Nulidad:
provoca el cese de los efectos jurídicos del tratado, porque se omitieron
Algunos requisitos de fondo o forma requeridos para su validez.
a.
Nulidad absoluta:
causal gravosa que afecta a la comunidad internacional en su conjunto, Impide confirmar el tratado. -> Coacción al representante del Estado.
b.
Nulidad relativa:
causas menos gravosas que afecta la relación bilateral entre estados y Permite la convalidación del acto nulo -> causales:
1.La Violación manifestada de una norma de importancia fundamental de derecho Interno sobre la competencia para celebrar tratados.
2.El Representante del estado tenia dentro de sus poderes una restricción específica Para manifestar el consentimiento del estado, siempre que dicha restricción Haya sido notificada con anterioridad a los demás estados negociadores.
3.El Error
4.El Dolo
5.La Corrupción de un representante del Estado
3.Efectos de la Nulidad: Efecto Retroactivo y Buena Fe
Efecto retroactivo:
Toda parte, podrá exigir de cualquiera otra parte que en la Medida de lo posible establezca en sus relaciones mutuas la situación que Habría existido si no se hubiesen ejecutado esos actos, efecto retroactivo (se Deja al arbitrio de las partes).
Buena fe:
Los actos ejecutados de buena fe, antes de que se haya alegado la nulidad, no Resultaran ilícitos por el solo hecho de la nulidad del tratado; presunción de Buena fe. Se debe probar la mala fe.
4.La terminación de los Tratados: Enumeración causales; Concepto de Violación grave de un tratado
-Terminación De los tratados: produce cese de los efectos jurídicos del tratado, ya sea por Causales que operan por la convencíón de Viena o que estén contenidas en el Propio tratado. -> causales:
1.Causal De ineficacia
2.La Denuncia
3.El Mutuo consentimiento
Concepto de violación Grave de un tratado: una violación grave de un tratado bilateral por una de las Partes facultara a la otra parte para alegar la violación como causa para dar Por terminado el tratado o para suspender su aplicación total o parcialmente.
5.Principios en materia de Interpretación; Reglas Complementarias de interpretación;
6.Relaciones entre el derecho
Internacional y el derecho interno: Doctrina Monista, Pluralista, Monismo
Moderado. Aplicación del DI: Recepción de los Tratados, Conflicto entre normas
De DI y normas de D. Interno.Aplicación del DI: Recepción global. Relaciones entre el
Derecho internac. Y derecho interno.
7.Reconocimiento Estados. Concepto.
Sujetos. Carácterísticas. Forma. Efectos y revocación. Reconocimiento de los
Gobiernos. Teorías.
Reconocimiento de Estados:
acto libre por el cual uno o varios Estados constatan
La existencia sobre un territorio determinado de una sociedad humana
Políticamente organizada, independiente de cualquier otro estado existente,
Capaz de observar las prescripciones del DI, y manifiestan consiguientemente su
Voluntad de considerarlo como miembro de la comunidad internacional.
Sujetos:
el reconocimiento lo puede hacer el estado (competencia del poder
Ejecutivo) o la organización
Internacional (reconociemiento colectivo)
Características:
Libre y discrecional cada sujeto va a
Decidir si reconoce o no al tratado, sin embargo, la discrecionalidad admite
Algunos límites:
1.La observancia de las normas imperativas de DI
2.La verificación de los ejemplos del Estado en el sujeto
Forma en que se lleva a Cabo:
rige el
Principio de no formalismo, distinguíéndose entre reconocimiento de iure: el
Definitivo y pleno, el reconocimiento de facto: provisional o limitado a
Ciertas relaciones jurídicas.
Efecto del Reconocimiento:
Hay que distinguir dos doctrinas, tesis constitutiva y tesis declarativa.
Reconocimiento de los Gobiernos:
Procedimiento normal que se lleva a cabo por medio de una nota de respuesta a
La notificación de instalación del nuevo gobierno.
8.Responsabilidad internacional del
Estado. Carácterísticas. Ilícito internacional. Crimen y delito internacional.
Circunstancias que excluyen la ilicitud.(sólo enumerar). Consecuencias
Derivadas de la comisión de un ilícito. Sólo las formas de reparación.
9.Organizaciones Internacionales.
Concepto y carácterísticas. Clasificaciones. Órganos y métodos de adopción de
Decisiones.
Organizaciones internacionales:
son sujetos
Creados por los estados mediante un tratado, dotados de órganos permanentes con
Voluntad propia jurídicamente distinto a la de sus miembros en el marco de
Competencias atribuidas para la consecución de los objetivos convenidos.
Características:
1.Acto Constitutivo de la organización, es un tratado celebrado entre estados
2.Su Subjetividad internacional es secundaria y funcional
Clasificaciones:
1.Organizaciones Abiertas o cerradas
2.Organizaciones Generales o sectoriales
3.Organizaciones De cooperación e integración
Órganos:
mediante ellos expresan su voluntad
Independiente de los estados miembros.
1.Órganos principales
2.Órganos subsidiarios
Método de adopción de Decisiones:
Facultad de expresar su voluntad propia mediante actos de sus órganos
(unanimidad, la mayoría y consenso).
10.La persona humana como sujeto de Derecho internacional: Titular de derechos y obligaciones del sistema jurídico Internacional
que los seres humanos no Tienen acceso a la Corte Internacional de Justicia ni en la vía contenciosa ni Consultiva.
Los tratados de derechos Humanos, no sólo establecen derechos para las personas y obligaciones para los Estados, sino que consagran un sistema para proteger la dignidad humana que Constituye un verdadero orden público internacional, cuyo mantenimiento debe Ser de interés de todos los Estados que participan en el sistema
11.Sistema Interamericano: Los órganos Del sistema interamericano de derechos humanos
función principal, la de promover la observancia y la defensa de los
Derechos humanos y de servir como órgano consultivo de la Organización en esta
Materia.
Una convencíón interamericana sobre derechos
Humanos determinará la estructura, competencia y procedimiento de dicha
Comisión, así como los de los otros órganos encargados de esa materia.
12.La Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Composición de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; Funciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Composición de la Comisión de los derechos humanos:
Los Miembros de la Comisión son elegidos por cuatro años y
Sólo podrán ser reelegidos una vez.
la Comisión se compone de Siete miembros que deberán ser personas de alta autoridad moral y reconocida competencia En materia de derechos humanos, elegidos a título personal por la Asamblea General de la OEA de una lista de candidatos propuestos por los gobiernos de Los Estados miembros. Cada uno de dichos gobiernos puede proponer hasta tres Candidatos nacionales del Estado que los proponga o de cualquier otro estado Miembro de la OEA.
Los Miembros de la Comisión son elegidos por cuatro años y sólo podrán ser reelegidos una vez.
13.La Corte Interamericana de Derechos
Humanos: Composición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ; Funciones
De la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La corte interamericana de los Derechos humanos:
Conoce los casos en que se alegue que uno de los Estados partes ha violado un
Derecho o libertad protegidos por la Convencíón, siendo necesario que se hayan
Agotados los procedimientos previstos en la misma, tales como el agotamiento de
Los recursos internos.