Ley de Comercio Exterior: Disposiciones Generales
La Ley de Comercio Exterior tiene como objetivo regular y promover el comercio exterior, aumentar la competitividad de la economía nacional y fomentar el uso eficiente de los recursos productivos del país.
Esta ley es de orden público y se aplica en toda la República Mexicana, sin perjuicio de los tratados o convenios internacionales de los que México sea parte. La aplicación e interpretación de estas disposiciones corresponden al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Economía.
Definiciones Clave
Para efectos de esta Ley, se entiende por:
- Secretaría: La Secretaría de Economía.
- Comisión: La Comisión de Comercio Exterior.
- Cuotas compensatorias: Aquellas que se aplican a las mercancías importadas en condiciones de discriminación.
Facultades del Ejecutivo Federal
El Ejecutivo Federal tiene las siguientes facultades:
- Crear, aumentar, disminuir o suprimir aranceles.
- Regular, restringir o prohibir la exportación, importación, circulación o tránsito de mercancías, cuando lo considere urgente.
- Establecer medidas para regular o restringir la exportación o importación de mercancías a través de acuerdos expedidos por la Secretaría.
- Establecer medidas para regular o restringir la circulación o tránsito de mercancías extranjeras por el territorio nacional.
- Conducir negociaciones comerciales internacionales a través de la Secretaría.
- Coordinar, a través de la Secretaría, la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de los estados en las actividades de promoción del comercio exterior.
Facultades de la Secretaría de Economía
Son facultades de la Secretaría de Economía:
- Estudiar, proyectar y proponer al Ejecutivo Federal modificaciones arancelarias.
- Tramitar y resolver las investigaciones en materia de medidas de salvaguarda.
- Estudiar, proyectar, establecer y modificar medidas de regulación y restricción no arancelarias a la exportación, importación, circulación y tránsito de mercancías.
- Establecer las reglas de origen.
- Otorgar permisos previos y asignar cupos de exportación e importación.
- Establecer los requisitos de marcado de país de origen.
- Tramitar y resolver las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional, así como determinar las cuotas compensatorias que resulten de dichas investigaciones.
- Asesorar a los exportadores mexicanos involucrados en investigaciones en el extranjero en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda.
- Coordinar las negociaciones comerciales internacionales con las dependencias competentes.
- Expedir las disposiciones de carácter administrativo en cumplimiento de los tratados o convenios internacionales en materia comercial de los que México sea parte.
- Establecer mecanismos de promoción de las exportaciones.
- Las demás que le encomienden expresamente las leyes y los reglamentos.
Origen de las Mercancías
El origen de las mercancías se determina para efectos de preferencias arancelarias, marcado de país de origen, aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas. El origen puede ser nacional (un solo país) o regional (más de un país).
Las reglas de origen se establecen bajo los siguientes criterios:
- Cambio de clasificación arancelaria.
- Contenido nacional o regional.
- De producción, fabricación o elaboración.
El importador debe comprobar el origen de las mercancías en el tiempo y forma establecidos en los ordenamientos aplicables. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público vigila y verifica el cumplimiento de las reglas de origen.
Aranceles y Medidas No Arancelarias
Los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, y pueden ser:
- Ad-valorem: Porcentuales del valor en aduana.
- Específicos: Monetarios por unidad de medida.
- Mixtos: Combinación de los anteriores.
Los aranceles pueden adoptar las siguientes modalidades:
- Arancel-cupo.
- Arancel estacional.
- Las demás que señale el Ejecutivo Federal.
Medidas de Regulación y Restricción No Arancelarias
Estas medidas se establecen para la exportación en los siguientes casos:
- Asegurar el abasto de productos básicos y materias primas.
- Cumplir tratados internacionales.
- Restricciones constitucionales.
- Preservar la fauna y flora.
- Conservar bienes históricos, artísticos o arqueológicos.
- Situaciones no previstas por normas oficiales mexicanas.
Para la importación, circulación o tránsito, se establecen en los siguientes casos:
- Corregir desequilibrios en la balanza de pagos.
- Regular productos usados o de desecho.
- Cumplir tratados internacionales.
- Responder a restricciones a exportaciones mexicanas.
- Impedir prácticas desleales de comercio internacional.
- Situaciones no previstas por normas oficiales mexicanas.
Permisos Previos y Cupos
La Secretaría de Economía puede sujetar la exportación e importación de mercancías a permisos previos. Los cupos de exportación o importación se refieren a la cantidad de mercancía que puede ser exportada o importada, y se administran a través de permisos previos. Los cupos se asignan mediante licitación pública.
La Secretaría puede exigir el marcado de país de origen en las mercancías importadas.
Prácticas Desleales de Comercio Internacional
Se consideran prácticas desleales la importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios (dumping) o subvenciones, que causen daño a la producción nacional. Las personas que incurren en estas prácticas deben pagar cuotas compensatorias.
Subvenciones
La subvención es el beneficio otorgado por un gobierno extranjero a productores, transformadores, comercializadores o exportadores, para fortalecer su posición competitiva internacional.
Medidas de Salvaguarda
Las medidas de salvaguarda regulan o restringen temporalmente las importaciones de mercancías que compiten con la producción nacional, para prevenir o remediar el daño serio y facilitar el ajuste de los productores nacionales. Estas medidas pueden consistir en aranceles, permisos previos o cupos máximos.
Ley Aduanera
La Ley Aduanera regula la entrada y salida de mercancías, el despacho aduanero y los actos relacionados. Define términos clave como:
- Secretaría: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Autoridades aduaneras.
- Mercancías.
- Residentes en territorio nacional.
- Impuestos al comercio exterior.
- Reglamento.
- Reglas.
- Mecanismo de selección automatizado.
- Programa de devolución de aranceles.
- Programas de diferimiento de aranceles.
- Mermas.
- Desperdicios.
- Documento electrónico y digital.
- Reconocimiento aduanero.
- Pedimento.
- Aviso consolidado.
- Documento equivalente.
- Retiro voluntario.
- Agencia aduanal.
- Agente aduanal.
Contribuciones al Comercio Exterior
Se causan los siguientes impuestos al comercio exterior:
- General de importación (IGI).
- General de exportación (IGE).
Las mercancías importadas con franquicia, exención o estímulo fiscal no pueden ser enajenadas ni destinadas a propósitos distintos. La base gravable del impuesto general de importación es el valor en aduana de las mercancías.