Política Criminal: Conceptos, Modelos y Funciones

Esquema: La Política Criminal como Disciplina

La Política Criminal no es una disciplina científica que implica la existencia de un saber sistemático. Es un sistema de decisiones que:

  • Forma parte de la política general de cualquier Estado.
  • Requiere la existencia de unas líneas básicas no contradictorias.
  • No establece descripciones sobre la realidad, sino valoraciones sobre cómo debe ser esa realidad.
  • No es neutra, debe elegir bajo principios constitucionales generales.

Definición

FEUERBACH, a finales del siglo XIX, la define como el conjunto de los medios represivos contra el delito.

DELMA-MARTY, en la década de los 80, la define como los medios represivos con los que la sociedad organiza la respuesta al fenómeno criminal.

Esquema: Propuestas Conceptuales

Tradicional:

  • Feuerbach: conjunto de los medios represivos contra el delito.
  • Centrada en la eficacia institucional y en el Derecho penal.

Moderna:

  • Delma-Marty: medios represivos con los que la sociedad organiza la respuesta al fenómeno criminal.
  • Implicación social y colectiva.
  • Consideración del fenómeno criminal como integrante de cualquier sociedad y explicativo de la misma.
  • Mantenimiento de la represión como fórmula de actuación.

Esquema: Realidad sobre la que Actúa

Actúa sobre 4 elementos de la sociedad:

  1. Conflictos: bienes escasos y su distribución.
  2. Poder: búsqueda de la organización de los recursos.
  3. Violencia: forma de resolución de conflictos.
  4. Competencia (Estado): materialización del poder en un sujeto: Derecho penal y globalización (tema 5).

La Política criminal organiza los cuatro conceptos en 2 grupos:

A) Fenómeno criminal:
  • Histórico.
  • Relativo.
  • Político.
B) Respuesta al fenómeno criminal:
  • Histórica.
  • Relativa.
  • Política.

Esquema: Funciones de la Política Criminal

  • Persecución del delito: racional, practicable y efectiva.
  • Identificación y selección de bienes jurídicos.
  • Promover reformas acordes con los principios básicos del modelo político.
  • Identificar y reconocer a todos los actores del sistema penal.
  • Atender a los fines de la pena: son fines político criminales.
  • Denunciar la utilización de técnicas propagandísticas dirigidas a deformar la percepción social del riesgo… y a crear un injustificado clima de alarma, buscando rentabilizarlo en las urnas…

Esquema: Actores de la Política Criminal

  • Administraciones públicas ordinarias.
  • La Justicia penal.
  • La Administración política y legislativa.
  • Los colectivos con intereses a proteger: ¿Víctimas?, ¿Grupos de presión?, ¿Colectivos científicos?

Esquema: Las Ideologías Subyacentes

Modelo de los Estados Liberales (Modelo Liberal):

  • Principio de legalidad.
  • Modelos contractualistas (Locke, Rousseau).
  • Equilibrio libertad-orden (tensión teleológica).
  • Los derechos fundamentales, base del sistema (el planteamiento formal; el desarrollo material).
  • El utilitarismo de Bentham.
  • La intervención mínima: Beccaria-Hegel: estudios empíricos y crítica.

¿QUIÉN?: titularidad del ius puniendi: exclusividad estatal, legalidad y leyes penales en blanco.

¿POR QUÉ?: delito y principio de legalidad – Derecho penal de hecho.

¿CÓMO?: legalidad y tipicidad – división de poderes y fines de la pena – proceso, legalidad, publicidad e igualdad.

¿PARA QUÉ?: Pena y retribución (Beccaria v. Lardizábal) – pena y prevención.

Corrientes Igualitarias:

(Procede de planteamientos como el Marxismo, pero que en la práctica no se han aplicado íntegramente, aunque sí se han utilizado conceptos).

  • Libertad ilimitada sobre igualdad total (planteamiento de base).
  • Rechazo al concepto conducta desviada (No cabe que una mayoría califique a una minoría; sólo puede haber respuesta a la conducta delictiva).
  • Respuesta social al delito: abolicionismo (Se sustituye delito por desacuerdo y pena por medida, dando lugar a medidas no retribucionistas como las medidas de seguridad).
  • Respuesta médica al crimen (La respuesta médica estaba dirigida sobre todo al disidente que iba en contra del ideal): El tratamiento sustituye al castigo (considerando que partimos de una sociedad de libertad ilimitada e igualitaria).
  • Evolución al autoritarismo marxista: reivindicación del principio de legalidad hacia el Estado Social (Se asume el principio de legalidad, pero en un modelo de Estado diferente).
    • Elimina el principio de culpabilidad.
    • La pena se sustituye por medidas.
    • (El Estado es un instrumento).

Modelo de los Estados Autoritarios:

(Modelos en los que el Estado diseña la ideología imponiéndola a todos los ciudadanos).

  • Estado por encima del individuo (lo esencial es la estructura por encima de la ideología. Disensión es sinónimo de delito).
  • Refuerzo de lo policial.
  • Fascismo (laico): Estado de Derecho con principio de legalidad flexible. (El Estado es un fin).
    • (El individuo no tiene derechos, excepto los atribuidos por el Estado para el propio mantenimiento de éste).
    • (Será delito toda aquella conducta que esté recogida en el CP, así como cualquier otra que atente contra el espíritu nacional-socialista).
    • (El sujeto que es contrario al espíritu del Estado es objetivo eliminable, no reconvertido).
  • Integrismo (religioso): reconocimiento de la libertad e igualdad, sometidos a la religión.
    • (La ideología es irrefutable, ya que lo ha dicho Dios).
    • (Está basado en la creencia religiosa, ya que esta es la mejor vía de rehabilitación).
    • (Semejante al modelo inquisitorial de la Edad Media).

Todos los modelos tienen consecuencias en todas las políticas y éstas son coherentes con el modelo político-criminal a seguir.

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