Modalidades Procesales Especiales en el Ámbito Laboral: Despido y Sanciones

A) LA MODALIDAD ESPECIAL DE DESPIDO DISCIPLINARIO

I. INTRODUCCIÓN

1. Las distintas vías para impugnar el despido

2. El objeto y la regulación de la modalidad especial para impugnar el despido disciplinario

2.1. Objeto:

A) La impugnación de la decisión extintiva empresarial disciplinaria

B) La jurisprudencia “expansiva”

  • Los supuestos de expansión
  • Revisión de la jurisprudencia clásica
2.2. La regulación procesal

A) Los artículos 103 y ss. LPL

B) Las reglas del proceso ordinario son de aplicación supletoria (102 LPL)

C) La aplicación supletoria de la LEC (DA 1 LPL)

II. LAS PECULIARIDADES

1. La demanda

1.1. El plazo para su interposición

A) Regla general (59 ET y 103 LPL)

B) Supuestos especiales

  • despido verbal o tácito
  • trabajador fijo discontinuo
  • trabajador excedente
  • empresario aparente (103.2 LPL)

C) La suspensión del plazo

1.2. Contenido (arts. 80 y 104 LPL)

2. El juicio oral

2.1. La alteración en el orden de intervenciones (105.1 LPL)
2.2. La oposición de la demanda y la carga probatoria (105.1 y 2 LPL)

A) Coincidencia entre los hechos alegados y los reflejados en la carta de despido

B) El empresario debe demostrar la veracidad de los hechos incluidos en la carta

3. La sentencia

3.1. La declaración de hechos probados (97.2 y 107 LPL)
3.2. La calificación del despido (108.1 LPL)

A) Procedente

  • Casos (108.1.II LPL)
  • Efectos (109 LPL)

B) Improcedente

  • Casos (108.1.II LPL)
  • Efectos (110 LPL)

C) Nulo

  • Casos (108.2 LPL)
  • Efectos (113 LPL)

B) OTRAS MODALIDADES PROCESALES RELACIONADAS CON EL DESPIDO

I. LA MODALIDAD ESPECIAL DE EXTINCIÓN POR CAUSAS OBJETIVAS

1. Objeto y fuentes

1.1. El objeto: impugnación decisiones extintivas reguladas en los arts. 52 y 53 ET
1.2. Fuentes:

A) Artículos 120-123 LPL

B) Supletoriamente (120 LPL):

  • artículos 103 y ss. LPL (previsiones del proceso especial por despido)
  • artículos 80 y ss. LPL (previsiones del procedimiento ordinario)
  • previsiones de la LEC

2. Peculiaridades

2.1. La demanda

A) El plazo de interposición: 121.1 LPL

B) El uso de la licencia y la aceptación de la indemnización: consecuencias -121.2 LPL-

2.2. La sentencia: calificación del despido

A) Procedencia

  • supuestos (122.1 LPL)
  • consecuencias (123.1 LPL)

B) Improcedencia

  • supuestos (122.1 LPL)
  • consecuencias (123.2, 123.3 y 123.4 LPL)

C) Nulidad

  • supuestos (122.2 LPL)
  • consecuencias (123.2, 123.3 y 123.4 LPL)

II. LA MODALIDAD ESPECIAL DE DESPIDOS COLECTIVOS

1. Introducción

1.1. La noción de despido colectivo (remisión): 51 ET
1.2. El orden jurisdiccional competente

A) Regla general: orden contencioso (artículos 3.2 y 3.3 LPL)

B) Excepciones: orden social

  • La materia indemnizatoria
  • La impugnación de oficio del acuerdo alcanzado en período de consultas
  • La impugnación de afectados cuando no hay lista nominativa
  • La impugnación de las decisiones empresariales adoptadas sin autorización
1.3. El objeto de la modalidad procesal de despidos colectivos: la impugnación de las decisiones empresariales de llevar a cabo un despido colectivo sin estar autorizadas

A) Despidos colectivos adoptados sin ERE

B) Despidos colectivos con ERE pero no autorizados

1.4. La regulación

A) El artículo 124 LPL

B) El derecho supletorio

  • ¿Las normas del proceso especial por despido o normas del proceso ordinario?
  • Las normas de la LEC

2. Peculiaridades

2.1. Los supuestos
2.2. La sentencia: calificación del despido (procedencia o nulidad)

III. LA RECLAMACIÓN AL ESTADO DE LOS SALARIOS DE TRAMITACIÓN

1. Introducción

1.1. El artículo 121 CE y los artículos 292 y ss. LOPJ
1.2. Los artículos 57 ET y 116 LPL

A) Responsabilidad estatal en los salarios de tramitación

B) La reclamación del RD 924/1982 de 17 de abril

  • concesión
  • denegación: impugnación de la denegación
1.3. La modalidad procesal

A) La regulación: 116 y ss. LPL

B) La competencia del orden social

C) El objeto de la modalidad procesal: impugnación de la resolución administrativa que deniega la asunción de responsabilidades por el Estado

2. Peculiaridades

2.1. Presupuestos (116 y 117 LPL)

A) Sentencia firme que declara el despido improcedente

B) Sentencia aparecida después de 60 días: periodos excluidos (119.1 LPL)

C) Acreditación de la RAP

  • RAP especial: regulada en el RD 924 /1982
  • plazo de ejercicio
2.2. Aspectos subjetivos

A) La competencia: 2.e), 10.2.c) y 117.1 LPL

B) Legitimación activa

  • regla general: el empresario (116.1 LPL)
  • excepcionalmente: el trabajador (116.2 LPL)

C) Legitimación pasiva: el Estado

2.3. Plazo

A) Plazo y dies a quo

B) Vigencia limitada de la RAP

2.4. Especialidades

A) RAP especial

B) El artículo 118.1 LPL

C) La sentencia: 119.2 LPL

IV. IMPUGNACIÓN DE SANCIONES

1. Introducción

1.1. El poder disciplinario: 58 ET (remisión)

A) La graduación convencional de infracciones y sanciones

B) Requisitos de ejercicio

  • prescripción (60.2 ET)
  • exigencias formales (58.2 ET, 68.a) ET y 10.3 LOLS)
1.2. La impugnación:

A) La regulación: artículos 114 y 115 LPL; ¿fuentes supletorias?

B) El objeto de la modalidad procesal: la impugnación de la decisión sancionadora del empresario

2. Peculiaridades

2.1. La demanda

A) El plazo de ejercicio y el dies a quo: 114 LPL

B) El contenido de la demanda

2.2 El desarrollo del juicio
2.3. La sentencia

A) Contenido: confirmación (115.1.a) LPL); revocación total (115.1.b) LPL) o parcial (115.1.c) LPL); nulidad (115.1.d) y 115.2 LPL)

B) Posibilidades de recurso limitadas (115.3 LPL)

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