1. Administraciones Territoriales
1.1. El Estado: Ministerio de Empleo y Seguridad Social
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social es el órgano encargado de las competencias estatales en materia social.
1. Organización Central:
- Ministra de Empleo y Seguridad Social
- Secretaría de Estado de la Seguridad Social
- Secretaría de Estado de Empleo
- Secretaría General de Inmigración y Emigración
- Subsecretaría de Empleo y Seguridad Social
2. Organización Periférica:
Representa al órgano estatal y realiza funciones propias en un ámbito espacial limitado, bajo el principio de desconcentración. Se busca la eficacia, la economía del gasto público y evitar la duplicidad de estructuras administrativas.
3. Organismos Laborales Autónomos:
- A. Fondo de Garantía Salarial (FOGASA): Garantiza los créditos salariales ante la insolvencia del empleador. Abona salarios e indemnizaciones a trabajadores por cuenta ajena cuando las empresas no pueden hacerlo por insolvencia o concurso. Se excluyen ciertos trabajadores, como los del hogar familiar.
- B. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT): Analiza y estudia las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, además de promoverlas y apoyarlas.
- C. Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE): Se encarga de la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo. Se están creando organismos de control y seguimiento para evitar la discriminación y coordinar las acciones.
- D. Organismos Gestores y Servicios Comunes de la Seguridad Social:
- Entidades Gestoras de la Seguridad Social:
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Gestiona y administra las prestaciones económicas del sistema público de seguridad social y el derecho a la asistencia sanitaria.
- Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA): Gestiona los derechos y obligaciones de INSALUD.
- Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO): Gestiona los servicios complementarios de las prestaciones del sistema de la seguridad social, además de competencias en materia de personas mayores.
- Instituto Social de la Marina (ISM): Asiste a los trabajadores del mar, tanto en España como en el extranjero, en materia de incapacidad permanente y revalorización de pensiones.
- Servicios Comunes de la Seguridad Social:
- Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Unifica los recursos económicos y la administración financiera del sistema de la seguridad social. Custodia fondos, valores y créditos, y atiende la recaudación.
- Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social: Asesora jurídicamente y representa y defiende en juicio a las entidades gestoras y servicios comunes, coordinando y dirigiendo sus acciones.
- Entidades Gestoras de la Seguridad Social:
- E. Instituto de la Mujer: Promueve la igualdad social entre sexos y la participación de las mujeres en la vida política, cultural, económica y social.
- F. Instituto de la Juventud (INJUVE): Promueve actuaciones en beneficio de los jóvenes.
1.2. Comunidades Autónomas: Consejerías de Empleo
El Estado tiene competencia exclusiva en legislación laboral, pero su ejecución puede ser transferida a las CCAA. La Administración autonómica laboral asume algunas competencias del Ministerio.
Órganos Centrales: Las CCAA tienen órganos administrativos para el desarrollo de sus competencias en materia laboral y de seguridad social.
Ejemplo: Consejería de Empleo de Andalucía:
- Competencias: Relaciones laborales (individuales y colectivas), prevención de riesgos laborales, seguridad y salud laboral, políticas de igualdad de trato y oportunidades laborales.
- Órganos directivos centrales: Viceconsejería, Secretaría General Técnica, Dirección General de Trabajo, Dirección General de Seguridad y Salud Laboral, Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias.
Órganos Territoriales o Periféricos: En cada provincia existe un órgano directivo periférico con competencias de administración y gestión del personal.
Organismos adscritos a la Consejería de Empleo: Servicio Andaluz de Empleo (SAE), Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, Andalucía Emprende.
1.3. Administración Local
Aunque la Constitución no le reconoce funciones en materia laboral, los Ayuntamientos y Diputaciones pueden crear áreas de empleo, con programas de integración laboral y oferta formativa ajustada a las necesidades provinciales.
2. Administraciones No Territoriales
Son personas jurídicas públicas, sujetas total o parcialmente al derecho administrativo, con desconcentración no territorial.
Principales Manifestaciones de la Administración Institucional:
- Corporaciones
- Entes Fundacionales
- Entes Públicos (con autonomía o independencia funcional garantizada por la Constitución o las leyes)
Corporaciones de Derecho Público: Sujetos de derecho público que integran obligatoriamente a personas con intereses comunes y privados.
Entes Fundacionales de Derecho Público: Patrimonio personificado para fines públicos (fundaciones del sector público y fundaciones públicas sanitarias).
Tipos de Órganos No Territoriales:
- Organismos Autónomos: Realizan actividades de fomento, prestacionales o de gestión de servicios públicos. Su financiación proviene de los Presupuestos Generales del Estado. Su personal es funcionario o laboral.
- Entidades Públicas: Organismos públicos para la realización de actividades previstas en la ley, en régimen de descentralización funcional.
- Agencias Estatales: Sus funciones de dirección estratégica, evaluación y control se articulan mediante contrato de gestión.
- Sociedades Mercantiles: El Estado o sus organismos participan en su capital. El gobierno designa sus órganos y el control lo ejerce el departamento al que se adscriben.
3. Administración Consultiva
- Consejo Económico y Social (CES): Órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral. Emite dictámenes preceptivos sobre anteproyectos de ley y proyectos de reales decretos legislativos.
- Consejo General de Formación Profesional: Órgano consultivo tripartito (organizaciones empresariales, sindicales y administraciones públicas). Elabora y propone al Gobierno el Programa Nacional de FP.
- Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos: Órgano colegiado tripartito (Administración central, organizaciones sindicales y asociaciones empresariales). Resuelve consultas, emite dictámenes y realiza actuaciones que le confiere la ley.
- Comisión Consultiva del Patrimonio Sindical: Propone cesiones de bienes y derechos del patrimonio sindical acumulado e informa sobre las solicitudes de cesión.
- Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST): Asesora a las administraciones públicas en políticas de prevención y participa institucionalmente en materia de seguridad y salud laboral.
- Consejos Económicos y Sociales Autonómicos: Emiten dictámenes preceptivos y facultativos, y elaboran estudios e informes.
- Consejos de Relaciones Laborales: Órganos consultivos en materia sociolaboral. Facilitan el diálogo entre organizaciones sindicales y empresariales para la adopción de acuerdos.