Peritaje Médico Legal: Aspectos Clave
El peritaje médico legal es una prueba fundamental en la que se solicita el dictamen de un especialista con conocimientos específicos para su aprobación o apreciación en un proceso judicial o administrativo.
Tipos de Experticia
Existen varios tipos de experticia, cada uno con un propósito y contexto específicos:
- Experticia Administrativa: Se realiza en casos relacionados con la salubridad pública. Por ejemplo, la determinación de si un cargamento de whisky incautado está adulterado.
- Experticia Judicial: Asesora al Juez en la resolución de hechos punibles. Es ordenada por el Ministerio Público en la fase de investigación. El perito presenta el informe pericial y su testimonio.
- Experticia Legislativa: Proporciona asesoramiento en la elaboración y modificación de las normas relacionadas con la materia médico-legal.
- Experticia Química: Puede formar parte de cualquiera de las anteriores, analizando sustancias relevantes para el caso.
Valoración de la Experticia Médico Legal
El Juez valora la experticia considerando varios factores:
- La fuerza probatoria del dictamen judicial.
- La personalidad del perito y los fundamentos científicos de su dictamen.
- La uniformidad o disconformidad con otros dictámenes en el proceso.
- La concordancia con las preguntas realizadas por el Juez, el Fiscal o las partes.
- Otras pruebas existentes en el caso.
El Juez debe exponer clara y precisamente en la sentencia las razones por las cuales acepta o rechaza (total o parcialmente) el informe pericial.
Requisitos Formales de la Experticia Médico Legal
- Mandato: El Juez cita al médico por escrito, a solicitud del Ministerio Público, cuando se requiere la comprobación o apreciación de hechos que necesitan conocimientos especiales.
- Aceptación: Todo médico se considera adjunto al juzgado de su jurisdicción y debe acudir al llamado del juez, salvo impedimento legítimo.
- Juramentación: Todo perito debe prestar juramento antes de declarar.
- Realización: La experticia es de obligatorio cumplimiento y debe ser ordenada por el órgano instructor, no solo en los casos enumerados en las leyes, sino siempre que el Juez lo solicite.
Actuaciones del Médico Forense
El médico forense realiza las siguientes acciones:
- A.- Inspección corporal preliminar.
- B.- Descripción de la posición.
- C.- Ubicación del cuerpo.
- D.- Evaluación del carácter de las heridas.
- E.- Descripción de las lesiones y clasificación.
Solicitud y Contenido del Informe Pericial
El informe debe presentarse por escrito, de forma clara y precisa, incluyendo:
- Motivo de la práctica.
- Descripción de la persona o cosa objeto del peritaje, en el estado o modo en que se encuentre.
- Relación detallada de todas las operaciones practicadas y sus resultados.
- Conclusiones formuladas según los principios y reglas de la ciencia o arte del perito.
Peritos Titulares y No Titulares
- A.- Titulares: Se juramentan al asumir su cargo, ejercen permanentemente (médicos forenses) y son funcionarios auxiliares de la administración de justicia.
- B.- No Titulares: Son designados ocasionalmente, sin tener el cargo público de médico forense. Son nombrados y juramentados por el Juez previa solicitud.
Partes del Informe Pericial
- Preámbulo o Introducción: Nombre, título, lugar de residencia del perito, autoridad judicial solicitante, tipo de asunto, nombres de las partes y objetivo del informe.
- Exposición: Relación y descripción del objeto, personas o hechos a informar, técnicas empleadas y resultados obtenidos.
- Discusión: Evaluación mediante razonamiento lógico y claro, relacionando los elementos estudiados con las conclusiones.
- Conclusión: Síntesis de la opinión del perito, de modo concreto, breve y, si es posible, categórico.
- Respuesta: Respuestas a las preguntas formuladas durante el juicio.
Solicitud de Nueva Experticia
Se puede solicitar una nueva experticia si hay confusión en el informe o si una lesión evaluada inicialmente ha evolucionado significativamente al momento del juicio.
Definiciones Clave
- Perito: Persona capacitada en un tema específico, llamada a emitir un dictamen en un caso jurídico. Es un auxiliar de la administración de justicia. Debe poseer título en la materia sobre la que dictaminará.
- Prueba Pericial: Investigación dentro del proceso que requiere conocimientos especializados.