Legislación Tributaria en Chile: Obligaciones, Fuentes y Estructura

¿Qué significa legislación tributaria? Es un conjunto de normas y principios que regulan los derechos y obligaciones entre el Estado en su calidad de acreedor de los tributos (sujeto activo), y las personas a quienes responsabiliza de su pago (sujeto pasivo). Estudia los tributos y sus etapas de recaudación, administración, derogación, y la aplicación que se hace de ellos, las relaciones que se derivan de cumplirse esas etapas entre diversos órganos del Estado y entre estos y los particulares (sujetos pasivos).

Características Principales de la Legislación Tributaria

Es autónoma porque el objeto de esta disciplina jurídica se rige por reglas propias, que solo sirven para aplicar e interpretarse a sí mismas. No obstante, se pueden aplicar las normas de derecho común cuando no exista norma tributaria que regule una determinada situación.

Obligaciones Tributarias

Estas obligaciones tributarias se dividen en dos tipos:

  • La obligación tributaria principal, que se refiere al pago de impuesto.
  • La obligación tributaria accesoria, constituida por obligaciones que ayudan al SII a controlar el cumplimiento de la obligación tributaria principal, como la presentación de determinadas declaraciones, llevar libros de contabilidad, emitir documentos tributarios, hacer iniciación de actividades, timbrar libros.

Clasificación de las Obligaciones Accesorias

  • Obligaciones Accesorias de Información: Corresponde a proporcionar determinada información al Servicio de Impuestos Internos, tales como: Inicio de actividades.
  • Obligaciones Accesorias de Control: Básicamente es usada como un medio de fiscalización del cumplimiento tributario, tales como: cambio de sujeto pasivo, impuesto de timbres por Notarios.
  • Obligaciones Accesorias de Recaudación: Corresponde a la obligación de retención de impuestos que ha de ser efectuada por determinados contribuyentes, tales como: Retenciones de honorarios, retenciones de impuesto adicional.

Obligaciones del Contribuyente

Inscripción en el Rol Único Tributario (RUT)

Todas las personas naturales y jurídicas, y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, que en razón de la actividad que pretendan desarrollar puedan causar impuestos, deben estar inscritas en el Rol Único Tributario (RUT) que mantiene como registro el SII. Es importante señalar que solo las personas jurídicas obtendrán un número de RUT de parte del SII, puesto que las personas naturales ya poseen un número de carnet de identidad y este pasará a ser también el RUT frente al SII.

Iniciación de Actividades

Las personas que inicien negocios o labores susceptibles de producir rentas gravadas con impuestos, deberán presentar ante el Servicio de Impuestos Internos una declaración jurada sobre dicha iniciación, todo esto dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que comiencen sus actividades.

Solicitud de Verificación de Actividad y Domicilio

Este trámite es obligatorio solo para las empresas que tengan que solicitar timbraje de facturas. Estas deben comprobar ante el SII que la actividad que están declarando es posible realizarla y que el domicilio informado existe.

Solicitud de Timbraje de Documentos y Libros Contables

Los documentos a utilizar en las distintas operaciones de la empresa y los libros contables que están obligados a llevar, para que adquieran validez legal y tributaria, deben estar timbrados ante el SII.

Llevar Contabilidad

Esta obligación tiene por objeto facilitar la información y, a consecuencia de ello, la fiscalización del cumplimiento de la ley tributaria.

Aviso de Modificación y Actualización de Información Tributaria

Las personas naturales o jurídicas, al iniciar actividades, entregan una serie de información al SII, por ejemplo, razón social, domicilio, actividades, capital, socios, representante legal.

Aviso de Término de Giro

Las personas naturales o jurídicas que hayan iniciado actividades y que deseen ponerle término por decisión propia, deberán dar aviso al SII de dicha situación dentro de los meses siguientes.

Fuentes del Derecho Tributario

Las fuentes del Derecho Tributario se dividen en positivas y racionales.

Fuentes Positivas

Son aquellas que incorporadas a un texto legal tienen fuerza obligatoria. Ellas son:

  • La Constitución Política de la República: establece la potestad del Estado para imponer los tributos.
  • La ley: principal fuente de los impuestos, es decir, en ella se encuentran todos los impuestos existentes en Chile. Los cuerpos legales más importantes que se refieren a las materias tributarias son los siguientes:
    • D.L.824 Ley de Impuesto a la Renta.
    • D.L.825 Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios.
    • D.L.830 Código Tributario.
    • Ley 17.235 Ley de Impuesto Territorial.
    • D.L.3475 Ley de Impuesto de Timbres y Estampillas.
    • Ley 16.271 Ley de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones.
    • D.L.3063 Ley de Rentas Municipales.
  • Entre los reglamentos más importantes en el ámbito del Derecho Tributario encontramos los siguientes:
  1. El reglamento de Contabilidad Agrícola.
  2. El reglamento sobre la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios.
Las resoluciones del Servicio de Impuestos Internos: respuestas de parte del SII a las consultas hechas por personas del ámbito privado, en virtud de una materia y caso particular, que son de gran ayuda para entender ciertas normas tributarias y que, a través de estas respuestas, el SII explica su tratamiento. Los tratados internacionales: son acuerdos entre Chile y otros países, que básicamente buscan evitar la doble tributación internacional.

Fuentes Racionales

Son aquellas que, sin ser normas jurídicas en sentido formal o estricto, contribuyen en su formación. Ellas son la jurisprudencia y la doctrina de los autores.

  • La jurisprudencia: son las reiteradas interpretaciones que hacen los tribunales de justicia en sus resoluciones de normas jurídicas, y puede constituir una de las fuentes del derecho. Esto significa que para conocer el contenido cabal de las normas vigentes, hay que considerar cómo se vienen aplicando.
  • La doctrina de los autores: está constituida por las obras que los diversos autores en materia tributaria producen a fin de sistematizar el Derecho Tributario. Esto es para dar una interpretación más acabada a los preceptos tributarios.

Estructura de las Normas Tributarias

La estructura de las normas tributarias la podemos contextualizar bajo la siguiente clasificación:

  • Cuerpos Legales: Corresponden a las leyes y decretos ley (de carácter tributario) que establecen la obligación del pago de determinados impuestos.
  • Circulares: Corresponden a documentos generales en que consta la interpretación de una norma tributaria, dándole explicación a los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos y al contribuyente en general, sobre el sentido y alcance de la ley tributaria, como aplicar la norma.
  • Resoluciones: Corresponden a documentos instructivos dirigidos a ciertos contribuyentes o grupos de contribuyentes, como así también respecto de delegación de funciones al interior del Servicio de Impuestos Internos.
  • Oficios: Documentos dirigidos a contribuyentes especiales o en particular, por alguna consulta efectuada o para resolver situaciones específicas.

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