QUE SON LAS FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL: Diversos modos y formas mediante las Cuales se crea o se originan las normas constitucionales.
Cuales son las fuentes del Derecho Constitu: Fuentes directas(la ley y costumbre) Fuentes Indirectas(Doctrina, Jurisprudencia y Derecho Comparado).
Que denominamos Constitucionalismo: tendencia sociopolítica cuyo objetivo Principal es dotar a los Estados de Una Constitución escrita, hacer valer la Supremacía de dicha Constitución.
Que denominamos Constitucionalismo: tendencia sociopolítica cuyo objetivo Principal es dotar a los Estados de Una Constitución escrita, hacer valer la Supremacía de dicha Constitución.
Que es Constitución: Es
La Ley Suprema de un Estado, que reconoce
Los derechos inherentes a la persona tanto individuales como colectivos.
Clasificación de Constituciones:
- Formal: se Considera suprema ley porque Está por encima de otras normas del Estado.
- Flexible: es aquella Que puede ser reformada a través de una ley ordinaria. Permite adaptarla.
- Rígida: aquella que no puede modificarse Mediante procesos ordinarios o incorporan procesos que dificultan su Modificación.
- Escrita: aquella formulada en un documento
Por una autoridad competente. Italia.
- No Escrita o Consuetudinaria: aquella que no está ordenada en un Solo texto, diríamos que no están “uní-codificadas”. Nueva zelanda.
- Sistema Intermedio: procedimiento especial para la reforma de La Constitución que requiere la declaración, mediante una ley, de la necesidad De la reforma.
- Analítica o desarrollada: Incluye regímenes especiales.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES:
Axioma: Debe estimarse como digno y verdadero.
Principio: Sirven para crear, interpretar y aplicar una norma jurídica.
Garantía: Institución procedimental de seguridad y
De protección a favor del individuo.
Principio Constitucional:Regla
Básica que guía el funcionamiento coherente y equilibrado de la estructura de
Una Constitución formal de un Estado determinado.
Para que sirven los principios: Para
Garantizar la vigencia, estabilidad y el respecto a la Constitución.
Principios:
- Limitación: Es la Relación recíproca de restricción por razones de bienestar público entre los órganos del poder público y los derechos de los particulares. (Trabajo Ilícito, Inaplicabilidad de ley)
- Funcionalidad: Equilibrar
El poder de los órganos establecidos, mediante la regla de división de poderes
Y distribuyendo de manera equitativa el ejercicio del poder
- No Concentración: Impone Límites a las facultades o atribuciones otorgadas.
- Cooperación: Garantiza la coordinación y cooperación Mutua entre los poderes constituidos.
- No Bloqueo: Impone límites a las facultades de Fiscalización de otro poder. Esta dirigido a evitar la frustración de los actos De gobierno.
- Supremacía: Garantía De relación de supra y subordinación de Todo el ordenamiento jurídico determinado a la Constitución positiva. (art 44, 204,46)
1) Constitución 2) Leyes Internacionales 3) Leyes Internas y nacionales 4) Reglamentos 5) Sentencias.
Ley: manifestación de voluntad soberana del Estado, imperativa y obligatoria, dictada por autoridad competente. Mandato o Prohibición
Decreto: norma jurídica inferior a la ley de
Carácter general.
Ordenanzas: disposición
Dictada por la Municipalidad para el gobierno de su respectiva jurisdicción.
Sentencias:
Es una decisión judicial que en la etapa correspondiente pone fin al proceso
(penal, civil..).
Unidad: Ordenamiento Jurídico.
Gradación: entre las varias Especies de normas jurídicas positivas hay una relación de armónía.
Gradación: entre las varias Especies de normas jurídicas positivas hay una relación de armónía.
Rigidez: si no hubiera supremacía, la constitución
Podría reformarse constantemente.
Control: si no hubiera supremacía, la constitución
Podría reformarse constantemente.
Principios Ligados al derecho Constitucional (Poder, Libertad, Derecho Político, Derecho Publico).
Derecho Publico: Es
Aquel que rige las relaciones de los Estados entre sí y la de éstos con los
Particulares
Derecho Privada: Normas de conducta de los individuos que
Integran una sociedad.
Derecho Político: Ciencia
Del derecho que estudia el origen, funcionamiento y fines del Estado.
Constitución: Documento
Jurídico en el cual son expuestos de manera orgánica los principios
Fundamentales del ordenamiento normativo de un país.
Leyes Institucionales: que desarrollan aspectos sustantivos de la organización constitucional genérica y por imposición del propio texto constitucional.
Costumbre: Conducta generalizada, constante y
Uniforme que adoptan los miembros de una sociedad.
Fuentes Indirectas:
- Jurisprudencia: son las decisiones uniformes y constantes Emanadas de los tribunales
Derecho Comparado: Consiste en la descripción y análisis de
Los ordenamientos jurídicos fundamentales de otros países.