Definición y Clasificación de las Normas
Las normas se dividen en jurídicas, religiosas y sociales. Las normas jurídicas, a su vez, se clasifican en:
- Heterónomas: creadas por un sujeto distinto del destinatario. (Uno la hace y el otro la cumple).
- Bilaterales: imponen deberes y conceden facultades. (Prohíben y permiten).
- Coercitivas: en caso de incumplimiento, se puede obligar a cumplirla por medio de la fuerza.
- Exteriorizadas: la conducta debe ajustarse externamente al deber establecido.
El Derecho: Concepto y Clasificación
Derecho: conjunto de normas creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa del individuo en sociedad.
- Objetivo: conjunto de normas imperativas, atributivas y constitutivas de un ordenamiento jurídico. (Derecho de cada país).
- Subjetivo: facultades reconocidas al individuo por la ley para realizar determinados actos.
- Vigente: normas que en un lugar y época determinados, el estado considera obligatorias.
- Positivo: normas que se observan en la práctica, aunque hayan dejado de estar vigentes o aún no hayan sido elevadas a tal categoría.
Derecho Objetivo: Clasificación
1) Derecho Público
Organización del estado para el cumplimiento de sus fines.
- Interno: para todo el país.
- Constitucional: estructura orgánica del estado; forma de gobierno.
- Administrativo: administración pública; servicios públicos que satisfacen necesidades colectivas.
- Procesal: procedimiento; reglas para la aplicación de las normas de derecho. (Resolución de problemas de los individuos).
- Penal: delitos, penas y medidas preventivas. (Castigo por incumplimiento).
- Del Trabajo: relaciones obrero-patronales; equilibrio entre derechos y obligaciones de trabajadores y patrones.
- Agrario: dotación y restitución de tierras y agua a comunidades agrícolas. (Tierras ejidales).
- Externo: relaciones con países extranjeros.
2) Derecho Privado
Relaciones entre particulares. Se aplica al estado cuando actúa como particular.
- Interno: regula las relaciones entre los mexicanos.
- Civil: principales hechos y actos de la vida humana; situación jurídica del ser humano en relación con sus semejantes.
- Mercantil: relaciones jurídicas derivadas de los actos de comercio.
- Externo: relaciones de los mexicanos con los extranjeros.
Derecho Subjetivo: Clasificación
1) Derecho Público
Facultad del individuo frente al poder público.
- Derecho de Libertad: hacer o no hacer determinados actos.
- Derecho de Petición: solicitar la intervención de la autoridad para la restitución de daños.
- Derecho Político: votar o ser votado al cumplir la mayoría de edad.
2) Derecho Privado
Relaciones jurídicas entre particulares.
- Patrimoniales: contenido de carácter económico.
- Reales: poder jurídico sobre una cosa, directa o indirectamente.
- De Crédito: facultad de una persona (acreedor) para exigir a otra (deudor) la entrega de una cosa o la ejecución de un hecho.
- No Patrimoniales: sin contenido de carácter económico.
Supuestos Jurídicos: Hechos y Actos
Hipótesis normativa cuya realización activa las consecuencias de derecho. Se dividen en hechos y actos.
1) Hecho Jurídico
Acontecimiento natural o del hombre, previsto en la norma como supuesto jurídico para producir consecuencias de derecho.
- Hecho jurídico natural: fenómeno de la naturaleza relacionado o no con el hombre. (Nacimiento o muerte).
- Hecho jurídico del hombre: interviene la voluntad, pero sin intención de originar consecuencias de derecho; sin embargo, estas se originan.
2) Acto Jurídico
Manifestación de la voluntad que tiene por objeto crear, modificar, transmitir o extinguir derechos u obligaciones. (Acuerdo de voluntades. Testamentos, divorcio y matrimonio).
Elementos Esenciales
- Consentimiento: voluntad de querer hacer algo; la intención interna debe manifestarse, exteriorizarse. Dicha manifestación puede ser:
- Expresa: cuando se firma algo.
- Tácita: cuando se sobreentiende que se ha aceptado.
- Objeto:
- Directo: crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones.
- Indirecto: cosa o hecho material del acto jurídico. Debe ser posible, física y jurídicamente.
- Solemnidad: empleo de fórmulas determinadas o pronunciar ciertas palabras ante funcionarios. (Acta ante notario público).
- Norma (Ley): norma que sanciona los efectos deseados por el autor del acto.
Elementos de Validez
- Licitud: acto que no es contrario a las leyes, el orden público o las buenas costumbres.
- Ausencia de vicios de la Voluntad:
- Error: estado subjetivo que no coincide con la realidad.
- Dolo: sugestión o artificio para inducir al error o mantenerlo.
- Violencia: fuerza física o amenazas.
- Lesión: menoscabo o perjuicio por desproporción entre el provecho y la carga.
- Capacidad: aptitud de una persona para hacer valer sus derechos y cumplir con las obligaciones.
- Formalidad: manifestación por escrito, pública o privada.