con cierto orden y determinada actividad y fines.
Estado
El Estado es la organización política soberana de una sociedad humana establecida en un territorio determinado, bajo un régimen jurídico, con independencia y autodeterminación, con órganos de gobierno y administración, que persiguen fines y actividades concretas.
Elementos del Estado
- Una agrupación social
- Un territorio
- Un orden jurídico
- Soberanía
- Un gobierno
Personalidad Jurídica
- Física
- Colectiva
Personalidad del Estado
- De Derecho Público
- De Derecho Privado
Formas de Gobierno
Parlamentarismo
En el parlamentarismo, la supremacía política en los asuntos de gobierno parte del poder legislativo. Existen dos funcionarios: el jefe de gobierno y el jefe de estado.
Presidencialismo
En el presidencialismo, prevalece el poder ejecutivo. Una sola persona reúne las cualidades de jefe de estado y gobierno. El poder ejecutivo selecciona libremente a los secretarios de estado.
Forma de Estado Mexicano
Según el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México es una república representativa, democrática y federal, compuesta de estados libres y soberanos pero unidos en una federación.
Gobierno de la Federación
- Ejecutivo: Presidente de la República, auxiliado por las secretarías y departamentos de estado.
- Legislativo: Congreso Federal, compuesto por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores.
- Judicial: Suprema Corte de Justicia (con 2 salas: civil, penal, laboral y administrativa), Consejo de la Judicatura Federal, Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Colegiados y Juzgados de Distrito. Elección popular directa.
Administración Pública
La Administración Pública es la parte de los órganos del Estado que depende directa o indirectamente del poder ejecutivo. Tiene a su cargo la actividad estatal que no desarrollan los otros poderes. Su acción es continua y permanente. Se divide en elementos personales, patrimoniales, jurídicos, procedimentales y técnicos.
Formas de Organización Administrativa
- Centralización
- Descentralización
- Desconcentración
- Sociedades Mercantiles
- Empresas de Estado
Órgano de Estado
Es el conjunto de elementos materiales y personales con estructura jurídica y competencia para realizar una determinada actividad del Estado.
Centralización Administrativa
Es una forma de organización administrativa en la cual las unidades y órganos de la administración pública se ordenan y acomodan articulándose bajo un orden jerárquico.
Sistema que Rige la Administración Pública
- Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
- Ley Federal de las Entidades Paraestatales
Tres Poderes Paralelos
- Instituto Federal Electoral
- Tribunal Electoral
- Banco de México
Autonomía
La autonomía implica:
- Normativa
- Financiera
- Organizatoria
- Administrativa
Jefe de Estado y Jefe de Gobierno
- Jefe de Estado: Representa a la nación protocolariamente y se le rinden los honores.
- Jefe de Gobierno: Encabeza la administración pública federal.
Secretaría de Estado
Es un órgano superior político-administrativo que auxilia al presidente en el despacho de los asuntos de una rama de la actividad del Estado.
Secretario de Estado
Es la persona física, titular de la secretaría, nombrado y removido libremente por el presidente. Es un funcionario político y administrativo.
18 Secretarías de Estado
- Gobernación
- Relaciones Exteriores
- Marina
- Seguridad Pública
- Hacienda y Crédito Público
- Desarrollo Social
- Energía
- Salud
- Educación Pública
- Turismo
- Reforma Agraria
- Trabajo y Previsión Social
- Contraloría y Desarrollo Administrativo
- Defensa Nacional
- Medio Ambiente
Presidente Provisional
Nombrado exclusivamente por la Comisión Permanente, permanece en el cargo el tiempo que el Congreso…