Introducción al Derecho Civil: Conceptos Fundamentales y Principios

1. Derecho Subjetivo

Un derecho subjetivo es la facultad que tiene una persona (llamada titular o sujeto activo) para exigir de otra persona (llamada sujeto pasivo) el cumplimiento de una obligación o el respeto de una situación jurídica reconocida por el ordenamiento jurídico.

2. Diferencias entre Hecho, Hecho Jurídico y Acto Jurídico

Hecho: Suceso o fenómeno que modifica la realidad.

Hecho Jurídico: Suceso o fenómeno al que el ordenamiento atribuye un efecto jurídico.

Acto Jurídico: Manifestación de voluntad con efectos legales, como un contrato o un testamento, que debe cumplir ciertos requisitos de validez.

3. Legitimación

La legitimación es el reconocimiento legal que otorga el derecho a una persona para llevar a cabo una acción específica.

Tipos de Legitimación:

  • Activa: Capacidad para ejercer un derecho.
  • Pasiva: Capacidad para ser sujeto del ejercicio de un derecho.
  • Directa: Coincidencia entre el titular del derecho y la persona que lo ejerce.
  • Indirecta: Autorización para realizar actos jurídicos en nombre de otra persona.

4. Prescripción

Prescripción Extintiva: Pérdida de un derecho por falta de ejercicio durante un plazo establecido.

Prescripción Adquisitiva: Surgimiento o consolidación de un nuevo derecho por el paso del tiempo.

Presupuestos de la Prescripción:

  • Derecho susceptible de prescripción.
  • Inactividad del titular del derecho.
  • Transcurso del plazo legal.

5. Diferencias entre Prescripción y Caducidad

Prescripción:

  • Extinción de un derecho por falta de ejercicio.
  • Plazos largos y susceptibles de interrupción.

Caducidad:

  • Extinción de un derecho por el paso del tiempo.
  • Plazos breves y no susceptibles de interrupción.

6. Principio de Autonomía Privada

Derecho de las personas a regular sus intereses privados por sí mismas.

Límites:

  • Ley imperativa.
  • Moral.
  • Orden público.

7. Elementos Esenciales del Negocio Jurídico

  • Consentimiento.
  • Objeto.
  • Causa.

8. Voluntad

Voluntad Interna: Intención subjetiva.

Voluntad Declarada: Manifestación externa de la voluntad.

9. Principio de Libertad de Forma

Los contratos pueden celebrarse de forma verbal o escrita, siendo ambas igualmente válidas.

10. Diferencias entre Ad Probationem y Ad Solemnitatem

Ad Probationem:

  • Forma requerida para probar la existencia del contrato.
  • No afecta la validez del contrato.

Ad Solemnitatem:

  • Forma esencial para la validez del contrato.
  • Sin ella, el contrato es nulo.

11. Diferencias entre Representación Voluntaria y Legal

Representación Voluntaria:

  • El interesado confiere legitimación a otra persona.

Representación Legal:

  • La ley atribuye legitimación a determinadas personas.

12. Consecuencias de la Falta de Elementos Esenciales en un Negocio Jurídico

El negocio jurídico es nulo, es decir, inválido desde el inicio.

13. Vicios del Consentimiento

Factores externos que afectan la libertad y conciencia de la voluntad:

  • Error.
  • Violencia.
  • Intimidación.
  • Dolo.

14. El Dolo y la Nulidad del Contrato

El dolo grave provoca la nulidad del contrato, a menos que haya sido empleado por ambas partes.

15. Elementos Naturales del Negocio Jurídico que Pueden Excluir de la Voluntad de las Partes

  • Garantías implícitas.
  • Plazo para el cumplimiento.
  • Intereses por mora.
  • Responsabilidad por caso fortuito o fuerza mayor.

16. Valor Jurídico del Silencio

El silencio puede tener valor como declaración de voluntad cuando existe una relación entre las partes que implica el deber de hablar.

17. Poder de Representación

Autorización para actuar en nombre de otra persona.

18. Diferencias entre Nulidad y Anulabilidad

Nulidad:

  • Defecto grave que impide la producción de efectos jurídicos.

Anulabilidad:

  • Defecto que puede ser reclamado por una de las partes para cancelar los efectos del contrato.

19. Diferencia entre Computación Natural y Computación Civil

Civ. Sistema empleado para medir los plazos legales o contractuales de cumplimiento de obligaciones o ejercicio de derechos. El cómputo natural actúa de momento a momento, mientras que el cómputo civil tiene en cuenta los días completos.

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