Explicación del poder y deber de los tribunales
Los tribunales tienen el poder y el deber de conocer y resolver los conflictos de intereses de relevancia jurídica que se promuevan en el territorio de la República, a través del proceso y con efecto de cosa juzgada.
Competencia absoluta
La competencia absoluta determina la jerarquía del tribunal llamado por la ley para conocer de un asunto. Algunos de sus factores son:
- La cuantía.
- La materia.
- El fuero.
Reglas especiales de la competencia relativa
Para determinar la competencia relativa, se deben tener en cuenta las siguientes reglas:
- Existencia de prórroga de competencia.
- Disposiciones especiales que establezcan el tribunal que debe conocer del asunto (artículos 139 al 148 del COT).
- Naturaleza de la acción deducida, clasificada en muebles e inmuebles según el Código Civil.
- Norma supletoria: el tribunal del domicilio del demandado (artículo 134 del COT).
Solución de conflictos jurídicos
Los conflictos jurídicos se pueden solucionar de las siguientes maneras:
- Autocomposición: acuerdo de las partes para dar término a un litigio pendiente o futuro.
- Heterocomposición: intervención de un tercero imparcial (juez) para solucionar el conflicto y dar cumplimiento a lo acordado por las partes, a través de un proceso.
Prórroga de la competencia
La prórroga de la competencia ocurre cuando las partes confieren de forma expresa o tácita a un tribunal determinado la competencia para conocer de un asunto (artículos 182 y siguientes del COT).
Características de la jurisdicción
La jurisdicción tiene las siguientes características:
- Es una función pública que mantiene el orden jurídico.
- Está radicada preferentemente en los tribunales de justicia.
- Es unitaria y produce efecto de cosa juzgada.
- Es inderogable e indelegable.
- Es improrrogable y de ejercicio eventual.
Autocomposición como medio de solución de un conflicto
La autocomposición consiste en dar término a un litigio pendiente o futuro mediante el acuerdo de voluntades de las partes involucradas.
Jurisdicción de derecho
La jurisdicción de derecho es aquella en la que el juez debe aplicar estrictamente la norma jurídica establecida previamente para resolver el conflicto. Existen algunas excepciones, como los árbitros arbitradores, la Corte Suprema, el Senado y el Tribunal Calificador de Elecciones.
Jurisdicción de equidad
La jurisdicción de equidad permite al juez buscar precedentes que hayan resuelto casos similares al que debe juzgar. En ausencia de precedentes, puede crear una norma jurídica basada en los principios generales del derecho y su prudencia.
Límites de la jurisdicción
Los límites de la jurisdicción son los factores que delimitan su ejercicio. Los límites internos son la materia, la persona, el tiempo y la competencia. Los límites externos son el territorio y las atribuciones de otros poderes del Estado.
Momentos jurisdiccionales
Los momentos jurisdiccionales se encuentran en el artículo 1 del Código Orgánico de Tribunales:
- Conocer: el tribunal recibe los antecedentes para resolver el conflicto, incluyendo la demanda, la contestación y las pruebas presentadas.
- Juzgar: el tribunal realiza un razonamiento lógico y sistemático que culmina con la dictación de una sentencia que resuelve el litigio.
- Ejecutar: el juez ordena el cumplimiento de lo resuelto en la sentencia, incluso mediante el uso de la fuerza.