Leyes Orgánicas Procesales y Funcionamiento del Sistema Judicial Venezolano

Leyes Orgánicas de Naturaleza Procesal

Las leyes orgánicas de naturaleza procesal son aquellas que regulan los procedimientos judiciales. En Venezuela, destacan la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) forma parte del Sistema de Justicia y goza de autonomía funcional, financiera y administrativa. Su sede principal está en Caracas, pero la Sala Plena puede ejercer funciones provisionalmente en otra ciudad.

Estructura del TSJ:

  • Sala Constitucional (7 magistrados)
  • Sala Electoral (5 magistrados)
  • Sala Político-Administrativa (5 magistrados)
  • Sala de Casación Penal (5 magistrados)
  • Sala de Casación Social (5 magistrados)
  • Sala de Casación Civil (5 magistrados)
  • Sala Plena (32 magistrados)

La Junta Directiva del TSJ está compuesta por un Presidente, un Primer Vicepresidente, un Segundo Vicepresidente y tres Directores. Se elige cada dos años.

Competencias de las Salas del TSJ

  • Sala Plena: Enjuicia al Presidente y altos funcionarios, resuelve conflictos entre tribunales, entre otras.
  • Sala Constitucional: Verifica tratados internacionales, revisa sentencias con control difuso, se avoca a causas con violación del orden constitucional, entre otras.
  • Sala Político-Administrativa: Conoce causas contra la República, Estados y Municipios, nulidad de actos administrativos, pérdida de la nacionalidad, entre otras.
  • Sala Electoral: Conoce acciones de amparo electoral, demandas contencioso electorales, entre otras.
  • Sala de Casación Civil: Conoce recursos de casación en procesos civiles, mercantiles y marítimos, da fuerza ejecutiva a decisiones extranjeras (exequatur), entre otras.
  • Sala de Casación Penal: Concede o no la extradición, resuelve solicitudes de radicación de juicio, entre otras.
  • Sala de Casación Social: Conoce recursos de casación en materia de trabajo, familia, protección del niño y agrarios, conoce el recurso de control de la legalidad, entre otras.

Atribuciones Administrativas del TSJ

  • Toma juramento al Presidente de la República si no acude a la Asamblea Nacional.
  • Nombra y juramenta a los jueces.
  • Convoca a los suplentes.
  • Dicta su reglamento interno.

Los magistrados son designados por la Asamblea Nacional por un período único de doce años. Los Consejos Comunales pueden participar en la gestión del TSJ. La Gaceta Judicial es el órgano oficial de divulgación de las decisiones del TSJ.

Ley Orgánica del Poder Judicial

Esta ley rige el ejercicio de la administración de justicia y establece los principios constitucionales como la independencia del Poder Judicial, con autonomía funcional, económica y administrativa. La jurisdicción es inviolable, y corresponde a los tribunales juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Los jueces son autónomos, independientes e imparciales.

Los tribunales unipersonales están constituidos por el Juez, el Secretario y el Alguacil. El Alguacil tiene carácter de autoridad policial dentro de la sede de los tribunales. Los jueces poseen una credencial que acredita su identidad y función.

El Juez: Función y Requisitos

El juez es un funcionario público con jurisdicción para conocer, tramitar y resolver procesos. Administra justicia en nombre del Estado.

Condiciones para ser Juez

  • Ser venezolano por nacimiento.
  • Ser ciudadano de reconocida honorabilidad.
  • Ser jurista de reconocida competencia, con experiencia en abogacía, docencia universitaria o carrera judicial, según el caso.
  • Estar en plena capacidad mental.
  • No tener antecedentes penales.
  • Renunciar a cualquier militancia político-partidista y no tener vínculos de consanguinidad o afinidad con altos funcionarios.

Atribuciones e Incompatibilidades

  • Administrar justicia.
  • No pueden ejercer otro cargo público remunerado.
  • No pueden llevar a cabo activismo político partidista, gremial o sindical.
  • Deben abstenerse de expresar su opinión respecto a los asuntos que deben decidir.
  • Pueden ejercer cargos académicos y docentes, y ser miembros de comisiones codificadoras, redactoras o revisoras de leyes.

Ingreso a la Carrera Judicial

El artículo 255 de la Constitución establece el ingreso a la carrera judicial y el ascenso por concursos de oposición públicos que aseguren la idoneidad y excelencia del juez. El nombramiento y juramentación de los jueces corresponde al TSJ. Se prevé la participación ciudadana en la selección y designación.

El Secretario: Funciones

El Secretario es un funcionario público que, junto con el Juez y el Alguacil, constituye el Tribunal.

Deberes y Atribuciones del Secretario

  • Autorizar con su firma los actos del tribunal.
  • Dirigir la secretaría y custodiar el sello del tribunal.
  • Autorizar las solicitudes de las partes.
  • Recibir documentos y escritos, y dar cuenta al juez.
  • Llevar el libro diario junto con el juez.

Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM)

La DEM es un órgano administrativo que depende de la Sala Plena del TSJ. Su objetivo es optimizar los procesos, fortalecer el capital humano, incorporar nuevas tecnologías, consolidar la infraestructura y desarrollar una cultura organizacional para prestar un servicio de calidad.

Atribuciones de la DEM

  • Ejecutar los lineamientos de la Sala Plena.
  • Promover estudios para incrementar la eficiencia institucional.
  • Decidir sobre el ingreso y remoción del personal de la DEM, bajo instrucciones de la Sala Plena.

Órganos Auxiliares del Sistema de Justicia

  • Inspectoría General de Tribunales.
  • Inspectoría General de Defensas Públicas.
  • Escuela Nacional de la Magistratura.

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