Ley Orgánica de la Policía Nacional: Principios, Organización y Funciones

Título I: Policía Nacional

Capítulo I: Principios Generales

Art. 1º La Policía Nacional es una institución fundamental del Estado que cumple funciones de carácter público, esencialmente preventivas y de auxilio, fundada en los valores sociales de seguridad, paz, justicia y preservación del ordenamiento jurídico que en forma regular y continua, asegura el normal desenvolvimiento de todas las actividades de la sociedad.

Art. 2º La Policía Nacional tiene a su cargo la totalidad de la actividad policial; centraliza bajo un solo mando y escalafón único los organismos policiales mencionados en el artículo 215 de la Constitución Política del Estado, con la finalidad de cumplir las funciones específicas que le asignen las leyes y reglamentos.

Art. 3º La Policía Nacional es una institución cuyo desenvolvimiento se rige por la Constitución Política del Estado, la presente ley y sus reglamentos; no delibera ni realiza acción política partidista. Sin embargo, sus miembros pueden ejercer sus derechos de ciudadanía, de acuerdo a disposiciones legales.

Capítulo II: De la Dependencia

Art. 4º La Policía Nacional depende del Presidente de la República, quien ejerce autoridad por intermedio del Ministro del Interior, Migración y Ley Orgánica de la Policía Nacional.

Art. 5º En caso de conflicto armado internacional, la Policía Nacional, sin dejar de ejercer sus específicas funciones, pasará a depender del Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación por el tiempo que dure el conflicto.

Capítulo III: Misión y Atribuciones

Art. 6º La Policía Nacional tiene por misión fundamental, conservar el orden público, la defensa de la sociedad y la garantía del cumplimiento de las leyes, con la finalidad de hacer posible que los habitantes y la sociedad se desarrollen a plenitud, en un clima de paz y tranquilidad.

Art. 7º Son atribuciones de la Policía Nacional las siguientes:

  1. Preservar los derechos y garantías fundamentales, reconocidos a las personas por la Constitución Política del Estado.
  2. Proteger el patrimonio público y privado.
  3. Prevenir los delitos, faltas, contravenciones y otras manifestaciones antisociales.
  4. Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y demás disposiciones relacionadas con sus funciones de: Policía Rural, Fronteriza, Aduanera, Ferrocarrilera, Substancias Peligrosas, Minera, Turismo y otras especialidades.
  5. Seguridad, tanto de los establecimientos penitenciarios como de la población penal y participar en la rehabilitación de los mismos.

Título II: Organización y Funciones

Capítulo I: Organización

Art. 8º La Policía Nacional es una institución técnico-científica, organizada según los principios de administración, integración de funciones, jerarquía y atribuciones propias para esta clase de actividades.

Art. 9º Para el cumplimiento de sus funciones la Policía Nacional está organizada de la siguiente manera:

Administración Central

Organismos de Dirección y Control
  1. Comando General
  2. Sub Comando General
  3. Inspectoría General
Organismo Disciplinario
  1. Tribunal Disciplinario Superior
Organismos de Asesoramiento y Apoyo
  1. Dirección Nacional de Personal
  2. Dirección Nacional de Inteligencia
  3. Dirección Nacional de Planeamiento y Operaciones
  4. Dirección Nacional Administrativa
  5. Dirección Nacional de Servicios Técnicos Auxiliares
  6. Dirección Nacional de Identificación Personal
  7. Dirección Nacional de Salud y Bienestar Social
  8. Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza
  9. Dirección Nacional de Control de Substancias Peligrosas
  10. Dirección de la Oficina Central Nacional de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL)
Organismos Descentralizados
  1. Fondo Complementario de Seguridad Social
  2. Consejo Nacional de Vivienda Policial
  3. Centro Nacional de Producción

Administración Desconcentrada

Organismos de Dirección y Control
  1. Comando Departamental de Policía
  2. Sub Comando Departamental de Policía
  3. Inspectoría Departamental
Organismo Disciplinario
  1. Tribunal Disciplinario Departamental
Organismos de Asesoramiento y Apoyo
  1. Departamento de Personal
  2. Departamento de Inteligencia
  3. Departamento de Planeamiento y Operaciones
  4. Departamento de Administración

Art. 10º El Comando General creará o suprimirá las Unidades de los organismos operativos de la Administración desconcentrada, de acuerdo a las necesidades del servicio.

Capítulo II: Funciones Administración General

Art. 11º El Comando Gral. de la Policía Nacional es el órgano máximo de dirección, administración y decisión; se ejerce a través del Comandante General y Sub Comandante General.

Art. 12º El Comandante Gral. es la máxima autoridad de la institución; ejerce funciones directivas y de mando en todo el territorio nacional.

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