Medios de Prueba en el Proceso Laboral Venezolano
Preguntas y Respuestas sobre la Promoción, Admisión y Evacuación de Pruebas
1. Instancia, Tribunal y Oportunidad Procesal para la Admisión de Medios de Prueba
Pregunta: ¿Ante qué tribunal y en qué oportunidad procesal se admiten los medios de prueba en el proceso laboral?
Respuesta: Los medios de prueba se promueven ante el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución (SME) de Primera Instancia, en la *audiencia preliminar*, específicamente en la fase inicial denominada «audiencia primigenia», según lo establecido en el artículo 73 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPTRA). Una vez finalizada la audiencia preliminar, el Juez de SME incorporará al expediente las pruebas promovidas por las partes, en ese mismo acto, para su posterior admisión y evacuación ante el Juez de Juicio.
2. Libertad Probatoria del Juez: Oportunidades y Límites
Pregunta: Dentro de la libertad probatoria que tiene el juez, ¿cuáles son las oportunidades que tiene para providenciar y cuáles son sus límites?
Respuesta: El juez puede, en la oportunidad correspondiente, determinar cuáles medios de prueba son admitidos y cuáles son considerados impertinentes o improcedentes. Esta decisión se plasma en una sentencia interlocutoria, ya que solo resuelve una incidencia procedimental.
3. Promoción de la Prueba de Exhibición de Documentos por el Demandante
Pregunta: ¿Cuál es la forma correcta de promover la prueba de exhibición de documentos cuando es solicitada por el demandante?
Respuesta: Según el artículo 73 de la LOPTRA, la prueba de exhibición de documentos se promueve en la audiencia primigenia de la fase preliminar, ante el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución.
4. Procedimiento en Caso de Negativa de Firma de Documento Privado
Pregunta: ¿Cuál es el procedimiento previsto en la LOPTRA cuando la parte o algún causante suyo niega la firma del documento privado que le es opuesto?
Respuesta: El artículo 78 de la LOPTRA establece que los instrumentos privados, cartas o telegramas provenientes de la parte contraria podrán presentarse en el proceso en originales. También se pueden presentar en copias o reproducciones fotostáticas o por cualquier otro medio mecánico claramente inteligible. Sin embargo, estos carecerán de valor probatorio si la parte contra quien obran los impugna y su certeza no puede constatarse con la presentación de los originales o con auxilio de otro medio de prueba que demuestre su existencia.
5. La Declaración de Parte como Medio de Prueba
Pregunta: Explique la declaración de parte como medio de prueba en el proceso laboral e indique qué tipo de prueba es.
Respuesta: La declaración de parte no se promueve como un medio de prueba independiente, sino que forma parte del proceso oral. Se inicia con el debate contradictorio, primero interviene el demandante y luego el demandado. Esta interacción constituye la declaración de partes.
Promoción, Evacuación y Agregación de Pruebas
1. Oportunidad para Promover y Evacuar Pruebas
Pregunta: ¿Cuál es la instancia, tribunal y oportunidad procesal competente donde han de promoverse y evacuarse los medios de prueba, indicando su oportunidad en cada caso?
Respuesta: La oportunidad para que ambas partes promuevan pruebas es en la audiencia primigenia de la fase preliminar, la cual tiene una duración máxima de cuatro meses, ante el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución. Una vez finalizado el debate contradictorio en la audiencia de juicio, el Juez de Juicio evacuará las pruebas promovidas por las partes en la audiencia primigenia.
2. Agregación de Medios de Prueba al Expediente
Pregunta: ¿Cuál es la instancia, tribunal y oportunidad procesal competente donde han de agregarse los medios de prueba en el proceso laboral?
Respuesta: El Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, una vez finalizada la audiencia preliminar, incorporará al expediente, en ese mismo acto, las pruebas promovidas por las partes para su admisión y evacuación ante el Juez de Juicio.
3. Libertad Probatoria del Juez y sus Límites
Pregunta: ¿Cómo se manifiesta la libertad probatoria que tiene el juez en el proceso laboral e indique cuáles son sus límites?
Respuesta: Cuando los medios probatorios ofrecidos por las partes sean insuficientes para formar convicción, el juez podrá, de oficio y mediante decisión motivada e impugnable, ordenar la evacuación de medios probatorios adicionales que considere convenientes, siempre y cuando no se violenten las normas de orden público.
4. Comparecencia de Expertos a la Audiencia de Juicio
Pregunta: Explique cuándo los expertos están obligados a comparecer a la audiencia de juicio, y cuáles son los efectos de su incomparecencia.
Respuesta: Los expertos están obligados a comparecer a la audiencia de juicio, para lo cual el tribunal los notificará oportunamente. La incomparecencia injustificada del experto a la audiencia de juicio será causal de su destitución si es un funcionario público. Si se trata de un perito privado, se entenderá como desacato a las órdenes del tribunal, sancionándolo con una multa de hasta diez Unidades Tributarias (10 UT).
5. La Inspección Judicial como Medio de Prueba
Pregunta: Explique la inspección judicial como medio de prueba en el proceso laboral, señale la diferencia entre el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil y la LOPTRA, con respecto a este medio de prueba.
Respuesta: La inspección judicial es aquella que realiza el tribunal a través de los sentidos (vista, tacto, olfato, etc.) sin necesidad de conocimientos especiales. La realiza el juez junto con el secretario, a petición de parte o cuando el juez lo considere oportuno.
Pruebas de Oficio y Control de Documentos
1. Medios de Prueba de Oficio
Pregunta: Explique el procedimiento laboral, cuáles son los medios de prueba oficiosos o de oficio de los que puede hacer uso el juez laboral. Indique la diferencia en la oportunidad.
Respuesta: Son todos aquellos medios de prueba que el juez providencia voluntariamente cuando considera insuficientes las pruebas promovidas por las partes. El Juez de Juicio es quien evacúa y maneja estas pruebas, según lo establecido en el artículo 71 de la LOPTRA.
2. Instancia y Oportunidad para la Admisión de Pruebas
Pregunta: Indique cuál es la instancia, tribunal y oportunidad procesal competente donde han de admitirse los medios de prueba en el proceso laboral.
Respuesta: Los medios de prueba se admiten ante el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia, en la audiencia primigenia de la audiencia preliminar, de acuerdo con el artículo 73 de la LOPTRA. El Juez de SME, una vez finalizada la audiencia preliminar, incorporará al expediente las pruebas promovidas por las partes para su admisión y evacuación ante el Juez de Juicio.
3. Prueba de Exhibición de Documentos del Empleador
Pregunta: Indique y explique la forma correcta de promover la prueba de exhibición cuando se trate de documentos que por mandato legal debe llevar el empleador.
Respuesta: Cuando se trate de documentos que, por mandato legal, debe llevar el empleador, bastará que el trabajador solicite su exhibición, sin necesidad de presentar medio de prueba alguno que constituya, por lo menos, una presunción grave de que el documento se encuentra o ha estado en poder del empleador. Esto se encuentra regulado en el artículo 82 de la LOPTRA.
4. Control de Documentos Reconocidos
Pregunta: Explique cuál es la forma de control de los documentos reconocidos al momento de su evacuación.
Respuesta: El control de los documentos reconocidos se refiere al ataque que se hace a las pruebas de la contraparte para desvirtuarlas y sacarlas del proceso. Quien promovió las pruebas debe defenderlas para evitar que sean desvirtuadas. El documento privado se ataca negándolo en la audiencia de juicio, donde se reconoce o se niega el documento, según lo establecido en el artículo 86 de la LOPTRA.
5. Promoción de Medios de Prueba Libres
Pregunta: Explique cómo se deben promover los medios de prueba libres.
Respuesta: Las partes pueden promover cualquier medio de prueba que no esté expresamente prohibido por la ley. Las pruebas prohibidas son las posiciones juradas y el juramento decisorio. Ejemplos de medios de prueba libres incluyen fotografías, videos, entre otros.