OBLIGACIÓN TRIBUTARIA : Vinculo jurídico — Sujeto activo: Creador, casi siempre es el estado. Sujeto pasivo: Deudor, contribuyente.— Hecho Imponible: Art. 31 CPEUM Supuesto en la ley, Establecido en la ley. Hecho generador: obligación—- sustantiva : Dar — Formal: Hacer, no hacer, tolerar. (actos de molestia permitidos). Potestad tributaria: Federación. Cdmx, Municipios.
FORMAS DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN FISCAL. –
Pago, -Prescripción, -Caducidad, – Condonación, -Cancelación, -Compensación, -Devolución.
SUJETO PASIVO: Deuda propia, ajena. — CRITERIO DE VINCULACIÓN.– °°
Domicilio Fiscal,
-Nacionalidad,
-centro de interés vitales,
-Fuente de riqueza,
-Establecimiento permanente.
● OBLIGACIÓN TRIBUTARIA: Vínculo Jurídico de 2 sujetos.
● RESPONSABLE SOLIDARIO: Sujeto que responde en la totalidad de la deudas a nombre y cuenta de otro.
● CRITERIO DE VINCULACIÓN: Como, cuando, porque debo pagar un nivel de gobierno.
● GRAVAR: imponer impuesto a una actividad.
¿QUÉ ACTOS O ACTIVIDADES PUEDE GRAVAR LA FEDERACIÓN? ● ART 73 F: 24 CPEUM: comercio exterior, energía eléctrica, gasolina, cigarros.
¿QUIEN NO PUEDE GRAVAR (LIMITAR)? ● ART. 31, F.4 CPEUM: obligación de los mexicanos en contribuir al gasto público ● ART.117 CPEUM: CDMX: ESTADOS, no pueden gravar tránsito de personas o cosas. ● ART. 118 CPEUM. CDMX, establecer derechos de tonelaje ● ART 122 CPEUM FEDERACIÓN: CDMX entidad federativa que goza de autonomía ART 124 CPEUM: Facultades que no estén expresamente concebida por la constitución, se extienden reservadas al ESTADO o CDMX ART 113 / F.3 CPEM: MUNICIPIOS: no pueden establecer contribuciones, ellos RECAUDA
FORMAS DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN FISCAL
-pago,
-preinscripción.
-caducidad.
-condonación.
-cancelación.
-compensación.
-devolución.
TIPOS DE PAGO Cumplimiento de la obligación con el acreedor y termina la obligación.
➔ LISO Y LLANO: la autoridad me determina un crédito. (autoridad dice cuanto dembo y yo pago para evitar problemas)
➔ DEFINITIVO: Entrega determinada cantidad por un período de obligaciones de PF o PM, puede ser mensual o anual.
➔ PROVISIONAL: Implica la entrega de determinada cantidad a la autoridad por un periodo de operaciones menor a la anual
★ Mensual: impuestos sobre la renta
★ Entregar a la autoridad un pago durante cierto tiempo, para ir saldando mi pago definitivo.
➔ ADELANTOS: entrega de una cantidad en recursos a la autoridad sin saber, cuanto estoy generando. (pago a la autoridad, pero no sabré si tendré mas pagos)
➔ GARANTÍA: pago en materia de comercio exterior, para asegurar un posible/futuro pago de una obligación.
➔ BAJO PROTESTA: pagar pero no estoy de acuerdo con el crédito y me voy a pelear con la autoridad.
➔ EXTEMPORÁNEO: pago fuera del plazo establecido (18 c/mes)
2. PREINSCRIPCIÓN
ART. 146 C.F.F ● El crédito fiscal se extingue por prescripción en el término de 5 años. ● Se interrumpe con cada gestión de cobro que el acreedor notifique. ● Se extingue a partir del dia
31 o 16 ● Pérdida de derecho del cobro por el transcurso del tiempo.
ART 37 CFF: PLAZO PARA LA RESOLUCIÓN DE PETICIONES ● 3 meses de calendario, si no responde, se considera que negó la petición, pasando los 3 meses puedes defenderte. ART 12 CFF: CÓMPUTO DE PLAZOS ● MES: el mismo día del mes de calendario posterior a aquel que se inició. ● AÑO: Vence el mismo día del siguiente año del calendario aquel que se inició. ● VIERNES: se suspenderá el plazo hasta el siguiente día hábil, cuando viernes sea el último día hábil. ● DIA: no se cuentan sábados y domingos, días oficiales, establecidos en la ley del trabajo. ● firma de un funcionario competente.
ART. 135 CFF SURTEN EFECTO LAS NOTIFICACIONES ● Surgen efectos el día hábil siguiente en el que fueron hechos. ● Debe proporcionarse una copia del acto administrativo que notifique. ● PLAZO: 3 días 3. CADUCIDAD Pierde la facultad para revisar o determinar mi deuda ● Suspende
ART 13 CFF: SE HABILITAN Días / HORAS Hábiles
● HORA HÁBIL: 7:00 AM / 16:00 HRS.
● Solo en materia de comercio exterior serán 24 hrs. Y todo el año. ART. 38 CFF: REQUISITOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO Cuando se notifique se necesita:
● escrito del documento (digital/físico)
● señalar la autoridad que lo emite
● firma de un funcionario competente.
ART. 135 CFF SURTEN EFECTO LAS NOTIFICACIONES
● Surgen efectos el día hábil siguiente en el que fueron hechos.
● Debe proporcionarse una copia del acto administrativo que notifique.
● PLAZO: 3 días 3.
CADUCIDAD
Pierde la facultad para revisar o determinar mi deuda
● Suspende
4. COMPENSACIÓN
Se genera por una “confusión” : el sujeto pasivo “deudor” (CONTRIBUIDOR), pasa a ser “acreedor” y el ESTADO pasa a ser “deudor” ● PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN DE DE DEUDA POR PARTE DEL ESTADO 1. Aviso de Compensación (5 días) 2. Identificar que tipo de contribución debe el estado 3. Aplicar lo del articulo 23 CFF
5. DEVOLUCIÓN
1. (40 días) Devolución Automática 2. (40 días) ART. 22 CFF Formato de Devolución 3. (20 días / 20 días) autoridad comprueba que deba el estado 4. (10 días) corrección de datos 5. (40 días) devolución de dinero *3 meses. Para negativa ficta y se procede a demandar*
6. CANCELACIÓN
ART. 146-A: la SHCP podrá cancelar créditos fiscales en las cuentas públicas, por incosteabilidad del cobro. FACULTAD DE COMPROBACIÓN: Procedimiento que tiene la autoridad para verificar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales. ● ART 6 CFF: Obligación Tributaria -> TOLERANCIA -> procedimientos que tiene que revisar la autoridad. (PRINCIPIO DE AUTODETERMINACIÓN)
FACULTADES DE LA COMPROBACIÓN (ART 42 CFF) I. Rectificación de errores II. Revisión de gabinete VI. Practica de Avaluos VII. Información de funcionarios y empleados
III. Visitas domiciliarias IV. Revisión de dictáMenes V. Visitas domiciliarias a. Comprobantes fiscales b. Máquinas registradoras c. Envases de recipientes d. Cajetillas de cigarros e. Posesión, estancia o tenencia de mercancía f. Autorizaciones y concesiones de comercio exterior. IX. Revisión electrónica X. Visita domiciliarias, revisión de operaciones XI. Visitas domiciliarias, esquemas rentables XII. Visitas domiciliarias, sistema financiero. XIII. Requerimientos fideicomisos.
RECTIFICACIÓN DE ERRORES (ART 42. F.1 CFF) ● Presentar pago de impuestos, AUTORIDAD, ratifica errores (5 años) FORMA DE PAGOS ● PM: último día de Marzo. ● PF: último día de Abril.
REVISIÓN DE GABINETE
ART. 53 CF: Presentar la información que las autoridades fiscales soliciten en ejercicio de sus facultades
VISITAS DOMICILIARIAS
Los responsables solidarios o terceros relacionados con ellos y revisar su contabilidad, bienes y mercancías.
REVISIÓN DE DICTAMEN formulados por contadores públicos sobre los estados financieros de los contribuyentes y sobre las operaciones de enajenación de acciones que realice
Plazo 6 meses — 6/15 días conocer la situación del contribuyente — resolución.
VISITAS DOMICILIARIAS
Las autoridades fiscales podrán solicitar a los contribuyentes la información necesaria para su inscripción y actualización de sus datos en el citado registro e inscribir a quienes de conformidad con las disposiciones fiscales deban estarlo y no cumplan con este requisito.
— PLAZO 24 hrs— oficio de observaciones — 3 días — 6 meses — resolución
PRÁCTICA DE AVALÚOS verificación física de toda clase de bienes, incluso durante su transporte.
— PLAZO 12 meses– 6 días notificación — acta de inicio — 10 días — derecho audiencia—- resolución — bienes muebles 10 días , inmuebles 20 días . Negociaciones 30 días.
INFORMACIÓN DE FUNCIONARIOS Y EMPLEOS (RECABAR INFORMACIÓN DE FUNCIONARIOS)
los informes y datos que posean con motivo de sus funciones.
— Orden de visita — 6 días inf que tiene , 15 días inf que no tiene— otra facultad de la autoridad fiscal.
REVISIÓN ELECTRÓNICA (BUZÓN TRIBUTARIO)
Basándose en el análisis de la información y documentación que obra en poder de la autoridad, sobre uno o más rubros o conceptos específicos de una o varias contribuciones.
— Plazo 12 meses — 3 días, notifi. Preliquidacion. — 15 días derecho o audiencias— 6 meses — corrige o paga 20% de comisión.
PRACTICAR VISITAS DOMICILIARIAS INSTITUCIONES SISTEMA FINANCIERO
plazo 12 meses — ofc. — 24 días— 3 días -ofic. De observ. –ACTOS–6 meses
PRÁCTICAS DE VISITAS DOMICILIARIAS A LOS ASESORES FISCALES (ART.197 CFF) Informe que da el asesor fiscal a la autoridad que está acerca de la planeación fiscal que realiza el cliente.
ofc. Asesor fiscal — 24 hrs– ofc observ. 3 días — actos — derecho audiencia– 6 meses — resolución.
FIDEICOMISOS ➔ Transfieren bien o recurso ➔ Sujeto: fideicomitente, fideicomisario, fiduciario
DETERMINACIÓN PRESUNTIVA (ART 55/59 CFF) ● Indicarle un presupuesto al contribuyente ● La autoridad se determina de acuerdo a los documentos que están en su poder y suposiciones.
FORMAS DE DIRIGIRSE A LA AUTORIDAD
Acuerdo Conclusivo -> 69 CF ● Mediación en materia fiscal ● Dada en Facultades de comprobación Arts 42 fracciones III, II, IX; Entre la última acta parcial y acta final, oficio de observadores, Preliquidación o con cualquier facultad de Comprobación antes de la resolución definitiva, Durante el periodo de manifestaciones (20 días) ● Mediador prodecon ★ Fracción II: En el código financiero del Estado de México, no viene estipulada la mediación. ★ Revisión electrónica Fracción IX ★ Solicitud ante prodecon: 20 días Requerimiento de autoridad. (Mesas de trabajo) (Reducción de 100%) de multa: 20 días Conclusión de procedimiento ● Si hay resolución definitiva, no hay facultad de comprobación ni acuerdo conclusivo. ● No existirá un medio de defensa ordinario y no habría juicio de lesividad (La autoridad te puede demandar teniendo un periodo de 5 años
DELITOS FISCALES
Se persiguen por: ● Querella ● Denuncia MULTA ● ART. 73 ESPONTÁNEO: cumplir con la obligación fuera de los plazos establecidos, sin que se entere la autoridad, por lo cual no puede sancionar. ● ART. 74: SUSTANTIVO: Incumplimiento de la obligación de DAR (pago), la autoridad impone del 10 % de lo admitido hasta el 100%. ● ART 75: AGRAVANTES
PROCEDIMIENTO (RECURSO ADMINISTRATIVO)
RECURSO DE REVOCACIÓN (ART 116 CFF) ● actos de autoridades fiscales federales Plazo: 30 días ● Resoluciones de autoridades fiscales federales
RECURSO DE INCONFORMIDAD (ART 294/295 LSS // 52 LINFONAVIT) ● Resoluciones de Organismos Fiscales Autónomos ● Actos de organismos Fiscales Autónomos plazo: 15 días.
PROCESO JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
VÍAS●
Sumarias ● ordinarias ● resoluciones exclusivas de fondo.
PROCEDENCIA
Actos y resoluciones definitivas de autoridades administrativas y fiscales, PLAZO: 30 DÍAS, siguientes a aye surta efectos la notificación.
MODALIDADES EN LÍNEA
Salas regionales y sala superior ● salas especiales ● NATURALEZA ADMINISTRATIVA