Porque un juez es inamovible según la constitución nacional?

Bolilla25:


*El Poder Judicial, su organización:

esta compuesto por una Corte Suprema mas los tribunales inferiores (ahí se encuentran dos clases: Tribunales Federales de primera instancia y las Cámaras Federales de apelaciones) junto Con el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento.

*Función Jurisdiccional:

es la de reprimir delito Tipificados por la ley con la finalidad de asegurar el derecho y el orden.

Función de control:


es el guardián de la Constitución mediante el controlador de la constitucionalidad de las leyes.

Es Un órgano de control, pues esta encargado de aplicar, antes que cualquier otra Norma, la constitución nacional, de este modo los tribunales federales ponen en Funcionamiento el principio de control en la estructura constitucional. A tal Fin declara inconstitucionales las normas o actos incompatibles con la norma Fundamental

*Independencia del poder Judicial:

no debe entenderse que esta Independencia es absoluta ni que la justicia actúa como compartimiento cerrado Ya que existe una acción de control reciproco y una conducta de coordinación Con los demás poderes. Al organizar nuestra constitución los poderes del estado Señalán la actividad esencial de cada uno de ellos, con la independencia de los Otros pero no en forma exclusiva y excluyente.

*Nombramiento de los Jueces: Jerarquía. Organización y atribuciones:

Creación Estos tribunales son creados y establecidos por el congreso. Es decir que el Congreso por medio de una ley los crea y los establece en diferentes puntos del País.

*Requisitos para ser juez:

ser abogado de la nacíón con 8 años de ejercicio

Tener Las calidades para ser senador

Tener 30 años de edad, ser argentino nativo, tener 6 años de ciudadanía en ejercicio

*Nombramiento:

A) el consejo de la Magistratura realiza una preselección de varios candidatos a través de un Concurso público. B) lego de la preselección el consejo de la magistratura Elige a tres candidatos y eleva la propuesta al poder ejecutivo. C) el poder Ejecutivo debe elegir a uno de los tres candidatos para que se ocupe del cargo. La terna elevada por el consejo de la magistratura es vinculante para el poder Ejecutivo, es decir que no puede elegir a un candidato que no figure en la Terna.

D) Para que sea nombrado el candidato elegido por el poder ejecutivo se necesita La aprobación del senado (mayoría absoluta de los miembros presentes). Este Acuerdo del senado debe ser resuelto en una sesíón pública, donde se disputa la Idoneidad del candidato.

*Juramento:

los individuos nombrados prestaran juramento en manos del presidente de la nacíón. En lo sucesivo le prestaran Antes al presidente de la corte.

Remoción: La remoción de los jueces es llevado a cabo por un jurado de enjuiciamiento, Conforme por dos jueces, cuatro legisladores y un abogado matriculado federal. Para ello se produce algunos de los causales de enjuiciamiento (mal desempeño, Delito en el ejercicio de sus funciones o críMenes comunes)

*Atribuciones del Poder Judicial:


1-Administración de justicia: el poder Judicial es el encargado de ejercer la función jurisdiccional o la Administración de justicia. Dicha función consiste en aplicar la ley para resolver Conflictos.

Cuando Un juez dicta sentencia para resolver un conflicto, dicha sentencia solo tiene Efectos para ese caso concreto. Es decir. Que esa resolución no produce efectos En nuestras causas similares.

Causas:


es el juicio o el proceso federal donde El juez intenta resolver un litigio o conflicto de intereses (el juez< no Puede dictar sentencia si no es dentro de un proceso judicial).

Acción:


es la facultad que se tiene frente a el Para iniciar la actividad jurisdiccional.

Sentencia:


es el medio con el que cuenta el juez Para aplicar la ley y promulgar un proceso. Por medio de una sentencia un juez Impone una conducta obligatoria

Requisitos de la sentencia:


A) debe ser imparcial; B) Debe ser justo; C) debe estar matriculado; D) debe estar fundamentada; E) no Debe ser autoritario; F) no debe caer en un exceso puntual manifiesto.


2) Atribuciones cuasi legislativa: En Estas ocasiones el poder judicial se ve obligado a realizar denominados actos Que presentan similitudes con la función legislativa. Tal es el caso de los Fallos plenarios.

Las Cámaras nacionales de apelaciones están divididas en salas y pueden suceder que Estas diferentes salas den diferentes soluciones a casos similares.

Para Solucionar estos problemas se convoca a la cámara de apelación en plenario, es Decir a todos los jueces integrantes de las diferentes salas. En esta ocasión la Cámara en plenario debe decidir su postura sobre el tema en discusión.

Esto Es lo que se conoce con el nombre de fallo plenario, la postura e Interpretación establecida en un fallo plenario es obligatoria para la cámara y Para los jueces de primera instancia respecto de los cuales esa cámara sea tribunal De alzada. Es decir que a aparte de ese momento vana a estar obligados a Mantener esa postura en sus fallos. La postura e interpretación que establezca El fallo plenario solo podrá modificarse por medio de un nuevo fallo plenario.


3)Atribuciones administrativas: el Art. 113 de la CN le otorga la corte suprema ella facultad de dictar reglamentos Internos, la cual es una atribución de carácter administrativo. 

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