La Administración Pública Española: Estructura y Funciones
1. Introducción a la Administración Pública Española
La Administración es el elemento no político del poder ejecutivo. Está constituida por entidades públicas que tienen como base un territorio determinado, una comunidad de ciudadanos y unos fines generales.
- La Administración General del Estado (central, periférica, exterior, organismos públicos).
- La administración autonómica (comunidades autónomas).
- La administración local (provincias y municipios).
2. La Administración General del Estado
La Administración General del Estado es aquella que extiende sus competencias a todo el territorio español, bajo la dirección del Gobierno.
- Órganos centrales. Su competencia se extiende a todo el territorio nacional (Gobierno).
- Órganos periféricos. Su competencia comprende una parte del territorio (delegados del Gobierno en las comunidades autónomas, subdelegados en las provincias y directores insulares en las islas).
- Órganos en el exterior. Su misión es representar a España en otros Estados y organismos internacionales (embajadores, representantes permanentes…).
- Organismos públicos. Entidades creadas para agilizar o prestar los servicios públicos con mayor eficacia.
- Órganos consultivos. Su misión es asesorar y emitir dictámenes sobre las disposiciones de los órganos ejecutivos.
- Órganos de control económico. Se han creado para determinar si la actividad financiera de la Administración se ajusta a las normas que la regulan.
2.1. La Administración Central del Estado
Es aquella cuya competencia se extiende a todo el territorio nacional. Los órganos superiores de la Administración General del Estado son el Consejo de Ministros, las comisiones delegadas del Gobierno, el presidente del Gobierno y los ministros.
2.1.1. El Consejo de Ministros
El artículo 97 de la Constitución dice: «El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.»
A la reunión del Gobierno en pleno se llama reunión del Consejo de Ministros, bajo la dirección del presidente del Gobierno. Los miembros son nombrados por el Rey a propuesta del presidente del Gobierno.
2.1.2. Las Comisiones Delegadas del Gobierno
Las comisiones delegadas del Gobierno son creadas por el Gobierno y tienen funciones coordinadoras de la acción de los asuntos comunes a varios ministerios, así como de preparación y estudio.
2.1.3. El Presidente del Gobierno
El presidente del Gobierno tiene las siguientes competencias:
- Convocar y presidir el Consejo de Ministros.
- Proponer al Rey el nombramiento y separación de los demás miembros del Gobierno.
- Dirigir la acción del Gobierno y coordinar la acción de los demás miembros del mismo.
- Dirigir la política de defensa.
- Refrendar los actos del Rey.
- Plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza.
- Proponer al Rey la disolución de las Cortes o de una de sus Cámaras.
- Crear, modificar y suprimir los Ministerios y las Secretarías de Estado.
- Interponer el recurso de inconstitucionalidad.
2.1.4. El Vicepresidente del Gobierno
Órgano cuya existencia no es obligatoria y, dependiendo de la voluntad del presidente, pueden existir uno o varios vicepresidentes. Asumirá las funciones que expresamente le delegue el presidente.
2.1.5. Los Ministros
La Administración General del Estado se organiza en ministerios, y cada uno de ellos comprende uno o varios sectores homogéneos de actividad administrativa. Los ministerios están estructurados en órganos ordenados jerárquicamente. Estos órganos se dividen en:
- Órganos superiores. Establecen los planes de actuación (Ministros y Secretarías de Estado).
- Órganos directivos. Desarrollan y ejecutan los planes de actuación.
2.2. La Administración Periférica del Estado
Las funciones de la Administración General del Estado son ejercidas:
- En las comunidades autónomas: delegados del Gobierno.
- En las provincias: subdelegados del Gobierno.
- En las islas: directores insulares.
2.2.1. Delegados del Gobierno
Ostentan la representación del Gobierno en la comunidad autónoma y tienen la condición de alto cargo; el presidente de la comunidad ostenta la representación del Estado. Su función consiste en proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades.
2.2.2. Subdelegados del Gobierno
Es nombrado por el delegado del Gobierno en la comunidad autónoma; no tienen la condición de alto cargo. Sus funciones son dirigir los servicios de la Administración General del Estado, dirigir los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en la provincia, y dirigir y coordinar la protección civil en la provincia.
2.2.3. Directores Insulares
Ejercen en las islas las mismas competencias que los subdelegados en las provincias.
2.3. La Administración General del Estado en el Exterior
Está integrada por:
- Las misiones diplomáticas permanentes en los Estados con los que tiene establecidas relaciones diplomáticas (embajadas).
- Las misiones diplomáticas especiales ante un Estado para un cometido determinado y por un tiempo determinado.
- Las representaciones permanentes y las delegaciones ante una organización internacional.
- Las oficinas consulares, que ejercen funciones de apoyo y protección de los ciudadanos españoles en el exterior.
- Las instituciones y organismos públicos en el exterior.
2.4. Los Organismos Públicos
Bajo esta denominación se agrupa a una gran variedad de entidades creadas para agilizar, ejecutar o prestar los servicios públicos con mayor eficacia.
- Organismos autónomos:
- Instituto Nacional de Administración Pública.
- Jefatura de Tráfico.
- Boletín Oficial del Estado.
- Instituto Nacional de Empleo.
- Museo Nacional del Prado.
- Instituto Nacional de Estadística.
- Entidades públicas empresariales:
- Sociedad Estatal de Participaciones Empresariales (SEPI).
- Instituto de Crédito Oficial (ICO).
- Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
- Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE).
- Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE).
- Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).
- Entidades gestoras de la Seguridad Social.
- Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).
- Tesorería General de Seguridad Social (TGSS).
- Instituto Social de la Marina (ISM).
- Organismos públicos de régimen específico:
- Ente Público Radio Televisión Española (RTVE).
- Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Banco de España.
- UNED.
2.5. La Administración Consultiva
Organismos cuya misión es asesorar y emitir dictámenes sobre las disposiciones de los órganos ejecutivos. Los órganos consultivos que destacan por su importancia son el Consejo de Estado y el Consejo Económico y Social.
- El Consejo de Estado. Emite dictámenes sobre asuntos de especial trascendencia.
- Consejo Económico y Social. Órgano consultivo en materia socioeconómica y social.