Derecho de la Información: Conceptos Fundamentales
Doctrinas Relevantes
Doctrina de la Posición Preferente
Se emplea, a modo de razonamiento lógico, para ponderar las circunstancias que concurren en un mensaje para justificar o no la prevalencia de la libertad de expresión sobre otros bienes o derechos. Esta prevalencia dependerá, sobre todo, de que concurran razones de interés general. (Delimita el alcance del derecho a la libertad de expresión y de prensa).
Doctrina Jurisprudencial sobre Cargos Públicos
Se entiende que, aunque una información publicada en un medio de comunicación contenga datos falsos y suponga una grave vulneración del derecho al honor de un cargo público, no puede ser restringida, sino que gozará de protección constitucional.
Personajes Populares
No son defendidos directamente del acoso o los insultos genéricos, pero si inician una querella por vulneraciones concretas a sus derechos (como el honor o la intimidad), tienen altas posibilidades de ganar. Se puede criticar la actuación pública de un personaje, pero no atacar a la persona en su esfera privada o dignidad.
Derechos y Deberes del Profesional de la Información
La Cláusula de Conciencia
Es un derecho constitucional de los profesionales de la información que tiene por objeto garantizar la independencia en el desempeño de su función profesional. En la Constitución Española, se reconoce este derecho. Los vínculos laborales con la empresa para la que trabaja y, más en concreto, su independencia, pueden estar limitados por:
- La línea editorial del medio.
- El Estatuto de Redacción (que puede establecer directrices sobre el contenido).
- La cadena de mando interna.
El Secreto Profesional
Consiste en el derecho del periodista a no revelar la identidad de sus fuentes de información al dar a conocer hechos obtenidos a través de su actividad periodística. El secreto profesional no constituye un deber, sino un derecho del que disfruta el periodista.
- Diferencia con otras profesiones: Por ejemplo, los abogados tienen un deber de discreción sobre los datos que conocen gracias a su profesión.
Límites del Secreto Profesional
- Falta de veracidad manifiesta en la información obtenida.
- Riesgo de daño grave o inminente a terceros.
- Afectación a la seguridad del Estado.
- Necesidad de protección de la intimidad y de la vida privada.
- La obligación legal de impedir la comisión de un delito.
Objeción de Conciencia de los Periodistas
Se refiere a toda reacción de la conciencia moral contra el cumplimiento de un acto impuesto al individuo por el medio en el que trabaja, en menoscabo de sus convicciones personales. El derecho a la objeción de conciencia, más que un derecho activo, es la exención a un deber profesional por motivos morales.
Medidas Restrictivas y Principios Democráticos
Secuestro Judicial de las Publicaciones
Es aquella medida consistente en la retención por parte de los poderes públicos (mediante orden judicial) de cualquier obra impresa, sonora o audiovisual, con el fin de evitar un pánico general, interrumpir una investigación judicial o proteger derechos fundamentales vulnerados.
Censura Previa
La prohibición de la censura previa es absoluta. Este carácter absoluto se explica en el hecho de que en una democracia no puede tener cabida la censura, siendo censura y democracia dos términos antitéticos. Cosa distinta será que, una vez aparecida la publicación, se interponga una denuncia y posteriormente exista una intervención judicial en razón de su contenido, si este es ilícito.
Pluralismo
El pluralismo político es uno de los valores superiores del ordenamiento jurídico español. Su respeto debe exigirse también a las normas que regulan los medios de comunicación social.
- Pluralismo de medios de comunicación: Coexistencia plural de diversos medios de comunicación, tanto públicos como privados (relacionado con la libertad de empresa y competencia).
- Pluralismo en los medios de comunicación: Participación de los diversos grupos sociales y políticos significativos en la programación de los medios audiovisuales, públicos y privados (relacionado con la libertad de expresión).
Derechos de los Ciudadanos Frente a la Información
Derecho de Rectificación
Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a rectificar la información difundida por cualquier medio de comunicación social sobre hechos que le aludan, que considere inexactos y cuya divulgación pueda causarle perjuicio.
Grabación con Cámara Oculta
En algunos casos de reportajes con cámara oculta, los tribunales han dado prioridad al derecho a la propia imagen y a otros que puedan verse afectados (como la intimidad o el honor), frente a la libertad de información, debido a su capacidad intrusiva en los derechos fundamentales de terceros. Esto se debe a varios motivos:
- La persona grabada no tiene conocimiento de ello y, por lo tanto, no puede oponerse a la grabación o difusión.
- La imagen se publica en un medio masivo sin el consentimiento ni conocimiento previo del afectado.
Derecho a la Intimidad
Es un derecho fundamental de la personalidad que protege la decisión de mantener reservada o secreta alguna faceta de nuestra personalidad o nuestra vida, o el control sobre la difusión de esos datos. Quedaría vulnerado el derecho a la intimidad cuando se viole la esfera privada de la persona sin su consentimiento y sin justificación legal (como el interés público relevante).
Derecho al Honor
Es un derecho fundamental de la personalidad, vinculado a la dignidad de una persona, que protege su fama (consideración ajena) o su propia estimación. Se consideraría lesionado si la difusión de información o expresiones produjera una pérdida o menosprecio en la consideración ajena o atentara contra la propia estima.
Secreto de las Comunicaciones
Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial motivada (Artículo 18.3 de la Constitución Española).
Normativa Penal Relacionada
Injurias
Acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Calumnias
Imputación de un delito a alguien, hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.