Organismos y Acuerdos Regionales: La Organización de los Estados Americanos (OEA)
Prevalencia de la Carta de las Naciones Unidas
La Carta de las Naciones Unidas admite los acuerdos u organismos regionales, pero las normas de la Carta prevalecen sobre las normas de cualquier acuerdo regional (art. 103). Prevalece lo universal sobre lo regional: los acuerdos u organismos deben ser compatibles con los Propósitos y Principios de la ONU. Las organizaciones o acuerdos regionales pueden ser de tipo político (ej: OEA), de tipo militar (Ej: TIAR) o de tipo económico (Ej: MERCOSUR).
Organización de los Estados Americanos (OEA)
Es una organización regional de los países americanos, concretada en 1948, al firmarse la Carta de la OEA en Bogotá.
Fines de la OEA
Los fines de la OEA son los siguientes:
- Afianzar la paz y seguridad del continente.
- Promover y consolidar la democracia representativa, dentro del principio de no intervención.
- Prevenir las posibles causas de dificultades y asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre los Estados miembros.
- Organizar la acción solidaria entre éstos en caso de agresión.
- Procurar la solución de los problemas políticos, jurídicos y económicos que se susciten entre ellos.
- Promover, por medio de la acción cooperativa, su desarrollo económico, social y cultural.
- Erradicar la pobreza crítica, que constituye un obstáculo al pleno desarrollo democrático de los pueblos del hemisferio.
- Alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los Estados miembros.
Principios de la OEA
Los principios de la OEA son:
- El derecho internacional es norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas.
- El orden internacional está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional.
- La buena fe debe regir las relaciones de los Estados entre sí.
- La solidaridad de los Estados americanos y los altos fines que con ella se persiguen, requieren la organización política de los mismos sobre la base del ejercicio efectivo de la democracia representativa.
- Todo Estado tiene derecho a elegir, sin injerencias externas, su sistema político, económico y social, y a organizarse en la forma que más le convenga, y tiene el deber de no intervenir en los asuntos de otro Estado. Con sujeción a lo arriba dispuesto, los Estados americanos cooperarán entre sí y con independencia de la naturaleza de sus sistemas políticos, económicos y sociales.
- La eliminación de la pobreza crítica es parte esencial de la promoción y consolidación de la democracia representativa y constituye responsabilidad común y compartida de los Estados americanos.
- Los Estados americanos condenan la guerra de agresión: la victoria no da derechos.
- La agresión a un Estado americano constituye una agresión a todos los demás Estados americanos.
- Las controversias de carácter internacional que surjan entre dos o más Estados americanos, deben ser resueltas por medio de procedimientos pacíficos.
- La justicia y la igualdad sociales son bases de una paz duradera.
- La cooperación económica es esencial para el bienestar y la prosperidad comunes de los pueblos del Continente.
- Los Estados americanos proclaman los derechos fundamentales de la persona humana sin hacer distinción de raza, nacionalidad, credo o sexo.
- La unidad espiritual del Continente se basa en el respeto de la personalidad cultural de los países americanos y demanda su estrecha cooperación en las altas finalidades de la cultura humana.
- La educación de los pueblos debe orientarse hacia la justicia, la libertad y la paz.
Estructura de la OEA
Asamblea General
Todos los Estados miembros están representados en la Asamblea General y cada uno de ellos tiene un voto; se reúne anualmente en sesión ordinaria, pero por circunstancias especiales, el Consejo Permanente puede convocar a un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General. Las decisiones de la Asamblea se toman por mayoría absoluta de votos, salvo aquellos casos en que se requiera los 2/3 votos (arts. 54 a 57).
Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores
Se celebrarán con el fin de considerar problemas de carácter urgente y de interés común; también es un órgano de consulta. Cualquiera de los Estados puede pedir su reunión por medio de solicitud dirigida al Consejo Permanente, el cual decidirá por mayoría de votos si es procedente.
Consejos de la OEA
Son tres y todos dependen de la Asamblea General; todos los Estados tienen derecho a hacerse representar en cada Consejo, con derecho a un voto. Los tres consejos son:
Consejo Permanente de la Organización
Se compone de un representante de cada Estado nombrado por su gobierno con la categoría de embajador. Entiende en cualquier asunto que le encomiende la Asamblea General o la Reunión de Consulta de Ministros Exteriores. Actuará provisionalmente como Órgano de Consulta cuando la urgencia de la situación así lo requiriera y hasta tanto puedan reunirse los Ministros de Relaciones Exteriores. Vela por el mantenimiento de las relaciones de amistad entre los Estados, y con tal fin, ayudará de una manera efectiva en la solución pacífica de controversias. Adoptará sus decisiones por 2/3 de los votos, salvo que aquellas decisiones cuya aprobación por simple mayoría autorice el reglamento.
Consejo Interamericano para la Educación, Ciencia y Cultura
Tiene por finalidad promover relaciones amistosas y el entendimiento mutuo entre los Estados Americanos por medio del intercambio educativo, científico y cultural, para elevar el nivel cultural de los habitantes. Se compone de un representante titular, de la más alta jerarquía por cada Estado miembro, nombrado especialmente por el Gobierno respectivo. (art. 93)
Comité Jurídico
Es el órgano de consulta de la OEA en asuntos jurídicos. Tiene sede en Río de Janeiro. Sus miembros (11 juristas de los Estados miembros) duran 4 años y son elegidos por la Asamblea General de temas que presentan los Estados miembros. No puede haber más de un miembro de la misma nacionalidad. También promueve la codificación del Derecho Internacional, estudia los problemas de unificación de la legislación y convoca a Conferencias Especializadas.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Su función es la de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y de servir como órgano consultivo de la Organización en esta materia.
Secretaría General
El secretario general es elegido por la Asamblea General por 5 años y no puede ser reelegido por más de dos períodos consecutivos. Participa con voz pero sin voto en todas las reuniones de la OEA. La sede de la Secretaría General está en Washington, pero hay oficinas en distintos países.
Conferencia Especializadas
Son reuniones intergubernamentales para tratar asuntos técnicos especiales o para desarrollar determinados aspectos de la cooperación interamericana. Se celebran cuando lo resuelva la Asamblea General o la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, por propia iniciativa o a instancia de alguno de los Consejos u Organismos Especializados.
Organismos Especializados
La OEA cuenta con diversos organismos especializados, por ejemplo: El Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Comité Jurídico Interamericano (CJI), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Instituto Interamericano del Niño, etc.