Manual de Derecho Civil: Principios, Teoría de la Ley y Costumbre Jurídica

Derecho Civil

El Derecho Civil regula diversos aspectos:

  • Personalidad: Normas que rigen la existencia legal de las personas.
  • Familia: Regula las relaciones familiares.
  • Patrimonio: Normas sobre los bienes y derechos de las personas.
  • Sucesión: Regula la transmisión de bienes tras la muerte.
  • Teoría de la Ley y Fuentes del Derecho: Establece los fundamentos del sistema legal.

Se clasifica como Derecho Privado, General y Común.

Distinción entre Derecho Público y Derecho Privado

Se diferencian por:

  • Regulación: Ámbito de aplicación.
  • Finalidad: Objetivo de las normas.
  • Sujetos: Partes involucradas.
  • Naturaleza de la relación: Tipo de vínculo entre las partes.
  • Actividad regulada: El Derecho Privado permite todo lo que no prohíbe la ley, mientras que el Derecho Público solo permite lo expresamente establecido por la ley.

Importancia del Derecho Civil

  1. Carácter General: Sus normas se aplican supletoriamente a vacíos en derechos especiales, siendo el principal representante del Derecho Privado.
  2. Fundamentos: Sus principios sirven de base para los derechos especiales.

Principios del Derecho Civil

  • Autonomía de la Voluntad: Capacidad de las personas para autorregular sus relaciones jurídicas.
  • Buena Fe: Actuar con honestidad y lealtad en las relaciones jurídicas.
  • Enriquecimiento sin Causa: Nadie puede enriquecerse injustamente a expensas de otro.
  • Responsabilidad: Obligación de responder por las consecuencias de los propios actos.
  • Libre Circulación de los Bienes: Facilidad para la transmisión de la propiedad.

Teoría de la Ley

Concepciones de la Ley

  • Sentido Riguroso y Técnico: Norma jurídica emanada del poder legislativo, con un elemento material (mandato general y abstracto) y un elemento formal (poder legislativo y procedimiento de creación).
  • Sentido Puramente Formal: Acto del poder legislativo sin norma jurídica, pero con el mismo procedimiento de formación.
  • Sentido Puramente Material o Sustancial: Norma jurídica dictada por un poder público distinto al legislativo.

Características de la Ley

  • Regla social.
  • Obligatoria.
  • Permanente.
  • Establecida por la autoridad pública.
  • Sancionada por la fuerza.
  • General.
  • Cierta.

Requisitos de la Ley

  1. Declaración de la voluntad soberana.
  2. Manifestación de la voluntad en la forma prescrita por la Constitución.

Especies de Mandatos

  • Leyes Imperativas: Obligan a una conducta.
  • Leyes Prohibitivas: Impiden una conducta.
  • Leyes Permisivas: Autorizan una conducta.

Clasificación de las Leyes

  1. Leyes Declarativas o Supletivas: Establecen reglas que las partes pueden modificar.
  2. Leyes Imperativas, Prohibitivas y Permisivas: Clasificación según su obligatoriedad.
  3. Leyes Dispositivas: El legislador dicta normas para resolver conflictos.

Importancia de la Clasificación: La sanción varía según el tipo de ley. 1) Nulidad absoluta o relativa. 2) Sanción particular del legislador. 3) Indemnización o reconocimiento.

  1. Ley en Sentido Amplio: Conjunto de normas de observancia general emanadas del Estado.
  2. Ley en Sentido Estricto: Norma general emanada del poder legislativo según el procedimiento constitucional.

Clasificación según su Finalidad

  1. Leyes Innovativas: Introducen nuevas normas.
  2. Leyes Interpretativas: Aclaran el sentido de normas existentes.
  3. Leyes Modificatorias: Alteran normas existentes.
  4. Leyes Derogatorias: Eliminan normas existentes.

Clasificación según la Constitución de 1980

  1. Leyes de Reforma Constitucional: 3/5 de los parlamentarios.
  2. Leyes Interpretativas de la Constitución: 3/5 de los parlamentarios.
  3. Leyes Orgánicas Constitucionales: 4/7 de los parlamentarios.
  4. Leyes de Quórum Calificado: Mayoría absoluta.
  5. Leyes Ordinarias: Mayoría simple.

Constitucionalidad de la Ley: Se revisa la forma (procedimiento) y el fondo (contenido).

Entrada en Vigencia de la Ley

  1. Sistema Simultáneo, Uniforme o Instantáneo: Entra en vigor en una fecha específica para todo el territorio.
  2. Sistema del Plazo Sucesivo, Gradual o Progresivo: Entra en vigor gradualmente en diferentes fechas o zonas.

Formación de la Ley

  1. Iniciativa u Origen.
  2. Discusión.
  3. Aprobación.
  4. Sanción o Veto.
  5. Promulgación.
  6. Publicación.

Instrumentos de Igual Jerarquía que la Ley

  1. Decretos Leyes.
  2. Decretos con Fuerza de Ley.

Costumbre Jurídica

Requisitos:

  1. Generalidad.
  2. Constancia y Uniformidad.
  3. Temporalidad.
  4. Espacialidad o Territorialidad.
  5. Publicidad.
  6. Elemento Espiritual o Interno: Convicción de obligatoriedad.

Clasificación de la Costumbre

  • Costumbre Civil.
  • Costumbre Mercantil o Comercial.
  • Costumbre Administrativa.
  • Costumbre Internacional.

Paralelo entre la Costumbre y la Ley

  • Origen: La costumbre surge de la repetición constante de actos, la ley de un proceso formal.
  • Plazo de Gestación: La costumbre es lenta e incierta, la ley es más rápida y precisa.
  • Autor: La costumbre tiene un autor interpersonal y anónimo (la comunidad), la ley tiene un autor determinado (el legislador).
  • Prueba: La costumbre debe ser probada, la ley se presume conocida.
  • Fuente: La costumbre puede ser fuente material y formal, la ley es solo fuente formal.

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