Mecanismos de Protección de Derechos Fundamentales
Habeas Corpus
Habeas Corpus: Proviene del latín y se traduce como “tendrás tu cuerpo libre”. Se configura como un medio, procedimiento y defensa de los derechos del detenido privado de libertad ilegalmente. Su aplicación se rige por el artículo 17.4 de la Constitución Española.
Para que sea eficaz, deben cumplirse dos condiciones:
- Una detención.
- Que la detención haya sido cometida por autoridades o funcionarios públicos.
El juez de instrucción competente es el del lugar donde se encuentre el detenido, o en su defecto, donde se hayan tenido las últimas noticias de su paradero. Si la detención es a personas pertenecientes a bandas armadas, terroristas o rebeldes, la competencia es para el juzgado central de instrucción. En el ámbito militar, corresponderá al juez togado militar de instrucción.
¿Quién puede solicitar el Habeas Corpus?
- El detenido.
- Su cónyuge.
- Sus ascendientes, descendientes o hermanos.
- Si es menor o incapaz, sus representantes legales.
- El Ministerio Fiscal.
- El Defensor del Pueblo.
- El abogado del detenido, cuando actúe en virtud de un mandato expreso y tácito.
La solicitud de Habeas Corpus se pondrá en conocimiento del juez, quien dará traslado de la solicitud al Ministerio Fiscal y, a través de auto, decidirá si incoa o no el procedimiento de Habeas Corpus. Una vez incoado, se constituirá en el lugar donde se encuentre el detenido, o puede ordenar que se le presente al detenido donde él se encuentre. Después, el juez escuchará al detenido, o en su caso, al representante legal o abogado. Se resuelve en un plazo de 24 horas.
Garantías No Jurisdiccionales
Son aquellas cuya actuación está asignada a órganos de carácter político, administrativo y judicial, pero de naturaleza no jurisdiccional. Su objetivo principal es velar por la realización de los derechos humanos. Entre las garantías más importantes se encuentra:
La Institución del Ombudsman (Defensor del Pueblo)
Es un órgano unipersonal de control y vigilancia de la administración cuyo objetivo es velar por los derechos de los ciudadanos frente a la administración, bien denunciando las irregularidades de los órganos jurisdiccionales o emitiendo informes ante la opinión pública y ante el parlamento.
Algunas características son:
- Es un cargo unipersonal, pero dada la complejidad de la administración, puede haber varios Ombudsman para controlar sectores concretos de la administración o por demarcaciones territoriales, como es el caso de España.
- Cualquier persona puede tener acceso fácilmente al Ombudsman para representar sus quejas.
- El Ombudsman puede acceder a todos los documentos y archivos para comprobar la veracidad de la denuncia.
- Su competencia abarca las diversas administraciones, incluyendo la de justicia y militar.
- Tiene capacidad sancionadora y puede realizar la denuncia.
- Asesora a los particulares.
- En algunos sistemas jurídicos existe la posibilidad de interponer el recurso de inconstitucionalidad.
En España, el Ombudsman recibe el nombre de Defensor del Pueblo, cuya finalidad es la defensa de los derechos recogidos en el título primero de la Constitución.
El Ministerio Fiscal
Tiene la misión de promover la justicia para defender la legalidad y los derechos fundamentales.
El Referéndum
Es aquella consulta del titular del poder al pueblo sobre la validez de las normas y las decisiones políticas relevantes para la comunidad. Existen dos modalidades:
- Referéndum Consultivo: Regulado en el título 92 de la CE. Consiste en una mera consulta sin vincular su resultado al legislador.
- Referéndum Vinculante: Deroga normas o anula actos administrativos o políticos de cualquier índole.
Iniciativa Legislativa Popular
Es la petición voluntaria de los ciudadanos de que se someta a referéndum una decisión importante o que se admita una determinada proposición de ley a discusión.
Garantías Políticas Parlamentarias
Son las realizadas a través de la acción de control que el parlamento tiene sobre el gobierno y sobre el derecho de petición. Las garantías que se realizan a través del control parlamentario son:
- Interpelaciones parlamentarias.
- Moción de censura.
- Derecho de petición.
Asilo
Es la garantía de los derechos humanos que el Estado presta a los extranjeros que hayan penetrado en su territorio por haber huido de su país.
Comités y Comisiones Estatales
Para la protección de concretos derechos humanos.
Garantías Extraordinarias
Desobediencia Civil
Es un tipo especial de negación de contenidos legales que alcanza su máxima expresión en sociedades democráticas por parte de los ciudadanos, siendo tal legalidad merecedora de la más estricta obediencia. Todo acto de desobediencia civil se considera un acto de desobediencia a la ley, pero no todo acto de desobediencia a la ley es un acto de desobediencia civil.
Es ejercida por personas conscientes y comprometidas con la sociedad. Se entiende que el comportamiento de estos ciudadanos no se mueve por el egoísmo, sino por el deseo de universalizar propuestas que mejorarán la vida en sociedad. Los ciudadanos que la practican se sienten orgullosos dado que para ellos es un deber cívico más.
El ejercicio de la desobediencia civil ha de ser público, incluyendo la pretensión de que el ciudadano convenza a los demás de la justicia de sus demandas. Con ello no se vulnerarán aquellos derechos que se incluyen en el mismo bloque legal. Se pretende modificar aquellos aspectos de la legislación que entorpecen el desarrollo de determinados grupos sociales marginados, lesionados o de toda la sociedad.
Justificación de la desobediencia civil:
Antes, las grandes masas de la sociedad no formaban parte de la nación en el sentido político, mientras que aquellos que participaban en el proceso de toma de decisiones detentaban la categoría de ciudadanos políticos. Este empeño podría lograrse si surgieran nuevas formas de participación ciudadana, y es aquí donde la desobediencia civil podría intervenir, incluso si se admitiera a esta como un mecanismo más de formación de decisiones políticas, como lo son ya la iniciativa popular o el referéndum.
La existencia de fundamentos metajurídicos sobre los que se sustenta la constitución: las bases sobre las que se apoya el orden democrático liberal son la dignidad del hombre y la idea de condición humana. Estas dos ideas se relacionan con el hecho de que no confiamos en el poder por muy democrático que este sea. Por ello no es extraño encontrar constitucionalizada la desobediencia a la ley en el ordenamiento liberal y democrático.
Si aceptáramos que fuese posible una perspectiva del procedimiento de democracia, la desobediencia civil estaría justificada cuando las mayorías tomaran decisiones lesivas.
Legítima Defensa
Esto quiere decir que, en caso de ser atacado, el sujeto o la víctima que sufre el daño tiene autorización a usar la fuerza para que, en la medida de lo posible, evitar o hacer menos grave la agresión. La legítima defensa viene reconocida en el ordenamiento jurídico nacional, en el ámbito civil y en el artículo 51 de la Carta de Naciones Unidas. Es una causa que justifica una conducta sancionada penalmente eximiendo de responsabilidad a su autor. Permite reducir o eximir la pena como consecuencia de la comisión del delito.
Sus requisitos son:
- Agresión ilegítima: tal agresión debe de ser ilícita, fundada en un mal inminente, real y actual.
- Necesidad racional del medio empleado: Incluye dos elementos:
- Que el sujeto tenga que defenderse a sí mismo o a otra persona sin ninguna posibilidad de obtener ayuda.
- Este elemento está constituido por la utilización de cualquier medio u objeto para dar lugar a la defensa.
- Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
Papel de las ONGs
Son asociaciones civiles sin ánimo de lucro que desde hace dos décadas se proponen trabajar por la defensa y promoción de los derechos humanos y de los derechos fundamentales, bien en su totalidad o bien actuando sobre determinados derechos. La acción que realizan las ONG tienen 5 ámbitos:
- Elaboración de acuerdos sobre derechos humanos o sobre derechos fundamentales.
- Recopilar información sobre derechos humanos procesándola, incluso mediante las tecnologías de información y de la comunicación.
- Denuncia de la violación de derechos por los gobiernos o grupos sociales.
- Informar y difundir los derechos fundamentales.
Las ONG pueden clasificarse por:
- Fines que persiguen: políticos, económicos, culturales, educativo, social.
- En función de su actividad específica: su participación puede ser directa con las víctimas o puede aportar los medios para resolver el problema.
- De su proximidad a las víctimas o las fuentes de poder (en terreno, de gestión…).
- A sus orientaciones ideológicas: pueden distinguirse las ONG vinculadas a las iglesias o vinculadas a los grupos políticos.
- De su grado de incidencia en la deliberación con Naciones Unidas: hay que distinguir las que tienen estatuto consultivo con la ONU o no lo tienen.
El valor de los derechos humanos
La identificación y la proclamación de los derechos humanos ha sido el esfuerzo más relevante para responder a las exigencias de la dignidad humana. Esta dignidad es igual en toda persona. Estos derechos son universales e inviolables y nada ni nadie tiene el poder para eliminarlos y, como es lógico, no se puede renunciar a ellos bajo ningún concepto. Universales porque están presentes en todos los seres humanos. Inviolables en cuanto son inherentes a la persona y a su dignidad (es en vano su proclamación si no se hace el esfuerzo para asegurar su respeto) e inalienables porque nadie puede privar legítimamente a nadie de sus derechos porque sería ir contra su propia naturaleza. Los derechos humanos deben protegerse en su conjunto.