Propósitos de las Relaciones de Amistad y Cooperación Política
Los propósitos incluyen la cooperación política, la codificación y el desarrollo político, así como la cooperación internacional en derechos y libertades fundamentales. El tipo instrumental se centra en los esfuerzos para la consecución del resto de los objetivos.
Miembros de la Organización
Miembro originario con San Francisco y administrativo Polonia 51. Las condiciones de fondo para ser estado miembro son: estado de paz, aceptar, estar capacitado y dispuesto a cumplir las obligaciones. La admisión de nuevos miembros se hará por la Asamblea General (AG) a recomendación del Consejo de Seguridad (CS). El artículo 5 establece la suspensión en casos regionales y el artículo 6, la expulsión por violación de principios.
Asamblea General (AG)
La AG tiene competencias específicas en paz y seguridad, fijar cuotas y presupuestos. Sus órganos subsidiarios incluyen el Consejo de Derechos Humanos y el Comité de Descolonización, con 15 miembros y 10 no permanentes, con un mandato bianual no reelegible. El procedimiento de votación requiere una mayoría de 9 miembros permanentes y no permanentes para cuestiones de fondo, y 9 permanentes para otros asuntos.
Consejo Económico y Social (ECOSOC)
El ECOSOC está subordinado a la AG y al CS, y se encarga de preparar estudios e informes, coordinar y gestionar la AG y los organismos de la ONU.
Secretaría
El Secretario no debe recibir instrucciones de ninguna autoridad ajena. Sus funciones son técnico-administrativas, jurídicas (depositario) y político-diplomáticas.
Subordinación Política y Administrativa
Según la resolución 1541 (XV), se protege a los pueblos excluidos del gobierno del estado y de ser perseguidos. Esto no conlleva un derecho unilateral a la independencia de partes de un estado, limitando el principio de integridad territorial.
Líneas de Base Archipelágicas
Las líneas de base archipelágicas definen el contorno externo (9 agua y 1 tierra). Las líneas rectas no podrán exceder 100 millas, salvo excepciones (3×100=125). El límite se establece para detener un peligro extremo. El patrimonio cultural subacuático de 100 años en el mar territorial se rige por tratados o, en su defecto, por la línea media de equidistancia. Se establecen derechos exclusivos e independientes para la explotación y exploración de recursos minerales no vivos del lecho del mar y subsuelo, así como de organismos vivos y especies sedentarias.
Piratería
Según el artículo 101 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), la piratería se define como un acto ilegal de violencia, detención o depredación contra un buque o aeronave o personas.
Zona Económica Exclusiva (ZEE)
La jurisdicción se extiende a 200 millas más allá de la ZEE.
Régimen Jurídico de la Zona Internacional de los Fondos Marinos (AIFMO)
Existe una organización para el control de la AIFMO, con un sistema paralelo de empresa y autoridad, y mecanismos para la resolución de controversias. Se prohíben las explosiones nucleares y la eliminación de desechos radioactivos. Se promueven las telecomunicaciones y la meteorología, así como la libertad e igualdad en la exploración y utilización, con fines pacíficos, cooperación internacional y asistencia mutua. Se rechazan reivindicaciones y actos unilaterales.
Normas que Protegen Intereses Colectivos (Ius Cogens)
Las normas que protegen intereses colectivos solo pueden ser modificadas por normas imperativas o ius cogens. Estas prohíben la agresión, el genocidio, la esclavitud, la discriminación racial, los delitos contra la humanidad y la tortura. La violación de estas normas implica un incumplimiento flagrante (intensidad de la violación) y sistemático (organizado y deliberado). Los estados tienen la responsabilidad de poner fin a estas violaciones con medios lícitos, no reconocer como lícita una violación y no prestar ayuda o asistencia.
Convención de Viena de 1988 y la Corte Penal Internacional (CPI)
La Convención de Viena es de diciembre de 1988. La CPI fue establecida en 1998 mediante el Estatuto de Roma, que entró en vigor en 2002 con 116 países (excluyendo, por ejemplo, Israel y China). Tiene carácter permanente y se ocupa de crímenes graves. La apertura de una causa es automática o por solicitud del CS, y es complementaria a las jurisdicciones nacionales. La vertiente pasiva se refiere a los delitos ius gentium y el principio aut dedere aut punire (extraditar o juzgar), donde los estados tienen jurisdicción frente a los responsables. La vertiente activa permite reclamar responsabilidad cuando un estado u organización internacional es perjudicado.
Protección Diplomática
La naturaleza de la protección diplomática es discrecional para el estado. La jurisprudencia permite obtener indemnización por daños, sujeta a la condición de ejercicio de la nacionalidad de la reclamación y al agotamiento de los recursos internos por el perjudicado. Las excepciones al agotamiento de recursos internos incluyen casos no previstos en la legislación interna o cuando el tribunal interno no tuviera competencia.
Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (APRI)
Los APRI son tratados bilaterales que primero promueven y protegen las inversiones de inversores de manera recíproca, y luego establecen mecanismos para la solución de controversias. Suelen admitir el recurso al arbitraje de conformidad con las reglas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) o el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), que exige la renuncia a la protección diplomática si se decide someter la controversia al arbitraje.
Controversias Internacionales
Una controversia es un desacuerdo de derecho o de hecho entre dos partes. Se prohíbe recurrir a la guerra y se respeta la soberanía de los estados, que son libres de elegir medios y clases de solución.
Arbitraje Internacional
El arbitraje se utiliza para litigios entre estados, así como en arbitrajes de derecho privado y mixtos. Se basa en el respeto al derecho. El consentimiento puede ser anterior a la controversia (cláusula compromisoria y tratados generales de arbitraje) o posterior (compromiso arbitral y convenio arbitral).
Laudo Arbitral
El órgano arbitral puede ser un único árbitro (jefe de estado, comisiones mixtas) o un tribunal arbitral ad hoc. El laudo arbitral, aprobado por mayoría si es un órgano colegiado, debe ser escrito y tiene fuerza obligatoria, siendo definitivo e inapelable. Existen tres recursos: interpretación (sentido y alcance), revisión (descubrimiento de un hecho que, de haberse conocido antes, habría cambiado el juicio) y nulidad (exceso de poder de los árbitros, corrupción de un miembro, falta de motivación de la sentencia e infracción grave de una norma fundamental).
Corte Internacional de Justicia (CIJ)
La CIJ es general y universal para el arreglo de controversias en la ONU. Su jurisdicción es voluntaria, consensual, institucional y universal, pero no automática. Está compuesta por 15 jueces elegidos por la AG y el CS, sin juez de la nacionalidad de las partes (salvo excepciones), y no puede haber dos jueces del mismo estado. Los jueces tienen un mandato de 9 años, con reelección por tercios cada año. El presidente y vicepresidente tienen un mandato de 3 años. El presidente dirige los trabajos y tiene voto de calidad. La sede reside en La Haya. El quórum es de 9 jueces para la toma de decisiones. Se pueden formar salas por razón de materia o para controversias específicas. Solo los estados pueden ser parte en la materia contenciosa, ni particulares ni organizaciones internacionales. La jurisdicción contenciosa se basa en el derecho internacional, la cláusula compromisoria, el efecto recíproco de la declaración de aceptación de jurisdicción obligatoria (artículo 36.2) y el forum prorrogatium (jurisdicción tácita mediante acto no solemne). La función consultiva se ejerce a través de opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas, solicitadas solo por organizaciones internacionales, a diferencia de las contenciones, y estas opiniones no poseen efectos jurídicos vinculantes, aunque tienen gran valor para interpretar cuestiones jurídicas.
Artículo 50 y Sanciones Internacionales
El artículo 50 no afecta la obligación de respetar los derechos humanos en el uso de la fuerza, ni la obligación de cumplir con el derecho internacional humanitario y las normas imperativas. No exime del cumplimiento de las obligaciones de solución de controversias y la inviolabilidad de agentes, locales, archivos y documentos diplomáticos y consulares. La gravedad de la violación y la importancia de los derechos son factores cualitativos. Las sanciones pueden ser internas (de una organización internacional) o externas, con o sin uso de la fuerza. El control puede ser material, tecnológico y formal. Las clases de control incluyen instancias estatales u organizaciones internacionales, naturaleza administrativa y jurisdiccional, iniciativa de oficio o de parte, y técnicas de determinación de los hechos. Las técnicas de seguimiento incluyen la recopilación de información sobre conductas relacionadas con normas de derecho internacional. La retorsión implica actos inamistosos lícitos, mientras que las contramedidas unilaterales implican el incumplimiento del derecho internacional.
Tratados y Refugiados
Se mencionan tratados sobre la condición de refugiado, la prohibición de entrada de extranjeros, la condenación del tráfico de personas y el destino de las víctimas (Megreb).