Derecho Civil
El Derecho Civil regula diversos aspectos:
- Personalidad: Normas que rigen la existencia legal de las personas.
- Familia: Regula las relaciones familiares.
- Patrimonio: Normas sobre los bienes y derechos de las personas.
- Sucesión: Regula la transmisión de bienes tras la muerte.
- Teoría de la Ley y Fuentes del Derecho: Establece los fundamentos del sistema legal.
Se clasifica como Derecho Privado, General y Común.
Distinción entre Derecho Público y Derecho Privado
Se diferencian por:
- Regulación: Ámbito de aplicación.
- Finalidad: Objetivo de las normas.
- Sujetos: Partes involucradas.
- Naturaleza de la relación: Tipo de vínculo entre las partes.
- Actividad regulada: El Derecho Privado permite todo lo que no prohíbe la ley, mientras que el Derecho Público solo permite lo expresamente establecido por la ley.
Importancia del Derecho Civil
- Carácter General: Sus normas se aplican supletoriamente a vacíos en derechos especiales, siendo el principal representante del Derecho Privado.
- Fundamentos: Sus principios sirven de base para los derechos especiales.
Principios del Derecho Civil
- Autonomía de la Voluntad: Capacidad de las personas para autorregular sus relaciones jurídicas.
- Buena Fe: Actuar con honestidad y lealtad en las relaciones jurídicas.
- Enriquecimiento sin Causa: Nadie puede enriquecerse injustamente a expensas de otro.
- Responsabilidad: Obligación de responder por las consecuencias de los propios actos.
- Libre Circulación de los Bienes: Facilidad para la transmisión de la propiedad.
Teoría de la Ley
Concepciones de la Ley
- Sentido Riguroso y Técnico: Norma jurídica emanada del poder legislativo, con un elemento material (mandato general y abstracto) y un elemento formal (poder legislativo y procedimiento de creación).
- Sentido Puramente Formal: Acto del poder legislativo sin norma jurídica, pero con el mismo procedimiento de formación.
- Sentido Puramente Material o Sustancial: Norma jurídica dictada por un poder público distinto al legislativo.
Características de la Ley
- Regla social.
- Obligatoria.
- Permanente.
- Establecida por la autoridad pública.
- Sancionada por la fuerza.
- General.
- Cierta.
Requisitos de la Ley
- Declaración de la voluntad soberana.
- Manifestación de la voluntad en la forma prescrita por la Constitución.
Especies de Mandatos
- Leyes Imperativas: Obligan a una conducta.
- Leyes Prohibitivas: Impiden una conducta.
- Leyes Permisivas: Autorizan una conducta.
Clasificación de las Leyes
- Leyes Declarativas o Supletivas: Establecen reglas que las partes pueden modificar.
- Leyes Imperativas, Prohibitivas y Permisivas: Clasificación según su obligatoriedad.
- Leyes Dispositivas: El legislador dicta normas para resolver conflictos.
Importancia de la Clasificación: La sanción varía según el tipo de ley. 1) Nulidad absoluta o relativa. 2) Sanción particular del legislador. 3) Indemnización o reconocimiento.
- Ley en Sentido Amplio: Conjunto de normas de observancia general emanadas del Estado.
- Ley en Sentido Estricto: Norma general emanada del poder legislativo según el procedimiento constitucional.
Clasificación según su Finalidad
- Leyes Innovativas: Introducen nuevas normas.
- Leyes Interpretativas: Aclaran el sentido de normas existentes.
- Leyes Modificatorias: Alteran normas existentes.
- Leyes Derogatorias: Eliminan normas existentes.
Clasificación según la Constitución de 1980
- Leyes de Reforma Constitucional: 3/5 de los parlamentarios.
- Leyes Interpretativas de la Constitución: 3/5 de los parlamentarios.
- Leyes Orgánicas Constitucionales: 4/7 de los parlamentarios.
- Leyes de Quórum Calificado: Mayoría absoluta.
- Leyes Ordinarias: Mayoría simple.
Constitucionalidad de la Ley: Se revisa la forma (procedimiento) y el fondo (contenido).
Entrada en Vigencia de la Ley
- Sistema Simultáneo, Uniforme o Instantáneo: Entra en vigor en una fecha específica para todo el territorio.
- Sistema del Plazo Sucesivo, Gradual o Progresivo: Entra en vigor gradualmente en diferentes fechas o zonas.
Formación de la Ley
- Iniciativa u Origen.
- Discusión.
- Aprobación.
- Sanción o Veto.
- Promulgación.
- Publicación.
Instrumentos de Igual Jerarquía que la Ley
- Decretos Leyes.
- Decretos con Fuerza de Ley.
Costumbre Jurídica
Requisitos:
- Generalidad.
- Constancia y Uniformidad.
- Temporalidad.
- Espacialidad o Territorialidad.
- Publicidad.
- Elemento Espiritual o Interno: Convicción de obligatoriedad.
Clasificación de la Costumbre
- Costumbre Civil.
- Costumbre Mercantil o Comercial.
- Costumbre Administrativa.
- Costumbre Internacional.
Paralelo entre la Costumbre y la Ley
- Origen: La costumbre surge de la repetición constante de actos, la ley de un proceso formal.
- Plazo de Gestación: La costumbre es lenta e incierta, la ley es más rápida y precisa.
- Autor: La costumbre tiene un autor interpersonal y anónimo (la comunidad), la ley tiene un autor determinado (el legislador).
- Prueba: La costumbre debe ser probada, la ley se presume conocida.
- Fuente: La costumbre puede ser fuente material y formal, la ley es solo fuente formal.